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  • Batalla judicial con desalojo pacífico en el predio del Gaucho Gil

    » El litoral Corrientes

    Fecha: 23/03/2025 07:59

    Una usurpación en el predio del Gauchito Gil, en Mercedes, que se interpuso en el proceso de remodelación integral alcanzó las más altas instancias en los tribunales de la Provincia y se terminó anoche luego de que este fin de semana venciera un plazo clave. El Poder Judicial dio a conocer que rechazó la impugnación de un grupo de personas que mantenía ocupadas diversas áreas del sitio donde el Gobierno invierte una suma cercana a los 1000 millones de pesos para mejorar la experiencia de los fieles que visitan el santuario ubicado en la Ruta Nacional 123 a la altura de Mercedes. La familia usurpadora se retiró del lugar de manera pacífica y efectivos policiales, desde unos 10 días, controlaron que solo se vayan con los elementos que les pertenecía. En total son seis los imputados por la ocupación cuestionada en la Justicia y afirmaron que tenían el objetivo de “cuidar” el lugar. El lugar en conflicto quedó vacío durante la jornada del sábado, unos días después que la familia fuera notificada de la decisión judicial. El inspector Javier Montiel supervisó el retiro de las personas del lugar y también actuó el GTO de Curuzú Cuatiá. El Poder Ejecutivo se puso al frente de la acción para liberar el espacio de veneración, incluso, con la participación del Fiscal de Estado, Horacio Ortega, en una audiencia en la que se determinó que estaba cumplido el plazo de 10 días dispuesto para que los moradores se retiren, algo que ocurrió este sábado. El Poder Judicial de Corrientes dio a conocer este sábado que rechazaron la impugnación en el caso de usurpación del inmueble del Complejo Recreativo-Religioso de la Cruz Gil, ubicado a la vera de la RN 123 en cercanías a la ciudad de Mercedes. El Tribunal de Revisión de Mercedes, se abocó al tratamiento de la impugnación impetrada por el doctor Pablo Andrés Fleitas, en su carácter de defensor, contra la Resolución de Medida Cautelar que fuera dictada por la Juez de Garantías de Mercedes. A este tenor, el Tribunal expuso la resolución que dictaminó la impugnación en el entendimiento que se trata de una cuestión urgente por las razones de interés público respecto al uso del predio, conforme la ley de utilidad pública del mismo –Ley N° 6628-. De esta manera, rechazó categóricamente los agravios expuestos por la defensa de los seis imputados, ejercida por el doctor Fleitas, que propugnó la impugnación sosteniendo que la cuestión no constituía urgencia, en razón de la multiplicidad de causas contenciosas que se encuentran en trámite y aún sin resolución y que, según sus dichos, definirían la posesión del inmueble. En tal sentido, el Tribunal agregó que esa circunstancia no tiene influencia en el dictado de la medida, pues en este caso particular, en el que se investiga un presunto hecho de usurpación, la desocupación ordenada por la Juez, resulta necesaria para los extremos que fueran expuestos por el acusador público. También añadió que los ocupantes, a los que la magistrada otorgó el plazo de diez días para desocupar el inmueble, sólo buscan retrasar tal acto argumentando falazmente su intención de “cuidar” el mismo. En consecuencia este fin de semana vence el plazo de diez días que le fuera otorgado a los imputados para la desocupación voluntaria del predio de la Cruz Gil; dejando la posibilidad, en caso de que no se cumpliera, de su desocupación por la fuerza pública a cargo del Ministerio Público Fiscal.

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