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» Rafaela Noticias
Fecha: 07/05/2025 22:21
Escapes libres: concejales proponen duplicar la multa y retener vehículos estacionados Por Redacción Rafaela Noticias El Concejo Municipal de Rafaela llegó a un consenso para modificar ordenanzas relacionadas al tránsito en la ciudad. Como ya viene informando Rafaela Noticias, se trata de los escapes libres en motocicletas, automóviles o cualquier otro vehículo que generan ruidos molestos en la vía pública. Este reclamo fue planteado semanas atrás en una reunión realizada en la sede vecinal de Álamos del Aero Club por parte de vecinos del barrio Brigadier López. Se trata de una de las tantas quejas en ese sector, por situaciones que ocurren durante la noche, especialmente los fines de semana, cuando muchas personas se reúnen en el “famoso” cartel o en la colectora de la Ruta Nacional 34. ¿Qué es lo que se quiere modificar? Esta nueva ordenanza lleva la firma de los diez concejales de la ciudad. Se propone una modificación del artículo 65 de la ordenanza Nº 2969, en su punto B)6, el cual establece que se retendrá el vehículo por: " falta de silenciador, alteración del mismo en violación a las normas vigentes, salida directa total o parcial de los gases de escape, uso o instalación indebida de interruptor del silenciador. Se procederá de la misma manera, si el rodado se encontrare detenido o estacionado en la vía pública en condiciones de circular ". Asimismo, se incorpora que "el titular deberá disponer su recambio y/o inclusión por un caño de escape original o reglamentario, todo a su exclusivo cargo; condición indispensable para retirar el vehículo de las dependencias municipales. El antirreglamentario será decomisado y destruido por la autoridad de aplicación". Este último párrafo se agrega, al igual que la última oración del anterior citado. Esos son los principales cambios para que las áreas competentes del municipio puedan retener vehículos estacionados y no solamente cuando los encuentran circulando. Además, se modificará el inciso a) punto 5 del artículo 26 del Decreto-Ordenanza Nº 5088, Código Municipal de Faltas: " Falta de silenciador, alteración del mismo o colocación de dispositivos que provoquen mayor ruido que el elemento original de fábrica, la salida directa total o parcial de gases del escape y el uso o instalación indebida de interruptor de silenciador, multa de 7 a 30 unidades ". Actualmente, se encuentran de 7 a 15 las unidades, un valor aproximado a los 110 mil pesos. Con este cambio, las multas podrían llegar a casi medio millón de pesos. Fundamentos Entre los principales considerandos de la ordenanza, se expresó que resulta fundamental poner límites claros a la circulación de automóviles, motos y cualquier otro vehículo a motor que tenga incorporados caños de escape libres, modificados respecto al original, o preparados para competencias deportivas —profesionales o amateurs— que distorsionan el ruido original del vehículo. Pese a que la norma vigente otorga a la autoridad competente la facultad de retener vehículos, "carece de claridad respecto a las condiciones en que deben encontrarse los vehículos al momento de ser detectados en infracción; ya sea si deben estar circulando o también se puede llevar a cabo el procedimiento estando estacionados los rodados". Por ello, sostienen que es conveniente agregar que se comprenda que se pueden retener "vehículos que no estando circulando, a pesar de encontrarse en condiciones de hacerlo, se encuentren estacionados en la vía pública y posean el caño de escape adulterado". "Que no puede sostenerse, sin agraviar el sentido común, que para ser retenido el vehículo debe estar efectivamente circulando. Ello, por un lado, porque bastaría que ante la advertencia de un control de tránsito municipal el conductor del rodado detenga su marcha y lo estacione para impedir de esa manera el accionar de los agentes de tránsito. Y por el otro, es también de sentido común, entender que, si bien el vehículo no se encuentra circulando, pero estando estacionado en la vía pública y en condiciones de hacerlo, ya se halla en infracción, porque para llegar ahí ya circuló o está por hacerlo, con un caño de escape no original." Finalmente, aclararon que se devolverá el vehículo cuando el titular cumpla con los procedimientos que la normativa exige, dentro de los cuales deberá también proveer las piezas requeridas, debidamente homologadas, y disponer su recambio y/o inclusión, todo a su exclusivo cargo; "condición indispensable para retirar el vehículo. El escape antirreglamentario será decomisado y destruido por la autoridad de aplicación".
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