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  • Caso Kiczka. El Juicio: Condenaron a 14 años de prisión al ex diputado puertista Germán y a 12 años a su hermano Sebastián y los trasladan al Penal de Loreto

    » Noticias del 6

    Fecha: 16/04/2025 23:04

    Por mayoría con los votos de los jueces Gustavo Bernie y César Antonio Yaya, y la disidencia de Viviana Cukla que votó por penas menores, el Tribunal Penal N° 1 condenó con prisión efectiva al ex diputado puertista Germán Kiczka y a su hermano Sebastián a 12 años, en ambos casos de cumplimiento efectivo, agravado por el hecho de tratarse en la mayoría de los casos de menores de 13 años. Por tenencia, consumo y distribución de material Masi, y luego de deliberar por unas tres horas el Tribunal también dispuso enviar a la Fiscalía en turno el material disponible respecto del diputado Pedro Puerta y Leonardo Kiczka “a sus efectos”. Los condenados son trasladados al Penal de Loreto. Concluye así un juicio que tuvo repercusión nacional, había periodistas de Crónica, Todo Noticias, la Nación, IP Noticias, en la noche de este miércoles en el salón del Palacio de Justicia donde se llevó a cabo el debate. El caso de los hermanos Kiczka conmovió a la sociedad misionera y se considera histórico por lo aberrante de los 930 archivos encontrados en los dispositivos de ambos, uno de cuyo IP fue el localizado por una investigación internacional de pedofilia que dio motivo a la iniciación de lña investigación local y acaba de culminar en la condena. #CasoKiczka. El Juicio: Condenaron a 14 años de prisión al ex diputado puertista Germán y a 12 años a su hermano Sebastián y los trasladan al Penal de Loreto @noticiasdel6https://t.co/uHrPz6us6I Por mayoría con los votos de los jueces Gustavo Bernie y César Antonio Yaya, y la… pic.twitter.com/7waPI6MzLB — Jorge Kurrle (@jorgekurrle) April 17, 2025 https://noticiasdel6.com/casokiczka-el-jucio-fiscal-pide-15-anos-de-reclusion-para-german-kiczka-y-12-anos-para-sebastia La sentencia del Juicio Kiczka a los hermanos Germán y Sebastián sobre tenencia, consumo y distribución de material de abuso sexual infantil calificado. «Por tratar y de conformidad los fundamentos que oportunamente se expondrán resuelve uno rechazar las nulidad de formuladas por el señor defensor doctor de Paula por inadmisibles 2 rechazar por mayoría la nulidad planteada por los doctores paredes y Alvarenga respecto a la indeterminación del hecho de abuso sexual cometido contra pg con la disidencia de la doctora cucla Viviana que vota por hacer lugar a la misma tres respecto a lo peticionado por el Ministerio Público fiscal sobre los pedidos de investigación por las posibles comisión de delitos de acción pública por parte de Leonardo Antonio KIczka y Pedro Puerta extraigase las copias pertinentes y remítase a la fiscalía de instrucción en turno a sus efectos. «Ordenar por mayoría quisca Germán buzos de más datos personales obran en autos a la pena de 14 años de prisión de cumplimiento efectivo más accesorias legales y con costas por ser encontrado autor penalmente responsable del delito de tenencia facilitación y distribución de material de explotación sexual infantil agravado por ser las víctimas menores de 13 años de edad en concurso real según los artículos 128 primero segundo y quinto párrafo en función del artículo 55 del Código Penal argentino. Con la disidencia de la doctora Cuclaque votó por condenar a la pena del 8 años de prisión de cumplimiento efectivo por el delito de tenencia y facilitación de material de protección explotación sexual infantil agravado por ser las víctimas menores de 13 años ideal y el delito de distribución del mismo material en concurso real 5 condenar por mayoría Kiczka Sebastián uso de más datos personales obran en autos a la pena de 12 años de prisión de cumplimiento más accesorias legales con costa por ser encontrado autor penalmente responsable del delito de tenencia y facilitación de material de explotación sexual infantil ha agravado por ser las víctimas menores de 13 años de edad y abuso sexual sin acceso carnal todo eso en concurso real que se encuentran subsumidos en el artículo 128 u primero segundo y quinto párrafo 119 primer par en función del artículo 55 del Código Penal argentino con la disidencia la doctora Viviana Cucla que votó por condenar a la pena de 6 años de prisión por el delito de tenenencia de material de explotación sexual infantil agravado por ser la víctima menor de 13 años de edad en concurso ideal subsumido en el del servicio penitenciario de misiones, «Ordenar el decomiso de los elementos secuestrados en autos firme que quede la presente comunicar lo resuelto al departamento judicial de Jefatura de Policía y al Registro Nacional y dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 117 del código penal procesal penal oportunamente dar cumplimiento a lo establecido por el artículo 506 del Código Penal del código procesal penal. Agregar copia al expediente y el original al respectivo protocolo firme que quede la presente sentencia librar el oficio que determina el párrafo segundo y tercero del artículo cuál es el código procesal penal al Superior Tribunal de Justicia, regístrese, notifíquese y comuníquese Caso Kiczka – Formulación de alegatos y lectura del veredicto Este miércoles 16 de abril, a las 9:30 se abrió la última jornada del juicio en función del “Expte. 