06/05/2025 21:13
06/05/2025 21:12
06/05/2025 21:12
06/05/2025 21:04
06/05/2025 21:03
06/05/2025 21:03
06/05/2025 21:02
06/05/2025 21:02
06/05/2025 21:01
06/05/2025 21:01
Parana » APF
Fecha: 06/05/2025 12:30
Interviene la Oficina de Derechos Humanos de San Martín, a cargo de Miguel Blanco García Ordás. A seis les dictaron la prisión preventiva, que cumplen en sus domicilios. Están procesados como partícipes necesarios de privaciones ilegales de la libertad, imposición de tormentos y homicidios perpetrados contra las víctimas que pasaron por los centros clandestinos de detención que funcionaron en la guarnición militar. martes 06 de mayo de 2025 | 11:55hs. El Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N° 2 de San Martín, a cargo de la jueza Alicia Vence, procesó a siete exmilitares, integrantes del Departamento II de Inteligencia del Comando de Institutos Militares, acusados por los crímenes de lesa humanidad cometidos en el transcurso de 1976 contra más de 300 víctimas de los distintos centros clandestinos de detención que funcionaron en Campo de Mayo. La medida fue en línea con el pedido formulado, luego de un importante trabajo de relevamiento e investigación, por la Oficina de Derechos Humanos de San Martín, a cargo del fiscal Miguel Ángel Blanco García Ordás, quien contó con la colaboración de los integrantes de esa unidad fiscal Nadina Valenti, Juan Martin Guerrini y Juan Pablo Di Giorno, según informó el portal Fiscales.gob.ar. En la resolución judicial de 584 páginas firmada el 28 de abril pasado, la jueza Vence procesó con prisión preventiva -en modalidad domiciliaria- a los entonces teniente primero Carlos Alberto Lima Coimbra, mayor Ernesto Alejandro Repossi, capitanes Néstor Osvaldo Quaroni y Guillermo Amado Domínguez Matheu, y sargentos Carlos Alberto Rojas y Mario Rubén Domínguez. En tanto, la jueza procesó sin prisión preventiva al entonces mayor Javier Tamini. La resolución incluyó el embargo en los bienes de Domínguez, Coimbra y Tamini hasta cubrir una suma de 30 millones de pesos cada uno; de Rojas y Quaroni, en 20 millones de pesos cada uno; y de Repossi y Domínguez Matheu, en 15 millones de pesos cada uno. La fiscalía había imputado a los exmilitares el haber puesto a disposición todos los medios necesarios para que se produjeran las detenciones de las víctimas, quienes estuvieron alojadas en los distintos centros clandestinos de detención que funcionaron en la guarnición militar de Campo de Mayo, con el objetivo de interrogarlas, en la mayoría de los casos, bajo tortura con picana eléctrica en distintas partes de sus cuerpos, golpes, mordeduras de perros y simulacros de fusilamiento, entre otras modalidades. El Ministerio Público Fiscal sostuvo que los interrogatorios bajo tortura tuvieron como fin la obtención de información, para procesarla en el marco de la denominada “comunidad de inteligencia” (es decir, con los representantes de las fuerzas armadas y de seguridad) y utilizarla en la ejecución del plan de represión implementado en el ámbito de la denominada zona militar de defensa IV —el país estaba dividido en cinco zonas de defensa—, que tenía su comando a cargo el Comando Institutos Militares con sede en Campo de Mayo. La fiscalía puso de relieve el procesamiento dictado por la jueza Vence, pues sostuvo que “implica un avance sumamente relevante en la investigación de todas las violaciones a los derechos humanos sucedidas en la Zona de Defensa IV, en lo que hace a la intervención del personal militar que prestó funciones en el Departamento de Inteligencia rompiendo con el encorsetamiento que impedía llegar a las responsabilidades de quienes no eran jefes o subjefes de departamento, que ocupaban otros lugares dentro de la cadena de mando y que pusieron en funcionamiento el sistema represivo instaurado en la época”. Al respecto, marcó que este nuevo rumbo del proceso “resultará en el avance de la investigación respecto de otros responsables penales de los delitos sufridos por las víctimas hasta el advenimiento de la democracia”. Hechos y calificaciones legales De acuerdo con el auto de procesamiento, los exmilitares están imputados en grado de partícipes necesarios de los siguientes delitos: Mario Rubén Domínguez, quien actuó con el grado de