Contacto

×
  • +54 343 4178845

  • bcuadra@examedia.com.ar

  • Entre Ríos, Argentina

  • Repartos griegos del botín

    » Comercio y Justicia

    Fecha: 25/04/2025 08:28

    Por Luis R. Carranza Torres Los primeros datos sobre el uso de mercenarios se remontan al Antiguo Egipto, alrededor del año 1500 a. C., cuando el faraón Ramsés II hizo uso de 18.000 de ellos en el transcurso de sus campañas, pagándoles con lo que saqueaban, la comida y el agua. A partir de la Dinastía XVIII el ejército recluta extranjeros en sus filas, porque los egipcios parecen rechazar cada vez más las armas. Por lo general se los ubicaba en unidades separadas por nacionalidad o bien como unidades auxiliares. Pero será en la Antigua Grecia donde el modelo de guerrear por afán de lucro alcanzará su máximo desarrollo. Es allí donde las reglas sobre botines pasan a ser parte de las normas aplicables a la actividad durante el primer milenio a. C. La causa de dicho cenit en la actividad será una de las consecuencias de los cambios sociales que trajo aparejado el surgimiento de las ciudades-Estados o polis en la península helénica y adyacencias, dejando atrás el sistema de la época micénica donde los monarcas tenían guerreros para defenderse. El servicio de armas como uno de los elementos propios de la condición de ciudadanos de la polis trajo en paralelo el surgimiento de un nuevo tipo de guerrero, el hoplita, un soldado de infantería pesadamente armado y de una nueva forma de combatir, en una formación cerrada: la falange. En los interregnos de paz, tales nuevos guerreros, llamados “hombres de bronce”, buscaron a partir del siglo VII a. C. paliar las crisis económicas por la falta de tierras cultivables poniendo sus habilidades militares al mejor postor de poderes extranjeros como Egipto, Babilonia o Lidia hasta el siglo V a. C., para luego sumar a sátrapas persas y el Imperio Aqueménida a partir de dicho período. Quizás la Expedición de los Diez Mil, una campaña de mercenarios griegos, reclutados por el persa Ciro el Joven, entre el año 401 al 399 a.C., relatada por Jenofonte, que formó parte de ella, en su obra Anábasis, es uno de los ejemplos mejor documentados de tal actividad. Otros han quedado plasmados en la Historia de la Guerra del Peloponeso, de Tucídides. Existían reglas de carácter consuetudinario respecto de los términos de la relación, sobre todo en cuanto a la paga, que luego se plasmaban en el acuerdo del caso, al inicio de la relación. La retribución básica por los servicios militares recibía el nombre de misthos. Literalmente significaba salario o paga y también servía para nombrar a la retribución acordada en Atenas por ejercer una función pública. En el caso de los Diez Mil, se había establecido una retribución mensual de un darico, equivalente a 25 dracmas, valor que se mantuvo sin grandes incrementos a lo largo del siglo IV a.C. No era la única ventaja económica que tenían: los botines de guerra obtenidos en el saqueo de ciudades, campamentos, prisioneros o muertos era un beneficio aparte. Tal como la manutención (sitos) cuya percepción cubría los gastos diarios y convertiría a la soldada en ganancia neta. Fruto de las normas de la costumbre era separar una décima parte del valor del botín obtenido para consagrarlo en el templo de una divinidad como muestra de agradecimiento por la protección recibida que les había permitido alcanzar la victoria, como nos describe Heródoto en su Historia, tras la victoria en la batalla de Salamina el año 480 a. C. No poco de las normas eran sobre el reparto de los botines de guerra. Existía una parte que correspondía al general del ejército y al propio Estado por el cual se combatía, repartiéndose el resto de forma proporcional o igualitaria entre los mercenarios. Uno de los acuerdos más ventajosos fue el dado por Eumenes II de Pérgamo, en el que se establecía la duración de la campaña en un máximo de 10 meses, así como retribuciones para los huérfanos de los muertos en combate, fijándose asimismo precios fijos para poder adquirir los mercenarios determinados alimentos como el trigo y el vino. Sin embargo, el máximo beneficio plausible de obtener era la entrega de tierras para poder instalarse con sus familias al término de su contrato. Era de práctica, cuando por la dureza o prolongación de la campaña el ánimo empezaba a flaquear, dar un beneficio extraordinario consistente en dejarles practicar la rapiña en las zonas próximas a los campamentos. Jenofonte en su Anábasis detalla una de estas ocasiones: “Cuando el ejército estaba en el campamento se permitía a los soldados salir en busca de botín, y en estas salidas cada uno se apoderaba de lo que podía. Pero cuando salía el ejército entero, parte de lo que cada uno cogía se consideraba como propiedad común” (VI,6). Se trataba claramente de una práctica que al presente resulta absolutamente ilegal en el derecho de los conflictos armados. Y que ha sido una de las causas de la proscripción de los mercenarios en diversos instrumentos internacionales. Pero, aun así, se hallaba por entonces, consuetudinariamente y convencionalmente reglada. Por algo, en el capítulo LX de Don Quijote, se pone en boca de Sancho Panza, que “es tan buena la justicia, que es necesaria que se use”, aun para repartir entre ladrones el botín. Tales palabras de Sancho tienen una marcada similaridad con un pasaje de Cicerón (De officiis, II, 40) sobre la justicia entre los ladrones y el reparto del botín por el cabecilla. Como puede verse, lo referente a los botines ilícitos, tienen reglas que vienen de lejos. Tanto, incluso, como para retrotraernos a los mercenarios de la Grecia Antigua.

    Ver noticia original

    También te puede interesar

  • Examedia © 2024

    Desarrollado por