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  • Licencia de conducir: la Justicia insiste en una prohibición – Entre Ríos Ahora

    Concordia » Entre Rios Ahora

    Fecha: 13/03/2025 23:40

    La Cámara en lo Contencioso Administrativo Nº 1 de la ciudad de Paraná ordenó nuevamente al Centro Emisor de Licencias de Conducir, dependiente de la Municipalidad de Paraná y de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), a tramitar la renovación de una habilitación para conducir requerida por una ciudadana paranaense sin exigir el pago previo de multas impuestas en extraña jurisdicción. En esta ocasión el Tribunal tuvo por denunciado el Convenio de Cooperación Interjurisdiccional para el Cobro de Infracciones al Tránsito que efectuó el municipio local, el cual lo obligaba a exigir el pago de las sanciones pecuniarias que informaba la ANSV. En fallos anteriores, la Cámara en lo Contencioso Administrativo Nº 1 de Paraná consideró que el cobro compulsivo de multas violaba la garantía del debido proceso de los solicitantes de licencias de conducir o sus renovaciones, debiendo la jurisdicción que se consideraba acreedora concurrir al cobro de tales sanciones por la vía judicial. Las sentencias fueron dictadas en las carátulas: “Batut, Bernabé Agustín c/ Municipalidad de Paraná s/Incidente de suspensión de la ejecución de decisión administrativa”, Expte. N° 2309, del 5 de diciembre de 2024; “Avero, Sergio Gustavo c/Municipalidad de Villa Urquiza y otros/Incidente de suspensión de la ejecución de medida administrativa”, Expte. N°2291, del 10 de diciembre de 2024; y “Ocampo, Patricia Roxana c/Municipalidad de Paraná s/Incidente de suspensión de la ejecución de decisión administrativa”, Expte. N° 2318, del 11 de febrero de 2025. En esa línea interpretativa se expidió con anterioridad la Cámara en lo Contencioso Administrativo N°2 de la ciudad de Concepción del Uruguay, en autos “Silva, Diego Nicolás c/Municipalidad de Concepción del Uruguay s/Contencioso administrativo”, Expte. N°1896/CU. Esta sentencia fue recientemente confirmada por el Superior Tribunal de Justicia (STJ), mediante fallo del 20 de diciembre de 2024, reafirmándose de esta manera las consideraciones elaboradas por ambas Cámaras en torno a la temática. En enero último, la Municipalidad de Paraná dispuso derogar un decreto que obligaba al pago de infracciones de tránsito nacionales como requisito previo antes de otorgar la renovación de la licencia de conducir. La administración de la intendenta Rosario Romero derogó un decreto 1996 por el cual se obligaba al pago de infracciones de tránsito nacionales. Se trata del Convenio de Cooperación Interjurisdiccional con la Agencia Nacional de Seguridad Vial, celebrado en el año 2014. Se estima que comenzará a implementarse en 90 días, cuando dicho organismo acepte la rescisión del convenio. En los fundamentos de la resolución, se señala que el acuerdo “no resulta conveniente a los intereses del Estado municipal, toda vez que deviene en oneroso para el ciudadano o ciudadana que desee tramitar la Licencia Nacional de Conducir tener que consultar, con carácter previo a tramitar la misma al Cenat (Certificado Nacional de Antecedentes de Tránsito) y más aún, abonar en caso de existir infracciones cometidas en extraña jurisdicción” De la Redacción de Entre Ríos Ahora

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