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» Comercio y Justicia
Fecha: 06/03/2025 02:44
A través del decreto 149/2025, el Gobierno nacional estableció que las empresas ya no estarán obligadas a realizar aportes económicos a cámaras empresariales. Según el texto oficial, la medida apunta a modificar una situación que carece de fundamento normativo. Hasta ahora, varios convenios colectivos incluían cláusulas que imponían contribuciones obligatorias a favor de las cámaras empresariales firmantes. Incluso, se les exigían a empleadores no afiliados ni asociados a las entidades. El decreto indicó que la práctica no tiene sustento legal y que, por lo tanto, las cámaras no pueden exigir pagos compulsivos a quienes no son parte de sus estructuras. “Las Convenciones Colectivas de Trabajo no podrán imponer aportes, contribuciones o cualquier otro tipo de carga económica en beneficio de las cámaras, asociaciones o agrupaciones de empleadores a cargo de no asociados o afiliados a dichas entidades, salvo que dichas cargas resultaren aceptadas voluntariamente por estos últimos”, reza la manda. Entre los sectores más afectados por el esquema figura el comercio, donde se estima que los aportes obligatorios representan unos $6.000 millones mensuales, destinados teóricamente a actividades de capacitación. A partir de la entrada en vigencia del decreto, estos pagos solo podrán realizarse de manera voluntaria Además, el Gobierno anunció que no homologará nuevas negociaciones colectivas que incluyan este tipo de cláusulas, lo que implica un cambio en el criterio de interpretación de la ley de convenciones colectivas. Según el Ejecutivo, la reinterpretación busca alinearse con el principio de libertad de asociación, al entender que las cámaras solo representan a sus afiliados y no pueden extender su poder de recaudación a firmas que eligen no formar parte de ellas. La eliminación de aportes obligatorios fue impulsada por entidades gremiales de pymes que denunciaban el cobro compulsivo como un mecanismo arbitrario e injustificado. Uno de los ejemplos más claros de este tipo de contribuciones obligatorias es el aporte al Instituto Argentino de Capacitación para el Comercio (INACAP), contemplado en el convenio colectivo de comercio, el sector con mayor cantidad de trabajadores registrados en el país. El INACAP es financiado por un aporte mensual obligatorio de los empleadores, equivalente al 0,50% del salario inicial de un trabajador encuadrado en la categoría Maestranza “A”. En marzo, este aporte asciende a $4.725,02 por cada empleado y se ajusta automáticamente cada vez que se actualiza la paritaria de comercio. El monto lo paga el empleador y no se descuenta del sueldo del trabajador. Actualmente, el sistema cubre a 1,2 millones de trabajadores registrados bajo el convenio de comercio, generando un flujo de recursos estimado en $5.600 millones por mes y cerca de $70.000 millones al año. Este es uno de los aportes que, con la publicación del decreto, dejaría de ser obligatorio. Una de las principales críticas al esquema vigente es la falta de transparencia en la administración de esos fondos. El INACAP es gestionado por entidades gremiales empresarias como la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), que distribuye parte de los recursos entre cámaras sectoriales y regionales. Según el Gobierno no hay una rendición de cuentas pública que permita conocer en detalle el destino de los fondos o la efectividad de los programas de capacitación financiados. En un contexto donde el costo laboral y las cargas tributarias son señaladas como obstáculos para la competitividad, la eliminación de los aportes podría aliviar la estructura de costos, en particular para los pequeños comercios y emprendimientos. La medida se alinea con la política general de desregulación impulsada por el Gobierno, que busca reducir la intervención estatal y eliminar barreras que, según la visión oficial, distorsionan la libertad de empresa y la competencia.
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