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  • ¿Con cuánto dinero en efectivo se puede salir de Argentina sin declarar?

    Nogoya » Nogoyatimes

    Fecha: 11/03/2025 00:24

    La medida se formalizó a través de la Resolución General 5659/2025, publicada en el Boletín Oficial el 10 de marzo de 2025, y reemplaza las resoluciones previas N° 2.704 y 2.705. El objetivo es alinear la legislación nacional con las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) para combatir el lavado de dinero, el financiamiento del terrorismo y la proliferación de armas de destrucción masiva. Límites y requisitos para ingresar dinero a Argentina Las personas que ingresen al país con dinero en efectivo; instrumentos negociables al portador (en moneda nacional o extranjera) y/o metales preciosos amonedados deben saber que: si el valor total es igual o superior a 10.000 dólares, deberán declararlo obligatoriamente ante el servicio aduanero mediante el formulario OM 2249-A. Para calcular este monto, se tomará el tipo de cambio comprador del Banco de la Nación Argentina del día hábil anterior al ingreso. Límites y requisitos para salir de Argentina Los viajeros podrán salir del país con dinero en efectivo en moneda extranjera, instrumentos negociables al portador en moneda extranjera y/o metales preciosos siempre que el monto total sea inferior a 10.000 dólares. Si el monto es igual o superior a 10.000 dólares, el egreso de moneda extranjera e instrumentos negociables en moneda extranjera solo podrá realizarse a través de entidades autorizadas por la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias. En el caso de moneda nacional e instrumentos negociables en pesos argentinos, cuando el monto sea igual o superior a 10.000 dólares, será obligatorio declararlo ante el servicio aduanero mediante el formulario OM 2250-B. Reglas según la edad del viajero Mayores de 16 años o emancipados: aplican los montos y requisitos mencionados. Menores de 16 años no emancipados: los límites se reducen al 50%. Definición de “instrumento negociable al portador” Se consideran cheques de viajero, cheques, pagarés y otros medios de pago con la misma función. Sanciones por incumplimiento El servicio aduanero registrará la información declarada en el Sistema Ingreso y Egreso de Valores y la enviará a la Unidad de Información Financiera (UIF). El incumplimiento de la declaración obligatoria puede generar sanciones y medidas cautelares según el Código Aduanero. Excepción para viajeros en tránsito Las restricciones no aplican a viajeros en tránsito que hayan declarado previamente las divisas al ingresar al país mediante el formulario OM 2249-A, consignando la palabra “Tránsito”. La ARCA informará a la UIF cualquier movimiento sospechoso que pueda estar vinculado al lavado de activos o financiamiento del terrorismo. (NA) Escuchá La 100 #Nogoyá en vivo Seguinos en Facebook Seguinos en Twitter Nogoyá Radios es una Agencia de Medios que cuenta con espacios publicitarios adecuados para la difusión de su Empresa, Profesión y/o Servicios.#Nogoyá Radios 3435-429289 / 3435-616203 contacto@nogoyaradios.com

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