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» Diario Cordoba
Fecha: 10/03/2025 09:59
Los magistrados del Supremo Vicente Magro, Eduardo de Porres y Susana Polo serán quienes pronunciarán la última palabra en el alto tribunal sobre la aplicación de la amnistía al delito de malversación por el que se condenó a los líderes del 'procés' y se procesó en rebeldía al expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y los 'exconsellers' Toni Comín y Lluís Puig. Su primera decisión pasará por determinar si el alto tribunal sigue siendo competente para pronunciarse, una vez que Gonzalo Boye, abogado de los dos primeros, ha reclamado que se envíe el asunto al Tribunal Superior de Justicia de la Catalunya (TSJC), al ser Puigdemont y Puig diputados del Parlament y no haberse reconocido a Comín la condición de eurodiputado, por no haber jurado la Constitución. Aunque enfrente se sentaron la teniente fiscal del Tribunal Supremo, Ángeles Sánchez Conde, la abogada del Estado y la acusación que ejerce Vox, cuya abogada, Marta Castro, defendió que no se aplique la amnistía a la malversación. El mismo día en que se ha sabido que Anticorrupción investiga al partido de Santiago Abascal por si hubiera cometido una financiación ilegal, la letrada ha comparado por primera vez la malversación del 1-O con este delito. "¿Cómo podemos desvincular estos hechos de una posible financiación ilegal de los partidos que han impulsado estos fines ilícitos?", se preguntó Castro durante su exposición, lo que hizo que Boye, al terminar la vista le llamara la atención por el día que había elegido para introducir un nuevo delito. Boye, en nombre de Puigdemont y de Comín, dedicó buena parte de su intervención a argumentar que debe ser el TSJC el juez competente para pronunciarse sobre la aplicación de la amnistía y para asegurar que "en ocho años" que se ha prolongado el procedimiento nunca se ha alegado la afectación de los intereses de la Unión Europea como consideraba el juez instructor, Pablo Llarena, en el auto en el que rechazó la aplicación de la amnistía a la malversación. Jaume Alonso-Cuevillas, en nombre del que era 'conseller' de Cultura Lluís Puig, apeló directamente a los tres magistrados. "Los libros de historia explicarán que hubo un conflicto territorial entre España y parte de su territorio y hubo una voluntad política de tratar de normalizar la situación y se dictó está ley que se acabará aplicando; y se dirá que un grupo de magistrados intentaron torpedear la aplicación de la ley. En vuestras manos está cómo queréis que se os recuerde", afirmó. Tanto Llarena como el tribunal que juzgó el 'procés' consideraron que el delito de malversación de caudales públicos entraba dentro de las excepciones previstas por la propia ley de amnistía, al suponer una forma de enriquecimiento personal, expresamente vetada por la norma. Solo una de las juezas que participó en el juicio, Ana Ferrer, se mostró favorable de aplicar la amnistía, al considerar que esa era la intención de la ley salida de las Cortes. La abogada de Vox, Marta Castro, afirmó que la Sala tiene que decidir "si la desviación de fondos públicos con fines políticos es malversación" y metió en el mismo saco la desobediencia, que es el único delito por el que finalmente se procesó a la líder de ERC Marta Rovira, cuando se derogó la sedición. En su opinión, la "propia ley en su conjunto, en su espíritu, vulnera el principio de seguridad jurídica, de legalidad, de previsibilidad y la igualdad ante la ley con efectos retroactivos", como considera que han entendido tanto el Supremo como el TSJC al elevar al Constitucional varias cuestiones de inconstitucionalidad. También recordó que el Tribunal de Cuentas acudió directamente al Tribunal de Justicia de la Unión Europea por entender afectados los intereses europeos y se preguntó cómo la Fiscalía iba a explicar el dejar de perseguir lo que considera una forma de "financiación ilegal", para no cambiar lo que ocurrió y declaró probado la sentencia del 'procés'. "Artificiosa construcción" No tuvo que esperar mucho para salir de dudas. La teniente fiscal del Supremo sin levantar la voz se mostró muy dura con los magistrados del Supremo: calificó de "invento el enriquecimiento personal" alegado para no aplicar la amnistía y de "sorprendente" que se considere ahora beneficio patrimonial lo destinado al referéndum ilegal, cuando "nadie nunca tuvo por acreditado que la actuación fuera para ejercer un beneficio patrimonial". Sostuvo que "no puede ser considerado con seriedad" que ahora se entienda una forma de enriquecimiento patrimonial para negarles la aplicación de la amnistía, cuando su beneficio personal nunca fue "el fin de los autores", y por su actuación "iban a sufrir una extensa pena privativa de libertad, a ser despojados de sus medios de vida y acabar arruinados". La representante del ministerio público añadió que el que la consulta fuera organizada "desde los órganos políticos y financiado con fondos públicos era condición necesaria para que gozara de legitimidad". Pero que "cualquier persona que sepa leer las normas y conozca los hechos de esta causa" debe entender que la ley de amnistía debe ser aplicada a la malversación. Por su parte, el abogado Iñigo Iruin, defensor de Marta Rovira, se opuso al recurso que interpuso Vox contra el auto de Llarena y recordó que la ley de amnistía incluye "incuestionablemente" la desobediencia que es el único delito por el que, tras la derogación de la sedición, está procesada en rebeldía. El magistrado instructor en su caso entendió que no había duda de su inclusión en la ley, aunque iniciaba los trámites para acudir al TC, lo que finalmente solo hizo con el delito de atentado contra la autoridad, puesto que lo que ahí se decida afectará a toda la norma. La decisión ahora revisada por el Supremo en apelación coincide con la adoptada por el tribunal que juzgó al presidente de ERC, Oriol Junqueras, y el resto de líderes independentistas por el 1-O condenados por el delito de malversación, a los que no se aplicó la amnistía: el propio Junqueras, Jordi Turull, Raül Romeva y Dolors Bassa, cuyos recursos de amparo ya han sido admitidos a trámite por el Constitucional, que será quien hará el último pronunciamiento en España sobre la amnistía. Al Constitucional Que la Sala de lo Penal se pronuncie resulta imprescindible para que Puigdemont, Comín y Puig puedan acudir al Tribunal Constitucional, que resolverá lo antes posible el recurso del PP presentado contra la amnistía, al entender que en él se encuentran todos los motivos de impugnación de la ley posibles. Aunque de hacer caso a la principal alegación de su abogado, el amparo aún tardará, porque antes tendría que pronunciarse el TSJ. Con su resolución sobre el recurso del PP la corte de garantías marcará el camino que seguirá a la hora de resolver el resto de impugnaciones que tiene entre manos: los recursos de inconstitucionalidad interpuestos por las comunidades que gobierna el partido de Alberto Núñez Feijóo y Castilla-La Mancha, las cuestiones de inconstitucionalidad presentadas por el Supremo, la Audiencia de Madrid y el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya y los amparos de los condenados y procesados. El Tribunal Supremo se reserva la baza de acudir al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, a través de una cuestión prejudicial, si el TC no le da la razón. En su opinión, aparte de no respetar la carta magna española también afectó a los intereses de la Unión por los segundos de desconexión que ve ahora que se produjeron en octubre de 2017.
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