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  • Qué provincias multan a quienes manejan en ojotas, tomando mate o fumando

    Chajari » Noticias Chajari

    Fecha: 09/03/2025 01:40

    Son infracciones penadas por dos provincias, aunque no estén incluidas en la Ley Nacional de Tránsito. Los turistas que atraviesan la región no saben que existen por lo que deben tenerlo en cuenta. Los viajeros que pasen por las rutas de Córdoba y Mendoza deben cuidarse no sólo de empuñar el celular mientras manejan, sino de tomar mate, fumar o andar en ojotas, también pasibles de recibir multa. La prohibición de tomar mate mientras se conduce depende de cada provincia, ya que no hay una legislación clara a nivel nacional. Son regulaciones de las cuales los turistas, especialmente durante la temporada de verano, no están enterados mientras circulan por la región. Factor de distracción La Agencia Nacional de Seguridad Vial consideró que el acto de tomar mate es uno de los principales factores de distracción al volante, pero no se incorporó nada al respecto en las leyes de tránsito. La ANSV lo fundamenta en que un auto que circule a 100 kilómetros por hora puede recorrer 28 metros en un segundo, lo que implica que cebar un mate durante cuatro segundos es equivalente a conducir una cuadra con los ojos cerrados. Otro argumento en contra del mate es que la bombilla puede convertirse en un objeto cortante en caso de una maniobra brusca o un accidente. Y que el mate y el termo podrían actuar como proyectiles contundentes en un impacto, aumentando el riesgo de lesiones. Sin embargo, la Ley Nacional de Tránsito no prohíbe fumar, comer o beber mientras se conduce, siempre que se mantengan ambas manos en el volante. Sí, en cambio, establece en su apartado “Reglas Generales de Conducción”, que “todo conductor utilizará las dos manos para el manejo del volante de dirección de su vehículo”, por lo tanto, soltar una mano del volante para tomar mate está considerado como una infracción a la norma. Caminera cordobesa Los montos de las multas de la Policía Caminera subieron por segunda vez en el año debido al reciente incremento del precio de la nafta en Córdoba, según publicó el Gobierno provincial en el Boletín Oficial. La Ley de Tránsito 8.560 establece la utilización de Unidades Fijas (UF), que equivalen al menor precio de venta al público correspondiente a un litro de nafta súper. Por infracciones leves, los conductores afrontan sanciones que van de 20 a 100 UF (pérdida de 0 a 2 puntos). Desde ahora se van a $ 25.300 a $ 126.500. Ejemplo: conducir fumando. Infracciones graves. El parámetro va de 100 y 200 UF (pérdida de 2 a 5 puntos), costarán entre $ 126.500 a $ 253.000. Ejemplos: no llevar las luces encendidas. Muy graves. Equivalen de 200 a 400 UF (pérdida de 5 a 20 puntos) y llegan a los $ 506.000. Casos: cruzar semáforos en rojo; conducir a contramano o exceder el límite de velocidad. Máximas. Las sanciones máximas son las que se ubican entre 1.200 y 2.000 UF. Los precios escalan de $ 1.518.000 a $ 2.530.000. Fuente: Noticias Argentinas

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