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  • Caso Gabriel Gusmán: esperan fecha para que dos policías sean juzgados

    Parana » Uno

    Fecha: 06/04/2025 12:04

    La querella autónoma espera que se fije fecha para el inicio del juicio por jurado contra dos policías acusados de la muerte del joven Gabriel Gusmán. Tras siete años de controversias judiciales, se espera que finalmente se realice el juicio por jurado por la muerte de Gabriel Gusmán , ocurrida el 25 de septiembre de 2018 en el barrio Capibá de Paraná. El debate, ante un jurado popular, marcará un hito en la provincia de Entre Ríos al ser el primero con una querella autónoma en un caso de homicidio donde los acusados son dos policías. Es decir, en la sala no habrá un representante del Ministerio Público Fiscal, organismo que ejerce la acción penal pública. El joven fue abatido por una bala en la nuca durante una persecución policial que se desató en el marco de un enfrentamiento entre bandas. Los policías involucrados, Rodrigo Molina y Diego Sebastián Íbalo, habían perseguido a Gusmán cuando él intentó escapar. La defensa de los uniformados -a cargo de Miguel Ángel Cullen y Daniel Rosatelli- imputados sostiene que la muerte fue consecuencia de una “legítima defensa”, mientras que la querella autónoma -que representa a la familia de Gusmán- acusa que se trató de un caso de “gatillo fácil”, en el que los policías dispararon por la espalda a un joven que ya se encontraba rendido. La causa fue elevada a juicio por jurado el 15 de noviembre de 2024, decisión que tomó la jueza de Garantías Elisa Zilli. Desde entonces, la familia de la víctima espera una fecha para el inicio del debate oral y público. De momento, se designó al juez Alejandro Grippo para actuar como juez técnico del juicio. Ahora, sólo falta una fecha en el calendario. La querella autónoma está a cargo de los abogados José Iparraguirre y Lucía Tejera, quienes batallaron en las diferentes instancias judiciales para que la causa siga abierta y se llegue a una instancia de debate ante doce jurados populares. “Lo que nosotros estamos esperando es que se ponga una pronta fecha para el debate. Por lo menos que se ponga una fecha para empezar con las instancias previas que se requieren para la constitución del jurado. Estamos hablando de una causa cuyo hecho ocurrió en 2018. Si bien recién llega a la instancia de juicio, es una causa que viene con muchísimos avatares y sin embargo seguimos sosteniendo la querella, representando a la mamá de Gabriel, y por eso necesitamos, con urgencia, una fecha”, dijo Tejera en diálogo con UNO. Enseguida, remarcó la particularidad que tendrá este juicio: en la sala no estará un representante de la Fiscalía. “No hay muchos antecedentes de querella autónoma en casos de homicidio en la provincia. Nosotros hemos generado un precedente que tiene que ver con impulsar la acusación a través de la querella autónoma, en un caso no sólo de homicidio, sino que está involucrado personal de la fuerza de seguridad de la provincia”, subrayó la letrada. En cuanto a la imputación contra los policías, explicó: “Sostenemos que hay un autor material del homicidio, que es el policía Molina. En tanto, Íbalo está acusado por acción por omisión. Entendemos que es la figura que le cabe ya que al tener rango superior en la fuerza, pudo prevenir ese disparo que dio la muerte a Gabriel Gusmán. No lo hizo. Él supuestamente estaba a cargo de ese operativo”. Uno de los puntos que se expondrá en el juicio será el hecho de que la bala que dio muerte al joven ingresó desde atrás. La querella autónoma buscará demostrar que se trató de una ejecución. “La bala ingresó por detrás de la cabeza de Gabriel y, por las pruebas colectadas y los testimonios recogidos, en el momento en que recibe el proyectil él estaba parado y en posición de rendirse. Tenía las manos arriba; de espalda al personal. Nosotros decimos que es una ejecución, lo que coloquialmente dentro de la historia argentina también se llama gatillo fácil”, explicó Tejera. Ana Lucía Tejera José Iparraguirre.jpg Los abogados José Iparraguirre y Lucía Tejera actúan como querella autónoma. “Nosotros no desconocemos el conflicto previo que hubo entre dos bandas en el barrio Capibá, pero cuando llega la policía hay muchísimos testimonios que dan cuenta que los amigos y Gabriel salieron corriendo y en ningún momento dispararon. Además, el móvil no representa ningún tipo de daño que pueda dar cuenta de que hayan disparado directamente hacia ellos”, añadió. En ese marco, la querellante sostuvo que el archivo de la causa que dispuso en 2020 a Fiscalía sólo se basó en “los testimonios que lo oponen a Gabriel en una relación de enfrentamiento con la policía, cuando hay un montón de otros testimonios y de pruebas materiales que dan cuenta que al momento en que recibe la bala no se encontraba disparándole a la policía, que eso fue un episodio previo a la llegada del móvil 1021 de Ibalo y Molina”. Finalmente, puntualizó que la pena en expectativa que enfrentan los policías es la más alta que prevé el Código Penal. “Estamos hablando de un delito doloso con agravantes por alevosía y agravantes también porque se cometieron por integrantes de las fuerzas de seguridad”, completó Tejera. Derrotero judicial El expediente Gusmán tuvo un extenso derrotero en los Tribunales. El 4 de noviembre de 2020, los fiscales Gonzalo Badano y Juan Francisco Ramírez Montrull, decidieron archivar la causa y señalaron que los policías actuaron en “legítima defensa” en respuesta a disparos que habrían recibido. No obstante, el 12 de abril de 2021, la jueza de Garantías Elisa Zilli hizo lugar al pedido de la querella y convirtió la acción pública en privada. Es decir, accedió a que los querellantes puedan llevar a los policías a juicio, sin fiscales de por medio. La decisión fue apelada por los defensores y la Fiscalía, pero el 28 de mayo el juez de Juicio, José María Chemez, confirmó la resolución. El 22 de diciembre de ese año hizo lo propio la Cámara de Casación Penal de Paraná. El falló quedó firme ya que la Fiscalía y los defensores decidieron no recurrir más. En esta última resolución, el Tribunal revisor explicó: “En nuestra provincia, se reconoce el derecho a convertir la acción penal pública en privada en los supuestos contemplados en el art. 210, es decir ante la ´desestimación y archivo´, y en el art. 400, que establece que la Querella podrá oponerse al sobreseimiento o al archivo de las actuaciones desde la apertura de la causa, solicitando la continuación de la investigación en soledad o formulando directamente la acusación”.

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