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Concordia » Diario Junio
Fecha: 03/04/2025 16:45
Entre los fundamentos del proyecto se destaca que la ley aprobada delimita su aplicación a la comisión de delitos que involucren tipos penales específicos, como tráfico ilícito de estupefacientes, lavado de activos, homicidios, lesiones, pornografía infantil, privación ilegítima de la libertad, secuestro, coacción, amenazas, extorsión, trata de personas, tráfico de órganos, intimidación pública, incendios, estragos y tenencia ilegal de armas y/o explosivos, y que estén verosímilmente relacionados con los objetivos de una organización criminal. Dada la gravedad de esos delitos, se contempla una pena más alta, de 8 a 20 años de prisión o reclusión, “por la mera pertenencia a la asociación”. En ese sentido, argumenta que la provincia “no es ajena a la problemática de las asociaciones ilícitas criminales dedicadas a múltiples delitos como el narcotráfico”, por lo cual se torna necesaria la adhesión a la ley nacional En el mismo contexto, Laner hace un repaso de las disposiciones de la norma nacional y destaca que fue “sancionada recientemente por el Congreso Nacional en el marco de la lucha contra las organizaciones criminales”. Señala que la ley “tiene por objeto brindar al Estado herramientas útiles en materia de investigación y sanción de las organizaciones criminales, entendiéndose por tales a los grupos de tres (3) o más personas que durante cierto tiempo, en áreas geográficas determinadas y bajo ciertas modalidades operativas, actúan concertadamente con el propósito de cometer delitos especialmente graves”. Apunta también que se delimita su aplicación a la comisión de delitos que involucren tipos penales específicos, entre ellos tráfico ilícito de estupefacientes, lavado de activos, homicidios, lesiones, pornografía infantil, privación ilegítima de la libertad, secuestro, coacción, amenazas, extorsión, trata de personas, tráfico de órganos, intimidación pública, incendios, estragos y tenencia ilegal de armas y/o explosivos. A la vez, destaca que “dada la gravedad de esos delitos, se contempla una pena más alta –de 8 a 20 años de prisión o reclusión– por la mera pertenencia a la asociación” Entiende que el concepto de Zona Sujeta a Investigación Especial, que tiene el objeto de establecer mecanismos de actuación ágiles para los diversos poderes del Estado, “posibilitará una respuesta más rápida y efectiva en el marco de la actuación operativa y de investigación, de conformidad con la modalidad que adquiere el crimen organizado en nuestro país”. En lo respecta a la competencia provincial, la diputada destaca el Capítulo II Zona sujeta a investigación especial y particularmente el artículo 10, que establece el decomiso anticipado de los bienes desapoderados. https://www.hcder.gov.ar/archivosDownload/textos/E28059-26032025-o.pdf
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