47936/2024 KICZKA Germán S/ Tenencia, facilitación y distribución de material de explotación sexual infantil agravado por ser las víctimas menores de 13 años de edad varios hechos en concurso real y KICZKA Sebastián S/ Tenencia y facilitación de material de explotación sexual infantil agravado por ser las víctimas menores de 13 años de edad varios hechos y abuso sexual sin acceso carnal en concurso real. La audiencia del debate comenzó más tarde de lo previsto debido a inconvenientes técnicos que impedían la proyección de material a requerimiento de la Fiscalía. La doceava jornada contó con la presencia del Tribunal Penal Nº 1, integrado por los jueces Gustavo Bernie, Viviana Cukla y César Yaya (subrogante); la fiscalía representada por Martín Alejandro Rau y Antonio Vladimir Glinka; la defensa a cargo de los abogados Gonzalo de Paula, defensor de Germán Kiczka; Eduardo Paredes y María Laura Alvarenga, a cargo de la defensa de Sebastian Kiczka y fue abierta al público por lo que contó con la presencia de medios provinciales y nacionales. La Fiscal Coordinadora de la Unidad Fiscal de Delitos Informáticos y Contravenciones de CABA, Daniela Dupuy, estuvo presente desde el comienzo de la jornada invitada por la fiscalía. La primera exposición de los alegatos estuvo a cargo de la fiscalía que inició el fiscal del Tribunal Penal 1, Martín Rau, seguido por su par del Tribunal Penal 2, Vladimir Glinka quienes realizaron su argumentación articulando sus alocuciones con la presentación de material audiovisual. Solicitaron una pena de 15 años para Germán Kiczka y de 12 para su hermano Sebastián. La defensa de Sebastián Kiczka, a cargo de los abogados Eduardo Paredes y María Laura Alvarenga, hizo uso de la palabra para alegar cerca de las 14,30 hs., quienes solicitaron seguridad para el imputado. El abogado defensor del ex legislador provincial Germán Kiczca, Gonzalo De Paula, procedió con su declaración cerca de las 16,15 hs., al finalizar solicitó la nulidad absoluta por el artículo 361 del requerimiento de elevación Fiscal y la absolución de su defendido. Concluidos los alegatos, a las 18hs., se ofreció a los imputados volver a declarar. En primer lugar volvió a hablar para ampliar lo que ya había ampliado en oportunidades anteriores Sebastián Kiczka. Al clausurarse la etapa de debate se pasó a un cuarto intermedio para la deliberación de los miembros del Tribunal Penal 1, que resolvió: Rechazar las nulidades formuladas por el Sr. Defensor, Dr. de Paula por inadmisibles. Rechazar por mayoría la nulidad planteada por los Dres. Paredes y Alvarenga, respecto a la indeterminación del hecho de abuso sexual cometido contra P..G., con la disidencia de la Dra. Cukla Viviana G. que vota por hacer lugar a la misma. Respecto a lo peticionado por el Ministerio Público Fiscal sobre los pedidos de investigación por la posible comisión de delitos de acción pública por parte de Leonardo Antonio Kiczka y Pedro Puerta, extráigase las copias pertinentes y remítanse a la Fiscalía de Instrucción en turno a sus efectos. Condenar por mayoría a Kiczka Germán, cuyos demás datos personales obran en autos, a la PENA DE CATORCE (14) AÑOS DE PRISIÓN DE CUMPLIMIENTO EFECTIVO, más accesorias legales y con costas, por ser encontrado autor penalmente responsable del delito de TENENCIA, FACILITACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE MATERIAL DE EXPLOTACIÓN SEXUAL INFANTIL AGRAVADO POR SER LAS VÍCTIMAS MENORES DE 13 AÑOS DE EDAD EN CONCURSO REAL, según los Arts. 128 1º, 2º y 5º en función del art. 55 del CPA. Con la disidencia de la Dra. Cukla que voto por condenar a la pena ocho (8) años de prisión de cumplimiento efectivo, por el delito de tenencia y facilitación de material de explotación sexual infantil agravado por ser las víctimas menores de 13 años de edad en concurso ideal y el delito de distribución del mismo material, en concurso real. Condenar por mayoría Kiczka Sebastián, cuyos demás datos personales obran en autos, a la PENA DE DOCE (12) AÑOS DE PRISIÓN DE CUMPLIMIENTO EFECTIVO, mas accesorias legales y con costas, por ser encontrado autor penalmente responsable del delito de TENENCIA Y FACILITACIÓN DE MATERIAL DE EXPLOTACIÓN SEXUAL INFANTIL AGRAVADO POR SER LAS VÍCTIMAS MENORES DE 13 AÑOS DE EDAD Y ABUSO SEXUAL SIN ACCESO CARNAL, TODO ELLO EN CONCURSO REAL, que se encuentran subsumidos en el Art. 128 1º, 2º y 5°, 119 1º párrafo en función del Art. 55 del C.P.A. Con la disidencia de la Dra. Viviana G. Cukla que votó por condenar a la pena de seis (6) años de prisión, por el delito de TENENCIA Y FACILITACIÓN DE MATERIAL DE EXPLOTACIÓN SEXUAL INFANTIL AGRAVADO POR SER LAS VÍCTIMAS MENORES DE 13 AÑOS DE EDAD, EN CONCURSO IDEAL, subsumidos en el Art. 128 1º, 2º del CP. Fijar fecha para la lectura de los fundamentos de la presente sentencia para dentro de diez (10) días hábiles conforme al art. 416 del CPP. Ordenar el inmediato traslado de los condenados a la Unidad Penal N.º I del Servicio Penitenciario de Misiones. Ordenar el decomiso de los elementos secuestrados en autos. Firme que quede la presente, comunicar to resuelto al Departamento Judicial de Jefatura de Policía y al Registro Nacional de Reincidencia y Estadistica Criminal y dar cumplimiento a lo dispuesto por el Art. 117 del C.P.P. Oportunamente, dar cumplimiento a lo establecido por el Art. 506 del C.P.P….. La lectura de la sentencia estuvo a cargo de la secretaria del Tribunal, Lucrecia Castillo. De acuerdo al artículo 416 del CPP la presentación de los fundamentos sería el lunes 5 de mayo.

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