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» La Capital
Fecha: 11/03/2025 01:30
Al cabo de una tensa jornada cambiaria y financiera, el presidente rubricó la iniciativa, contrariando la potestad del Congreso en este tema. Desesperada negociación por los dólares El presidente Javier firmó el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que habilita al gobierno nacional a negociar con el Fondo Monetario Internacional y será publicado en el Boletín Oficial este martes. De esta manera, entra en el tramo final la gestión del nuevo acuerdo. “Se dictará y remitirá al Congreso Nacional un Decreto de Necesidad y Urgencia para obtener su apoyo en el acuerdo con el Fondo Monetario Internacional”, había anunciado el gobierno en un comunicado difundido el jueves pasado. Al aporte del Fondo se sumarian aproximadamente USD 6.000 millones del Banco Mundial y USD 4.000 millones del BID. El total sumaría cerca de USD 20.000 millones. La firma del DNU se produce al cabo de otro día de altísima tensión en los mercados ya que a la crisis local se le sumó un derrumbe en Wall Street por el fantasma de la recesión en Estados Unidos. La decisión de Milei contraría la ley Guzmán, que obliga a discutir en el Congreso el acuerdo con el FMI. Diputados nacionales de Unión por la Patria (UP) presentaron una denuncia penal contra el presidente Javier Milei contra el acuerdo con el Fondo Monetario Internacional (FMI) a través de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU). El escrito lleva las firmas de los legisladores Juan Marino, Hugo Yasky, Daniel Gollán, Julio César Pereyra, Sabrina Selva, Victoria Tolosa Paz y Brenda Vargas Matyi, con el patrocinio del Dr. Eduardo Barcesat. En la presentación, los denunciantes consideran que el DNU de Milei viola los artículos 75 (incisos 4°, 7° y 22°) y 76 de la Constitución Nacional, que establecen que cualquier endeudamiento con organismos internacionales debe ser aprobado por el Congreso. A la par, se advierte que el gobierno estaría usurpando funciones exclusivas del Poder Legislativo y que el DNU constituye un acto de abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público, conforme a los artículos 248 y 249 del Código Penal.
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