24/04/2025 23:42
24/04/2025 23:42
24/04/2025 23:42
24/04/2025 23:41
24/04/2025 23:41
24/04/2025 23:41
24/04/2025 23:41
24/04/2025 23:41
24/04/2025 23:41
24/04/2025 23:41
Concepcion del Uruguay » La Pirámide
Fecha: 24/04/2025 18:53
Este jueves se dispuso la puesta en libertad de dos policías que prestaban servicio en Concepción del Uruguay y que habrían estado implicados en un procedimiento de detención irregular de un hombre hace 45 días. El delito que se investiga es vejaciones, según explicaron desde el estudio de abogacía del Dr. José Ostolaza a La Pirámide. Asimismo, informaron que la investigación es llevada adelante por la fiscal Dra. María Becker e incluyó un allanamiento a la Comisaría Primera, el secuestro de cámaras de seguridad y la recolección de rastros de sangre en un vehículo policial. Asimismo, declararon testigos y se realizaron pericias. En ese marco, se había dispuesto la prisión preventiva con modalidad domiciliaria por 45 días para ambos funcionarios policiales. Uno de ellos la cumplió en Concordia y el otro en Concepción del Uruguay. Este 24 de abril venció el plazo y, debido a que ambos ya no prestan servicio en la fuerza policial, se llegó a un acuerdo con las defensas, a cargo de los doctores Pablo Sotelo, Carlos Morúa y Guido Reinafe, por el que se otorga la libertad de ambos hombres con medidas de coerción por 60 días. Por ello, deberán fijar domicilio y no variar sin previa autorización judicial, no tener contactos con testigos ni con la presunta víctima. «En ese plazo, la fiscalía se comprometió a presentar la elevación de la causa a juicio. El delito que se investiga en contra de los policías por el momento es el de vejaciones», explicaron desde el estudio jurídico a La Pirámide. El Juez de Garantías Subrogante es el Dr. Gustavo Ariel Díaz, mientras que las defensas «entienden que el hecho no configura el delito imputado e irán a juicio en busca de la absolución», agregaron. El delito de vejaciones El artículo 144 bis, inciso 2 del Código Penal argentino establece que «el funcionario público que desempeñando un acto de servicio cometiera cualquier vejación contra las personas o les aplicare apremios ilegales, será reprimido con prisión o reclusión de uno a cinco años, e inhabilitación especial por doble tiempo». Se entiende vejaciones como todo tratamiento denigratorio o humillante, sea físico o verbal, practicado con el exclusivo propósito de mortificar al destinatario, atacando su sentimiento de dignidad o de respeto que merece como persona y con el que espera ser tratada. REDACCIÓN LA PIRÁMIDE
Ver noticia original