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Buenos Aires » Infobae
Fecha: 05/05/2025 04:56
La última reunión plenaria de las comisiones que discuten la edad de imputabilidad El Gobierno, el PRO y otros bloques aliados buscarán mañana aprobar en un plenario de cuatro comisiones de Diputados un proyecto de Régimen Penal Juvenil, que incluye la baja de la edad de imputabilidad a los 14 años, y un sistema integral para abordar la problemática de los menores involucrados en el delito. La iniciativa es resistida por el kirchnerismo, la izquierda, organismos de derechos humanos y la Pastoral Social de la Iglesia Católica, cuyo titular, monseñor Dante Braida, expresó el fin de semana en diálogo con Infobae una fuerte oposición. El debate se aceleró después de varios hechos de inseguridad que protagonizaron menores de edad. El más impactante fue el caso de Kim Gómez, de 7 años, que fue asesinada por dos delincuentes de 14 y 17 años, que le habían robado el auto a la mamá de la niña y la arrastraron varias cuadras. Si bien hay 15 proyectos, un despacho que tuvo más consenso será discutido en una reunión con más de 100 diputados que integran las comisiones de Legislación Penal, que preside Laura Machado (PRO), de Familias, Niñez y Juventudes, a cargo de Roxana Reyes (UCR); de Presupuesto, que encabeza José Luis Espert (La Libertad Avanza); y de Justicia, que conduce el libertario Manuel Quintar. La posición mayoritaria del bloque de Unión por la Patria es contraria a bajar la edad de imputabilidad. Pero el massismo, a través de Ramiro Gutiérrez, presentó su proyecto propio que también fijó en 14 años la edad de punibilidad. Este domingo, el obispo Dante Braida sumó la voz institucional de la Iglesia Católica en contra de la baja de edad imputabilidad: “Poner en situación de encierro a un chico no soluciona el problema de raíz”, dijo en exclusiva con Infobae. El papa Francisco y monseñor Dante Braida, presidente de la Comisión de Pastoral Social de la Iglesia Católica Consensos y debate abierto Más allá de las posiciones a favor y en contra, entre los más de 100 diputados que integran las comisiones hay consenso para avanzar en un dictamen que establece un Régimen Penal Juvenil que, si bien tiene como punto central la baja a 14 años, incluye una serie de medidas para abordar la problemática de los menores en conflicto con la ley penal. El proyecto establece la derogación de la actual Ley 22.278, que rige desde 1980 -plena dictadura militar- y que, según coincidieron los legisladores de todos los bloques, resulta obsoleta. El nuevo texto —que consta de al menos 53 artículos distribuidos en once capítulos— fue elaborado tras ocho sesiones informativas que comenzaron en agosto del año pasado. El gobierno de Javier Milei envió un proyecto redactado por los ministros Mariano Cúneo Libarona (Justicia) y Patricia Bullrich (Seguridad), que fijaba en 13 años el límite para la punibilidad. Después, el presidente incluso fue más allá y declaró en varias oportunidades el principio “delito de adulto, pena de adulto”, que incentivó a los sectores que rechazan la iniciativa a endurecer sus críticas. Según pudo saber Infobae, durante ese proceso se convocó a especialistas de distintas disciplinas, incluyendo neurólogos, que aportaron evidencia científica sobre la capacidad de comprensión de adolescentes de 14 años respecto a la ilicitud de sus actos. A diferencia de la norma vigente, que apenas contiene 13 artículos y menciona instituciones ya inexistentes como el “patronato de menores”, la iniciativa sobre la que habría mayor consenso incorpora estándares internacionales suscriptos por Argentina en materia de derechos de la infancia. Esa omisión provocó sanciones internacionales por no adecuar el país su legislación a los tratados que reconocen un régimen penal juvenil diferenciado. Por eso, uno de los puntos centrales sobre los que hay acuerdo es la baja de la edad de imputabilidad de 16 a 14 años, alineándose con la mayoría de los países de América Latina, donde el umbral se sitúa entre los 12 y 14 años. El nuevo régimen se aplicará, entonces, a adolescentes de entre 14 y 18 años, y establece que la edad se considerará al momento del hecho delictivo. Los diputados del oficialismo y los aliados que vienen trabajando en un dictamen