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» Comercio y Justicia
Fecha: 01/04/2025 03:43
La Cámara 7ª en lo Civil y Comercial de Córdoba, integrada por los jueces Rubén Atilio Remigio y Jorge Miguel Flores, condenó por daño punitivo a Banco Macro SA en el marco de una demanda por fraude bancario iniciada por M. E. C., una jubilada cordobesa que fue víctima de una maniobra de phishing. Los magistrados consideraron que la negligencia del banco, al no implementar medidas de seguridad adecuadas que impidieran el acceso no autorizado a las cuentas de la actora, ameritaba no solo una reparación por los daños sufridos, sino también la imposición de una sanción ejemplificadora. En este sentido, la cámara destacó la responsabilidad objetiva del proveedor conforme a la Ley de Defensa del Consumidor, norma que impone a las entidades financieras la obligación de garantizar no solo un servicio diligente, sino también seguro. La ausencia de mecanismos de protección eficaces y la actitud pasiva del banco frente al reclamo del cliente fueron consideradas conductas graves que justificaron el reconocimiento del daño punitivo. La decisión se dio tras una apelación de la actora contra la sentencia de primera instancia que, si bien había condenado al banco a devolver los US$ 657,15 sustraídos y a pagar $120.000 en concepto de daño moral, rechazó la aplicación del daño punitivo por considerar que no se configuraban los requisitos legales. Disconformidad
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