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  • La Justicia suspendió la venta de medicamentos fuera de las farmacias

    » Santafeactual

    Fecha: 25/04/2025 19:50

    La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal frenó artículos del DNU 70/2023 que habilitaban el expendio de analgésicos y antiácidos en supermercados y kioscos. Un fallo judicial volvió a poner límites a la venta de medicamentos fuera del ámbito profesional. La Sala I de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal suspendió este jueves diez artículos del DNU 70/2023 que habilitaban, entre otras medidas, la comercialización de analgésicos y antiácidos fuera de las farmacias. La medida responde a una cautelar presentada por la Confederación Farmacéutica Argentina (COFA) y la Federación Farmacéutica de la República Argentina (FEFARA), y deja sin efecto la posibilidad de adquirir medicamentos de venta libre en supermercados, kioscos y otros comercios, tal como lo permitía el decreto. El fallo suspende específicamente los artículos 313, 314, 315, 316, 317, 319, 320, 321, 323 y 324 del DNU, además de sus reglamentaciones y modificatorias. También revoca el artículo que permitía a un farmacéutico estar a cargo de más de un local de expendio, una medida que había generado fuertes críticas en el sector. Los jueces Clara Do Pico, Liliana Heiland y Rodolfo Facio fundamentaron su decisión en la necesidad de garantizar el acceso seguro a los medicamentos y la supervisión profesional en su comercialización. “La actividad farmacéutica trasciende los aspectos económicos o comerciales”, señalaron, en sintonía con fallos anteriores de la Corte Suprema, como el caso “Farmacity”. Desde COFA celebraron la medida. “La sentencia reconoce que el expendio de medicamentos es una función sanitaria indelegable que requiere la presencia, control e independencia del farmacéutico”, afirmaron mediante un comunicado. En la misma línea, FEFARA destacó que con este fallo “vuelve al ámbito de la farmacia la responsabilidad de la compra, conservación, dispensa y consejo farmacéutico en el mostrador”. El DNU, junto a su reglamentación a través del decreto 63/2024, había habilitado a droguerías a vender directamente al público y a locales no farmacéuticos a ofrecer medicamentos de venta libre, situación que ahora queda suspendida. La sentencia tendrá vigencia hasta que se dicte un fallo definitivo, tal como establece el artículo 2 de la Ley 26.854. Fuente: SFA/LT10

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