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Diamante » Neonetmusic
Fecha: 05/04/2025 06:13
En un fallo sin precedentes, el Juzgado Civil N° 106 dispuso la suspensión por 30 días de todas las cuentas en redes sociales de Wanda Nara (Instagram, Facebook y TikTok) tras reiteradas violaciones a resoluciones judiciales. La medida cautelar responde al incumplimiento sistemático de la conductora respecto a la protección de la intimidad de sus hijas y a su reciente falta injustificada a un encuentro terapéutico clave para la revinculación paterno-filial. El conflicto judicial se agravó cuando Mauro Icardi, padre de las menores, denunció la constante exposición de sus hijas en las plataformas digitales de Nara, pese a que él mantiene estricto cumplimiento de la prohibición de mostrar a las niñas en sus redes. La resolución judicial destaca que la conducta de la mediática vulnera derechos fundamentales de las menores protegidos por la Convención de los Derechos del Niño y la ley 26.061. Sorprendentemente, horas después del fallo, Wanda continuó publicando contenido personal en Instagram -donde supera los 17 millones de seguidores- compartiendo imágenes de su rutina matutina, desde el desayuno hasta su atuendo deportivo. Esta actitud desafiante ante la Justicia podría acarrear nuevas sanciones y profundizar las consecuencias legales del caso. El Ministerio Público Tutelar y la Defensoría Pública de Menores habían alertado sobre los efectos negativos que la sobreexposición mediática genera en el desarrollo emocional de las niñas. Psicólogos infantiles consultados coinciden en que esta medida judicial busca proteger el interés superior de las menores, frenando la comercialización de su imagen y vida privada. Este fallo marca un precedente en la regulación del uso de redes sociales por parte de figuras públicas con hijos menores, equilibrando el derecho a la comunicación con la protección de la infancia. Mientras las plataformas digitales proceden al bloqueo temporal ordenado, el caso reabre el debate sobre los límites éticos del “sharenting” (compartir imágenes de hijos en redes) cuando se convierte en una forma de explotación comercial de la intimidad familiar. Noticia vista: 235
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