de consenso advirtieron que esta modificación no significará que todos los menores que cometan delitos vayan a terminar presos. Por el contrario, proponen un esquema de penas alternativas y medidas complementarias que se graduarán según la edad y la gravedad del delito. Entre las medidas complementarias previstas, que podrán aplicarse desde la imputación y acompañar a las sanciones penales, la mayoría de los legisladores que integran las comisiones coinciden en establecer en el nuevo régimen los siguientes criterios: Asesoramiento interdisciplinario. Inclusión en programas educativos, recreativos y culturales. Tratamiento médico o psicológico. Capacitación laboral y acceso al empleo. Prohibición del consumo de sustancias. Obligación de presentarse ante el tribunal. Prohibición de interrumpir la escolarización como sanción disciplinaria. Estas medidas no están contempladas en la ley vigente y, según los impulsores del proyecto, son instrumentos imprescindibles para que los jueces cuenten con herramientas adecuadas a la hora de intervenir en casos de adolescentes en conflicto con la ley. Un capítulo específico sobre los que hubo acuerdo es la regulación de penas alternativas a la privación de la libertad, entre las que figuran: Amonestación. Prohibición de acercamiento a la víctima. Servicios comunitarios. Monitoreo electrónico. Reparación del daño. Prohibición de conducir vehículos. Estos artículos fueron trabajados de forma conjunta por diputados de distintos partidos políticos, y constituyen una de las bases del amplio consenso que sostiene el despacho. La lógica subyacente es que la prisión deberá ser la última instancia, reservada solo para los casos más graves y siempre con fundamentos concretos. También hubo acuerdos para establecer modalidades atenuadas para la privación de libertad, que van desde la prisión domiciliaria, el instituto abierto, el instituto cerrado especializado. Y se prohíbe expresamente la prisión o reclusión perpetua para adolescentes, como así también se fija un límite máximo de cumplimiento efectivo. Se contempla en el proyecto de consenso la posibilidad de sustituir parte de la pena tras cumplir dos tercios, siempre bajo control judicial y evaluación interdisciplinaria. Uno de los aspectos que generó mayor acuerdo es la necesidad de fijar criterios específicos para evitar que los menores condenados cumplan sus penas en cárceles comunes o junto a adultos. Y en caso de internación, el proyecto establecerá la notificación al juez civil competente para garantizar un seguimiento adecuado. Un dato que tuvo peso en el proceso de construcción del consenso fue la situación de menores de 16 años actualmente detenidos en provincias, a pesar de que la legislación vigente los considera no punibles. Legisladores de diferentes bancadas reconocieron que en la actualidad, ante delitos especialmente graves —como el del adolescente involucrado en el asesinato de Kim—, los jueces optan por “medidas tutelares” para mantenerlos en reclusión sin juicio formal, sin defensor, sin respetar garantías mínimas y en condiciones de alojamiento que no están claramente reguladas. Este vacío legal fue señalado como una de las principales motivaciones para avanzar en una reforma que garantice el debido proceso, establezca reglas claras y proteja los derechos de los adolescentes sin dejar a la sociedad desprotegida. El proyecto que cosechó más apoyo incorpora un conjunto de principios y garantías procesales que tienen por objetivo orientar la aplicación de las normas a los adolescentes, entre ellos: Legalidad : solo se aplicarán medidas previstas por la ley. Debido proceso : todo adolescente tendrá defensa legal desde el inicio. In dubio pro minoris : la duda se resuelve a favor del menor. Proporcionalidad y excepcionalidad de las sanciones restrictivas. Resocialización y educación como finalidades centrales. Privación de libertad como último recurso , en establecimientos adecuados. Participación y derecho a ser oído del adolescente. Celeridad procesal . Posibilidad de renunciar a la reserva procesal para expresarse públicamente. Derechos y deberes de los padres en el proceso penal juvenil. Obligación estatal de asegurar educación, atención médica y orientación laboral.
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