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» El Ciudadano
Fecha: 06/05/2025 14:24
Por Juan Pablo Sarkissian En el marco del debate que se realizará este martes en el Congreso sobre la baja de la edad de punibilidad penal, la Iglesia Católica Argentina, a través de la voz de Monseñor Dante Braida, obispo de La Rioja y presidente de la Comisión de Pastoral Social, expresó días atrás su firme rechazo a la iniciativa que busca reducir de 16 a 14 años la edad de punibilidad. “No nos parece que bajar la edad sea lo adecuado. Poner en situación de encierro a un chico no soluciona el problema de raíz”, sentenció el obispo. La reunión plenaria de comisiones en la Cámara de Diputados está prevista para este martes a las 16 horas, donde el oficialismo confía en obtener dictamen favorable para el proyecto, gracias a un acuerdo con sectores de la UCR, el PRO, el MID y bloques aliados. Si bien la propuesta original del Gobierno planteaba los 13 años como nuevo umbral, el texto consensuado finalmente se inclina por los 14 años. En ese contexto, desde El Centro de Estudios en Política Criminal y Derechos Humanos (Cepoc), organización conformada en 2004 y conducido por la abogada y criminóloga, Claudia Cesaroni, retiraron su rechazo y los argumentos en el documento: Las 10 razones para decir No al proyecto de “Régimen Penal” de Javier Milei, peor que la ley de la dictadura Del mismo modo que el gobierno macrista lo intentó en enero de 2017 y 2019, en medio de una espantosa crisis económica y social, que deja afuera del ejercicio de derechos básicos a millones de personas, en especial a niñas, niños y adolescentes, que son las primeras víctimas de la pobreza, lo único que tienen el presidente Javier Milei, la ministra de Seguridad Patricia Bullrich y el ministro de Justicia Cúneo Libarona para ofrecer es castigo. En 2017, a 14 años; en 2019 a 15 años; ahora, a 13 años Organizaciones de derechos humanos, sociales, sindicales, colectivos contra la baja, defensorxs del niño, defensorxs del niño de las provincias que ya designaron esos cargos, expertxs en la temática de la infancia, nos oponemos a este engendro. A continuación, nuestras razones para decir NO a este proyecto y a cualquier otro que proponga bajar la edad de punibilidad: 1- LA BAJA LA EDAD DE PUNIBILIDAD A LOS 13 AÑOS SIN FUNDAMENTO No se da ningún motivo ni se brinda ninguna cifra de delitos cometidos que justificaría -en la lógica gubernamental- que toda la franja de adolescentes de 13, 14 y 15 años pase a ser punible. En 2017, la propuesta gubernamental era bajar a 14, en 2019 a 15, ahora a 13. No se explica el porqué del cambio, lo que evidencia que en uno y otro caso No hay motivo alguno, sino que se trata de una pura propuesta punitiva, es decir, de la idea de que aplicar más castigo a más adolescentes, es una medida que obtiene apoyo popular, y está en consonancia con la expansión del Estado Penal y el dinamitamiento del Estado social que plantea Milei: no vino a destruir Todo el Estado, sino Solo el Estado que cuida, abraza, protege, enseña, acompaña, mientras aumenta al Estado que castiga y provoca dolor. 2- PORQUE ES REGRESIVO En el Derecho Internacional de los Derechos Humanos rige el principio de no regresividad y de progresividad en los derechos: está prohibido regresar a instancias anteriores de la cobertura de un derecho, y sólo se puede avanzar en dicha cobertura. El Código Penal, sancionado en 1921, establecía la edad de punibilidad en 14 años. Durante el gobierno peronista, en 1954, se estableció en 16, en el marco de una política dirigida a la protección de la infancia (Ley 14.394). La Dictadura, en una de sus primeras medidas (Decreto Ley 21.338), derogó parcialmente esa norma, y fijó la edad de punibilidad en 14 años, decisión que mantuvo en el Régimen Penal de la Minoridad, creado en 1980 (Decreto Ley 22.278). En mayo de 1983, meses antes de la recuperación de la democracia, la edad de punibilidad volvió a establecerse en los 16 años. Regresar a la edad establecida por la Dictadura no parece una medida dirigida a la mejor protección de nuestros niños y adolescentes, y viola el principio de no regresividad. 