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  • Ordenaron pagarle a un preso salarios por trabajos que realizó durante los 20 años

    Concordia » Despertar Entrerriano

    Fecha: 23/04/2025 18:19

    La Sala Administrativa de la Corte de Mendoza falló a favor de un preso que reclamaba el pago de salarios por trabajos que realizó durante los 20 años que estuvo detenido en distintos penales de la provincia cuyana. La Sala Administrativa de la Corte de Mendoza, en una resolución firmada el 11 de abril de 2025, falló a favor de José Aníbal Molina, un ex presidiario que reclamaba el pago de salarios por tareas realizadas durante los 20 años que estuvo detenido en diferentes cárceles de la provincia. Molina estuvo detenido desde el 30 de mayo de 1996 hasta el 4 de marzo de 2016. Apenas recuperó su libertad, comenzó el reclamo ante el Servicio Penitenciario provincial, que inicialmente negó la existencia de deuda alguna. Durante el tiempo que cumplió condena, argumentó haber trabajado en diversas funciones en los complejos penitenciarios del Gran Mendoza, a donde fue trasladado según la progresión de su sentencia. Dos décadas de trabajo tras las rejas Según consta en la demanda, Molina comenzó en 1996 trabajando en el taller de mimbre de la cárcel de Boulogne Sur Mer. Declaró que la tarea la cumplió de lunes a viernes, durante todo un año y firmó las correspondientes planillas de jornales. Entre 1997 y 2000, dijo que realizó tareas de limpieza en los patios de visitas y otros sectores. Aseguró que había firmado planillas de jornales completos, durante esos cuatro años. En febrero de 2005, fue alojado en el penal de San Felipe, donde trabajó como fajinero (limpieza) de módulos y patios de visitas hasta el 2008. Dijo que firmó jornales por 30 días durante otros cuatro años. El reclamo que llegó a la Corte El recorrido de Molina dentro del sistema penitenciario continuó en 2010 en San Felipe y, un año más tarde, en la Colonia Penal Gustavo André de Lavalle, donde realizó tareas de agricultura hasta 2013. En 2014, retornó a Almafuerte como fajinero y bibliotecario ambulante. Cuando intentó iniciar su trámite jubilatorio en Anses tras obtener la libertad, el mismo fue rechazado por falta de aportes previsionales. Ante esta situación, recurrió a la Comisión de Derechos y Garantías de la Legislatura mendocina, cuyo presidente intervino en el caso. El Gobierno provincial y la Fiscalía de Estado reconocieron que el demandante trabajó y cobró por los días que fueron registrados por la Administración Contable del Servicio Penitenciario. Trabajó al menos 2.505 días El fallo de la Corte fue firmado por los jueces Mario Adaro, Omar Palermo y José Valerio. La resolución obliga a la provincia a pagar los periodos trabajados no registrados y actualizar los intereses desde 2016. El fallo de la Suprema Corte mendocina fue rubricado el 11 de abril de 2025. Lleva la firma de los jueces Mario Adaro, Omar Palermo y José Valerio y sostiene que debe liquidarse y pagarse los periodos reclamados que no han sido remunerados. El juez Adaro fue contundente al justificar el fallo: «Es un contrasentido que una vez recuperada la libertad, la persona deba cargar con la prueba de un hecho cuya constatación es una obligación asumida por la demandada», expresó en declaraciones al diario Clarín. Según la sentencia, se determinó que Molina trabajó al menos 2.505 días entre junio de 1996 y diciembre de 2003. Y unas 727 jornadas laborales entre enero de 2004 y enero de 2016. La Corte también ordenó realizar gestiones ante Anses por los aportes faltantes a la seguridad social, lo que podría abrir la puerta a una futura jubilación para el ex detenido. Fuente: Clarín

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