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Gualeguaychu » El Dia
Fecha: 06/05/2025 19:03
La Corte Suprema de Santa Fe dejó firme una sentencia que reconoció el daño genético causado en Piamonte por la exposición al glifosato, un componente tóxico presente en los herbicidas. Además, ordenó una distancia mínima prudencial de mil metros para pulverizar productos con ese componente y encomendó a los productores regionales a fomentar la agroecología en la zona de resguardo. La decisión del máximo tribunal santafesino obligó además a esa localidad santafesina lindera a San Jorge, Landeta, Sastre, Carlos Pellegrini y Zenón Pereyra a tratar una ordenanza que ajuste la legislación local al fallo y marca la necesidad de una reforma de la ley provincial. La causa se inició en 2016, cuando la familia Córdoba, habitante de la localidad de 3.500 habitantes ubicada sobre la Ruta Provincial 20, presentó un recurso de amparo ambiental por afectaciones en su salud por la pulverización de los cultivos con agrotóxicos. "A partir de este momento, la sentencia podrá ser invocada en toda Santa Fe para establecer otras distancias que alejen las fumigaciones y permitan la defensa de la salud, la vida y el ambiente", destacó Eugenia Boccio, representante legal de la familia que accionó contra el Estado provincial, la comuna y los productores rurales por los severos daños que los agrotóxicos provocan en la población humana. En principio, la sentencia del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y del Trabajo de San Jorge reconoció el derecho a incluir pruebas en los recursos de amparo y, con base en los peritajes ofrecidos, tuvo en cuenta el daño genotóxico que producen los herbicidas. A partir de ello estableció el límite de mil metros y declaró la inconstitucionalidad de dos artículos de la ley provincial 11.273, que regula la materia, y de la ordenanza 9/2020 de Piamonte. La provincia, la comuna y los productores apelaron la decisión judicial pero la Corte Suprema de Santa Fe dejó firme el fallo. Esa decisión judicial remarcó la necesidad de que haya controles por parte de la comuna y de la provincia cerca de la vivienda de la familia afectada, extensiva a los centros recreativos, de educación y de salud, especialmente en el área contigua a la zona de prohibición de las fumigaciones. También ordenó que se controlen los silos y galpones que existen en Piamonte, sujeto a la resolución provincial 177/2003, que señala, entre otros requisitos, que estos espacios deben contar con cortinas forestales que limiten la proliferación de polvillo. Además, prohíbe la circulación de maquinarias pulverizadoras en zonas urbanas. Quiénes fueron denunciados por el uso excesivo de agrotóxicos Los denunciados durante el juicio fueron la Comuna de Piamonte y los titulares de los silos, plantas de acopio y galpones que se emplazan en el pueblo: Iván Carignano, Luis y Roberto Cravero, Octavio Camusso, Román Vaira, Claudio Fiorito, y las cooperativas de Carlos Pellegrini y de María Susana. El objetivo fue que se prohíban las fumigaciones con agroquímicos a menos de mil metros de todo el ejido urbano de Piamonte y específicamente de su vivienda. En la causa presentaron pruebas médicas de la afectación que las fumigaciones generaron en la salud de la familia y en particular en la pequeña Abigail Córdoba, de 9 años. Fuente: RedAcción / La Capital
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