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  • Se levanta hoy el cepo cambiario: cómo comprar dólares sin límites

    Parana » Ahora

    Fecha: 14/04/2025 08:58

    El Banco Central de la República Argentina (BCRA) anunció nuevas condiciones para acceder al Mercado Libre de Cambios (MLC), que entran en vigencia hoy lunes 14 de abril de 2025. Aunque los cambios flexibilizan el cepo al dólar, se deben cumplir algunos requisitos. A través de la Comunicación “A” 8226, la autoridad monetaria busca reanimar el mercado cambiario y dar señales de apertura en plena recesión. ¿Cuáles son las principales medidas? Dólar para personas físicas: sin tope, pero con requisitos A partir del 14 de abril, las personas físicas residentes podrán comprar dólares sin límite, tanto para ahorro en cuentas locales como en el exterior. Pero no es para todos: deberán demostrar capacidad económica, es decir, ingresos o activos consistentes con el nivel de compra. En operaciones en efectivo, el viejo límite de 100 dólares mensuales por persona se mantiene. En cambio, quienes compren dólares con fondos en cuenta no tendrán tope de monto. También se elimina la restricción de 90 días entre operaciones en el mercado oficial y operaciones bursátiles como dólar MEP y CCL. Y cae otra barrera clave: ya no se exigirá coincidencia de titularidad entre cuentas de origen y destino en estas operaciones financieras. Empresas: se borra el historial y vuelven los dividendos El BCRA también relajó el cepo para las personas jurídicas. A partir del 14 de abril, todas las empresas podrán operar en el MLC sin necesidad de esperar los 90 días que exigía el historial de operaciones con títulos valores. Se trata de una “amnistía” por única vez. Además, el nuevo esquema habilita el giro de dividendos a no residentes, aunque solo sobre utilidades generadas a partir del 1 de enero de 2025. Un guiño al mercado, con límite temporal incluido. Importaciones, servicios y pagos anticipados Desde la misma fecha, las nuevas importaciones oficializadas podrán pagarse sin esperar. Las anteriores seguirán sujetas a un plazo de 30 días. También se amplían las facilidades para MiPyMEs, que podrán realizar pagos anticipados y a la vista para bienes de capital no suntuarios, respetando ciertos topes sobre el valor FOB. Para servicios contratados desde el 14/04: Con terceros no vinculados: se podrán pagar desde la fecha de prestación. Fletes de importación: se podrán pagar desde que la mercadería llega al país. Entre empresas vinculadas: se reduce el plazo de espera de 180 a 90 días. Operaciones mayores a USD 100.000, con aviso previo Otro cambio clave: se elimina el límite a la formación de activos externos en operaciones ligadas a importación de energía o combustibles. Pero el BCRA no se duerme: toda operación superior a 100.000 dólares deberá informarse con 48 horas de anticipación. Nada de sorpresas para la mesa de control. Fuente: Bae Negocios

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