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Parana » Entreriosya
Fecha: 07/04/2025 11:31
La Cámara Federal de Apelaciones de Paraná rechazó la apelación presentada por la defensa de Jade Isabela Callau Barriga, de 21 años. La joven boliviana que fue detenida junto a un piloto brasileño por los casi 360 kilos de cocaína que llevaban en una avioneta que tuvo un aterrizaje forzoso en el sur de Entre Ríos. De este modo, confirmaron el procesamiento, la prisión preventiva y el embargo de sus bienes. Los hechos investigados en esta causa se iniciaron el 22 de enero de 2025. Fue a partir de un procedimiento realizado por la Policía de Entre Ríos en un campo cercano a Holt Ibicuy, llamado “Campo Grande”, en el Departamento Islas. Una persona cuya identidad se reservó fue quien avisó a las fuerzas de seguridad que una avioneta había aterrizado alrededor de las 20 en ese lugar. Según la información inicial, en la avioneta viajaban un ciudadano brasileño que se identificó como Carlos Costa Días (luego identificado como Leonardo Monte Alto Gusmão). A él lo acompañaba Callau Barriga. Narcotráfico Tras ser comunicado el Juzgado Federal de Gualeguaychú, se impartieron medidas a la policía y se dio intervención a la Gendarmería Nacional. Dentro de la avioneta se encontraron 10 bultos que contenían 342 ladrillos envueltos, con un peso total de 358,9 kilos de clorhidrato de cocaína. También se hallaron cinco capuchones de plástico con 12,9 gramos de la misma sustancia y un cigarrillo artesanal de marihuana. Se procedió al secuestro de las sustancias y otros elementos relevantes para la investigación. Detenciones Al día siguiente se produjo la detención de Monte Alto Gusmão y Callau Barriga en el Monumento de la cruz de madera en la localidad de Ibicuy. Ambos fueron encontrados mojados. Al divisar a la policía, la mujer habría intentado tirar su celular. En aquellos días se conocieron detalles de la vida de la joven narcotraficante. Jade era reina de belleza de San Borja, un municipio de Beni, en el amazonas boliviano. Además, es la hija de un conocido jefe narco boliviano. La aeronave involucrada fue identificada inicialmente con la matrícula LV-GOP, debajo de la cual tenía otra que rezaba “CP-3806”. Posteriormente, se determinó que era un avión Cessna, modelo 210E, fabricado en Estados Unidos en 1965, con matrícula argentina LV-GQA. Durante la investigación, se tomaron testimonios de personas que trabajaban en locales comerciales en Holt Ibicuy. Manifestaron que una joven se había presentado solicitando dinero en efectivo a cambio de transferencias virtuales. En algunas ocasiones mencionó haber sufrido un accidente aéreo. Además, en la investigación se constató que Callau Barriga había denunciado a Leonardo Monte Alto Gusmão por violencia doméstica un mes antes de estos hechos. La Unidad de Inteligencia Criminal de la GNA informó que la mujer no registraba movimientos migratorios recientes, lo que sugería un ingreso ilegal al país. Apelación La defensora pública oficial de Callau Barriga, Walkyria Bertoli, presentó el recurso de apelación, en el cual planteó, entre otros puntos: – Insuficiencia de pruebas para la coautoría: argumentó que la resolución del juez federal no se sustenta en elementos de prueba suficientes para considerarla coautora del delito de transporte de estupefacientes. Afirmó que la decisión se basó exclusivamente en su presencia en la aeronave, sin considerar sus circunstancias particulares. – Solicitó la nulidad de la declaración indagatoria debido a la falta de notificación de su derecho a tener asistencia consular. Señaló irregularidades en la confección y notificación del acta relacionada con sus derechos. – Cuestionó que el procesamiento sostuviera su intervención en la cadena de tráfico. No existiría ninguna prueba concreta que demostrara que tuvo dominio del hecho ni actos de disposición sobre la droga. Consideró errónea la interpretación de que tenía “co-dominio” junto con Monte Alto Gusmão, y que la mera presencia física no configura coautoría. – Cuestionó que no se haya valorado la denuncia por violencia doméstica realizada por su defendida contra Monte Alto Gusmão un mes antes de los hechos. Argumentó que su defendida no estaba en condiciones de ejercer dominio sobre el hecho ni de resistir la voluntad de su agresor. Alegó la omisión del análisis con perspectiva de género. Resolución judicial La Cámara Federa rechazó la apelación de la defensa. Entre otros puntos, refirió que en la coautoría no importa el carácter de propia mano de la comisión del delito. Señaló que cuando se investiga una organización, no se puede segmentar la titularidad de los elementos hallados según su tenedor inmediato. Los jueces consideraron que, si bien la investigación debe profundizarse sobre su rol concreto y la existencia de otros implicados, en esta instancia se advierte la intervención de la joven en el transporte de la droga, lo que justifica su procesamiento por dicho delito. Fuente: Análisis Digital LOS COMENTARIOS DE LA GENTE SOBRE ESTA NOTICIA ESTÁN MÁS ABAJO. VOS TAMBIÉN PODÉS DEJAR TU COMENTARIO.
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