3- LA ARGENTINA ES EJEMPLO EN EL MUNDO POR SU EDAD DE PUNIBILIDAD ESTABLECIDA EN 16 AÑOS – La Observación General 24 del Comité de Derechos del Niño de Naciones Unidas, sobre la Administración de Justicia y los niños es una norma internacional obligatoria para la interpretación de la Convención de los Derechos del Niño en lo que respecta a la administración de justicia para niñas y niños -es decir, para toda persona menor de 18 años-. Es del año 2019. Con respecto a la edad de punibilidad, o Edad Mínima de Responsabilidad Penal, establece lo siguiente: – Los países que tienen edades bajas de punibilidad, deben elevarla al menos a 14 años – Tener una edad de punibilidad alta, en 16 años (Como la Argentina) es encomiable. – Los Estados Partes que tengan una edad de punibilidad mayor alta, en 15 o 16 años no deben reducirla en Ninguna Circunstancia 4- PORQUE SE IMPONE UNA PENA ALTÍSIMA A LOS ADOLESCENTES DESDE LOS 13 AÑOS La franja de adolescentes que al día de hoy NO es punible, es decir, los de 13, 14 Y 15 años, pasa de no tener ninguna expectativa de pena, a tener una pena posible de 20 AÑOS. No debe de haber en la historia penal de la Argentina ningún caso de un sujeto que no sea punible y pase a serlo con la posibilidad de tener una pena de esa magnitud; o de un hecho que no sea penado por la ley, y que de un día para otro tenga 20 años de cárcel. La vida entera que ha vivido un adolescente de 13, 14 o 15 años, le puede tocar como condena a ese niño. Es difícil concebir crueldad mayor. Además, no prevé la posibilidad de absolución, que sí está prevista en la norma actualmente vigente. 5- LA CANTIDAD DE ADOLESCENTES DE 13, 14 Y 15 AÑOS QUE COMETEN DELITOS GRAVES ES ÍNFIMA Diputados y diputadas, senadores y senadores deberían pensar si es justo sancionar una ley que, más allá de sus intenciones, será aplicada para el castigo, y que significará un retroceso en cuanto a las políticas dirigidas a la infancia, para atender, de modo punitivo, los hechos que cometen un puñado de adolescentes. Según el Revelamiento sobre Adolescentes en Conflicto con la Ley Penal producido por Unicef en 2023, hay 1971 jóvenes infractores o presuntos infractores de la ley penal de hasta 17 años alojados en establecimientos o incluidos en programas de todo el país, sobre un total de población de adolescentes (13 a 17 años) del país, que según el Censo Nacional de 2022 del Instituto Nacional de Estadística y Censos es de 3,5 millones. Si se suman a quienes tienen más de 18 años, pero cumplen medidas por delitos cometidos siendo adolescentes menores de 18, el número Total asciende a 4156 en Todo el País. Del total de adolescentes menores de 18 años, solo 44 son no punibles, es decir, menores de 16, la absoluta mayoría (1927) tiene entre 16 y 17 años. Si tomamos datos de la provincia de Buenos Aires, con relación a los delitos cometidos por adolescentes punibles (16 y 17 años) puede verse como esa participación Bajo y No Subió, como Miente el Gobierno: de un 4,2 por ciento de Investigaciones Penales Preparatorias en 2009 a un 2,2 por ciento en 2023 6- PORQUE SON BRUTALES LAS PENAS QUE SE PUEDEN APLICAR A LOS ADOLESCENTES DE 13 A 17 AÑOS Perversamente, en los fundamentos del proyecto se dice que no se pueden aplicar penas de prisión o reclusión perpetua a adolescentes. Eso ya es así desde 2005 (Fallo Maldonado de la Corte Suprema de Justicia de la Nación), y más aún, desde 2013 (Sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Mendoza contra la Argentina) NO se pueden aplicar penas de prisión perpetua, no hay ninguna novedad. Pero el proyecto establece una pena altísima: VEINTE AÑOS, para toda la franja de adolescentes, desde los 13 a los 17 años. 7- PARA LOS NO PUNIBLES ESTABLECE UN RÉGIMEN QUE IMPLICA VOLVER AL PATRONATO Y A LA DISPOSICIÓN TUTELAR Con los niños que quedarían por debajo de los 13 años (que el proyecto llama inimputables, pero en realidad son no punibles, porque sobre ellos no debería actual el sistema penal), el proyecto avanza hasta límites inconcebibles en un Estado de Derecho. En rigor, establece una intervención hasta los 0 años, y sin límite de tiempo, al habilitar la “internación” (eufemismo por privación de libertad) en caso de que una niña o un niño sean “peligrosos”. Es decir: sin límite de edad, y hasta los 13, habrá intervención del juez penal, y consecuencias, que en tanto son dispuestas por la justicia penal, son penales, se llamen como se llamen (acuerdos restaurativos, mediaciones, perdón a la víctima, etc.) Cada hecho protagonizado por un niño o una niña (peleas en una escuela, pequeños hurtos, amenazas, etc.), que forman el cotidiano de millones de niños y niñas, pasarán a ser materia penal, sobre todo si son niñas y niños pobres. En vez de hacer intervenir a las áreas del Estado Social -familia, escuela, municipio, comunidad, organizaciones sociales, referentes culturales, barriales, etc.-, se hace intervenir al Estado Penal, con toda su carga de estigmatización, selectividad, clasismo, etiquetamiento. 8- VIOLA PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DEL DERECHO INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS DEL NIÑO – La Observación General 24 del Comité de Derechos del Niño de Naciones Unidas, sobre la Administración de Justicia y los niños expresamente desalienta la utilización del sistema judicial, y con especial énfasis el sistema penal para abordar las conductas de niños y niñas, y además establece principios de lo debe de ser un régimen penal para adolescentes: – pena de prisión como último recurso y por el plazo más breve que proceda – trato diferenciado – revisión periódica de las penas – sistema de justicia especializado NINGUNO DE ESTOS CUATRO PRINCIPIOS ESTÁ PRESENTE EN ESTE PROYECTO 9 -EL SISTEMA PENAL ES DISCRIMINATORIO, SELECTIVO Y ESTIGMATIZANTE Es decir: no persigue a todos por igual, sino a los más pobres, los más vulnerables, los que menos “esfuerzo” tienen que hacer para caer en sus redes. Y cuando los captura, los separa del resto de la sociedad, los marca. Nadie que pase por una institución del sistema penal sale sin huellas, a veces en el cuerpo, casi siempre en su psiquis. Y las huellas son más profundas y dolorosas cuando se provocan en niños y adolescentes cada vez más chicos. 10- LOS PIBES SON EL ESLABÓN MÁS DÉBIL DE LOS GRUPOS DELICTIVOS Y LAS EMPRESAS CRIMINALES Casi siempre que un adolescente está inmerso en una situación violenta, es porque alguien con más edad y con más poder, lo ha utilizado. Un niño de 13, 14 o 15 años difícilmente robe un auto para cometer otros delitos. El mismo gobierno reconoce que “son utilizados por bandas criminales”. Y en vez de protegerlos, en tanto víctimas de esa utilización, propone castigarlos por ser vulnerables y utilizables! Descargar sobre ellos el encierro y la cárcel, es volver a incumplir las obligaciones básicas que el Estado tiene para la infancia. Usarlos como herramienta para encontrar quién los manda a delinquir es quitarles sus derechos como niños y transformarlos de modo perverso en un instrumento de la policía y del aparato judicial, además de ponerlos en peligro frente a los adultos que los utilizan.
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