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Parana » APF
Fecha: 06/05/2025 12:30
El proyecto propone crear en la provincia la Campaña de Visibilización y Difusión de los Derechos Humanos de los Adultos Mayores, contemplada en la Ley Nacional N°27.360 que ratifica la Convención Interamericana de Protección de los Derechos Humanos de los Adultos Mayores. Se señaló que “por su condición de ‘pasividad’ en términos económicos, sus mayores niveles de dependencia de otros y su creciente fragilidad constituyen un colectivo vulnerable a la vez que numéricamente muy significativo”. martes 06 de mayo de 2025 | 11:33hs. El martes 5 ingresó a la Cámara de Diputados de Entre Ríos un proyecto de ley que “tiene por objeto crear, en el ámbito de la Provincia de Entre Ríos, la Campaña de Visibilización y Difusión de los Derechos Humanos de los Adultos Mayores en el marco de la Ley Nacional N°27.360, que ratifica la Convención Interamericana de Protección de los Derechos Humanos de los Adultos Mayores”. La finalidad es “la visibilización de todos aquellos derechos reconocidos por la Convención Interamericana de Protección de los Derechos Humanos de los Adultos Mayores. Entendiéndose por adulto mayor a los efectos de la presente ley, a toda persona a partir de los 65 años”. También propuso que “los contenidos de la Campaña de Visibilización y Difusión de los Derechos Humanos de los Adultos Mayores se difunden a través de actividades públicas, propagandas en espacios públicos, canales de comunicación oficiales de los que disponga la Autoridad de Aplicación”. El proyecto, que es autoría de la diputada Érica Vilma Vázquez, del bloque Juntos por Entre Ríos (JxER), prevé la creación de “una línea telefónica gratuita de asistencia y atención a adultos mayores y/o responsables a cargo, familiares, amigos y toda aquella persona que quieran denunciar casos de maltratos o abusos hacia los adultos mayores, ya sea en su persona o bienes”. La autoridad de aplicación será, de ser sancionado, el Ministerio de Desarrollo Humano, a través del Consejo Provincial de Adultos Mayores, es la Autoridad de Aplicación de la presente Ley” y tendrá a su cargo “la celebración de convenios de cooperación con otros organismos del Estado para el cumplimiento de los fines de esta ley”. Presupuesto En el proyecto se faculta “al Poder Ejecutivo de la Provincia de Entre Ríos a realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento efectivo de esta Ley” y se invita a los Municipios, Comunas y Juntas de Gobierno a adherir a la presente Ley. Fundamentos Vázquez sostuvo que “… los adultos mayores, por su condición de ‘pasividad’ en términos económicos, sus mayores niveles de dependencia de otros y su creciente fragilidad constituyen un colectivo vulnerable a la vez que numéricamente muy significativo”. Añadió que “las estadísticas muestran que las sociedades contemporáneas, entre las que podemos citar la Argentina, se hallan ante el desafío de un envejecimiento sostenido de sus poblaciones, en la medida que no deja de incrementarse el promedio de años de vida de sus habitantes y la tasa de nacimientos se ralentiza…”. Para la diputada, aquel dato “es sumamente positivo, porque traduce el mejoramiento de las condiciones y calidad de vida de las personas asentado sobre los logros del avance tecnológico y el desarrollo sanitario, implicando al mismo tiempo, la necesidad de asignar mayores recursos para la cobertura de necesidades y demandas”. No obstante, entendió que “los adultos mayores, sin embargo, están en condiciones desventajosas a la hora de ejercer acciones para incrementar sus derechos. Esta propuesta legislativa tiene sustento en la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de los Adultos Mayores, ratificada por la Ley N°27.360 de mayo de 2017, y que la Provincia de Entre Ríos, mediante la Ley N°5257, promulgada el 19 de diciembre de 2017 por Decreto N°1952, se adhiere a lo dispuesto por la citada normativa, siendo un salto cualitativo en la consideración de este colectivo, generando un marco normativo que obliga a los Estados firmantes a desplegar una serie de medidas y políticas públicas, tendientes a cumplir y hacer cumplir esos derechos consagrados, siendo este instrumento un soporte, que permite brindar una efectiva protección de los derechos humanos de los adultos mayores residentes en la provincia de Entre Ríos”. También sostuvo que “el estado entrerriano debe brindar a los adultos mayores, la posibilidad de dinamizar sus derechos y que éstos no queden sólo en el terreno de lo abstracto, por lo que resulta un desafío, ya que los cambios de carácter normativo difícilmente se pueden generar al mismo ritmo que los cambios sociales por lo que, deben implementarse medidas que permitan la efectiva visibilización y por ende protección de sus derechos”. (APFDigital)
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