sargento entre el 2 de abril y el 31 de diciembre de 1976, por los delitos de privación ilegal de la libertad agravada por haber sido cometida por funcionario público, y por el empleo de violencia y amenazas en 364 oportunidades, de las cuales en 238 casos resultan agravadas por haber durado más de un mes; por la imposición de tormentos en 225 oportunidades, agravados por haber sido infligidos por un funcionario público a una víctima que se trataba de un perseguido político; y por homicidio agravado con el concurso premeditado de dos o más personas en 32 hechos y además con alevosía en 15 oportunidades. Carlos Alberto Lima Coimbra, quien se desempeñó con el grado de teniente primero desde el 16 de abril hasta el 16 de octubre de 1976, por privación ilegal de la libertad agravada por haber sido cometida por funcionario público, y por el empleo de violencia y amenazas en 273 oportunidades; agravadas en 179 oportunidades por haber durado más de un mes; por imposición de tormentos en 175 casos, agravados por haber sido infligidos por un funcionario público a una víctima que se trataba de un perseguido político; y por el homicidio agravado con el concurso premeditado de dos o más personas en 21 oportunidades y además con alevosía en 9 oportunidades. Carlos Alberto Rojas, quien actuó con el grado de sargento del 16 de octubre hasta el 31 de diciembre de 1976, por los delitos de privación ilegal de la libertad agravada por haber sido cometida por funcionario público, y por el empleo de violencia y amenazas en 81 oportunidades, en 57 agravadas por haber durado más de un mes; por imposición de tormentos en 44 casos, agravados en 9 oportunidades por haber sido infligidos por un funcionario público a una víctima que se trataba de un perseguido político y además con alevosía en 4 hechos. Néstor Osvaldo Quaroni, quien actuó con el grado de capitán desde el 30 de julio hasta el 15 de diciembre de 1976, como responsable de los delitos de privación ilegal de la libertad agravada por haber sido cometida por funcionario público, y por el empleo de violencia y amenazas reiteradas en 172 oportunidades, de las cuales 120 están agravadas por haber durado más de un mes; por la imposición de tormentos en 91 casos agravados por haber sido infligidos por un funcionario público a una víctima que se trataba de un perseguido político; y por homicidio agravado con el concurso premeditado de dos o más personas en 16 oportunidades, y además con alevosía en 3 oportunidades. Ernesto Alejandro Repossi, quien actuó con el grado de mayor desde el 21 de diciembre de 1976 al 31 de diciembre de 1976, como responsable de los delitos de privación ilegal de la libertad agravada por haber sido cometida por funcionario público, y por el empleo de violencia y amenazas reiteradas en 16 oportunidades, de las cuales en 14 oportunidades resultan agravadas por haber durado más de un mes; y por imposición de tormentos en 14 oportunidades, agravados por haber sido infligidos por un funcionario público a una víctima que se trataba de un perseguido político. Guillermo Amado Domínguez Matheu, quien actuó con el grado de capitán entre el 23 de diciembre y el 31 de diciembre de 1976, por los delitos de privación ilegal de la libertad agravada por haber sido cometida por funcionario público, y por el empleo de violencia y amenazas en 13 oportunidades, agravadas en doce 12 por haber durado más de un mes; y por imposición de tormentos en 11 oportunidades, agravados por haber sido infligidos por un funcionario público a una víctima que se trataba de un perseguido político. Javier Tamini, que actuó con el grado de mayor entre el 24 de marzo y el 31 de diciembre de 1976, por la comisión de los delitos de privación ilegal de la libertad agravada por haber sido cometida por funcionario público, y por el empleo de violencia y amenazas en 317 oportunidades, de las cuales 220 resultan agravadas por haber durado más de un mes; imposición de tormentos en 175 hechos, agravados por haber sido infligidos por un funcionario público a una víctima que se trataba de un perseguido político; y por homicidio agravado con el concurso premeditado de dos o más personas en 30 oportunidades y además con alevosía en 13 oportunidades. (APFDigital)
Ver noticia original