02/03/2025 18:13
02/03/2025 18:13
02/03/2025 18:12
02/03/2025 18:11
02/03/2025 18:11
02/03/2025 18:10
02/03/2025 18:10
02/03/2025 18:10
02/03/2025 18:10
02/03/2025 18:10
Buenos Aires » Infobae
Fecha: 01/03/2025 16:31
El ex juez Raúl Reynoso El titular del Juzgado Federal N.º 1 de Salta, Leonardo Bavio, procesó al ex juez Raúl Reynoso y al fiscal federal José Luis Bruno por haber, presuntamente, favorecido a imputados por narcotráfico. Aunque no recibirán prisión preventiva, Bavio ordenó embargos para ambos: $5 millones en el caso de Reynoso y, $2 millones para el funcionario del Ministerio Público. El de Reynoso no es un hecho aislado. En 2017, el ex magistrado ya había sido condenado a 13 años de prisión por recibir coimas a cambio de fallos favorables, mientras que, en 2024, había recibido la pena a cinco años por el delito de cohecho pasivo, en concurso real con falsedad ideológica de documento público y concusión. Con este nuevo procesamiento, la investigación sigue revelando la magnitud de la corrupción en el sistema judicial del norte del país. La nueva causa contra Reynoso se originó en 2011, a raíz de un informe de Gendarmería que advertía sobre la existencia de una organización que operaba en Orán y Salvador Mazza, dedicada a acondicionar cocaína que ingresaba desde Bolivia en vehículos para su traslado a Salta capital, Córdoba, Buenos Aires y Rosario. En ese marco, realizaron un operativo en el que detuvieron a Federico Gerardo Rojas, en Jujuy, tras el hallazgo de 70 paquetes de cocaína escondidos en el panel de un auto. El entonces juez Raúl Reynoso en el momento de ser detenido Luego se detuvo a otros miembros de la banda y todos fueron imputados por los delitos de transporte de estupefacientes, asociación ilícita, lavado de activos de origen delictivo y contrabando calificado de exportación agravado. En el caso de Rojas, como partícipe necesario. Fue considerado como “el puntero” del cargamento, es decir, quien abría camino al vehículo con la droga. Sin embargo, más adelante, en 2012, y pese a las pruebas en su contra, Reynoso le bajó la calificación a Rojas -quien además contaba con antecedentes- y lo dejó en libertad, sin medidas restrictivas. La fiscalía, representada por Bruno, nunca discutió esta decisión. Al año siguiente, Reynoso sobreseyó a otros tres detenidos. El fiscal tampoco apeló. Luego la causa entró en un largo letargo judicial hasta 2015, cuando la Porcunar, a cargo de Diego Iglesias, solicitó digitalizarla. No se dio curso a esa petición. En 2018, un nuevo juez tomó la causa: Gustavo Montoya, quien ordenó medidas pendientes que revelaron la cantidad de evidencia que existía contra Rojas y el resto del grupo. Recién en 2023, tras un oficio presentado por titular de la Procunar NOA, Eduardo Villalba, y la intervención del fiscal Carlos Amad, se reactivó el expediente. El 20 de septiembre de ese año, Bruno requirió la elevación a juicio. En el caso de Rojas, pidió que sea juzgado como partícipe secundario -y no necesario- del transporte de estupefaciente agravado y miembro de una asociación ilícita, tal como lo había pactado Reynoso. En 2024, la sala II de la Cámara Federal de Salta, revocó esta decisión y dispuso que fiscal emitiera un nuevo requerimiento de elevación de la causa a juicio. Con estas acciones, Villalba e Iglesias consideraron que Reynoso y Bruno cometieron prevaricato en sus funciones y los acusaron. El ex juez se defendió y dijo que nunca se había puesto de acuerdo con el fiscal para favorecer a la organización. Argumentó, en el mismo sentido, que en los años 2010 y 2011, el Juzgado de Orán tenía más de diez mil causas en trámite. Explicó, además, que cuando decidió excarcelaciones de oficio era por las decenas de hábeas corpus que le presentaban, que no había cárcel federal en el norte y nunca había cupo, que entraban de 60 a 80 detenidos por semana; que tampoco había disponibilidad de alojamiento de dependencias de Gendarmería. Admitió que pueden cuestionarse algunas decisiones que tomó, pero que nunca lo hizo con dolo. Mencionó que el análisis del proceso se hace a distancia y luego del transcurso de años. Bruno, por su parte, negó haber favorecido al imputado con la calificación. Sin embargo, Bavio se inclinó por la hipótesis de Iglesias, Villalba y Amad y procesó a los funcionarios judiciales. “Los argumentos dados por el ex juez Reynoso no justifican debidamente las reglas de la participación criminal que le acordó a Rojas, no identificando cuál fue el aporte meramente circunstancial o fungible que realizó en la ejecución del transporte y no excluyendo su carácter de autor o cómplice primario a pesar de la prueba en su contra ya existente en autos, con más la que se incorporó con posterioridad al hecho”, escribió en el fallo al que tuvo acceso Infobae. En cuanto a Bruno, dijo: “Produjo un menoscabo deliberado hacia los intereses que estaba obligado a proteger, haciéndole perder al Estado toda posibilidad procesal de cuestionar una resolución por la cual se favorecía a una persona que claramente estaba vinculada con el tráfico de estupefacientes”. Barakat Barakat, el arrepentido sirio clave para la causa En la resolución, Bavio también procesó a Barakat Barakat, un sirio de 49 años que fue condenado, en 2022, por haber el tráfico de 152 kilos de marihuana y la compra de grandes cantidades de precursores químicos. Como fachada, el Barakat junto a su hermano Fadel, se presentaban como empresarios dedicados a la exportación e importación de diferentes productos, entre ellos, el bicarbonato de sodio. Días atrás, René Antonio Arancibia, acusado de organizar y financiar un traslado de 97 kilos de cocaína que fue interceptado por gendarmes, en 2011, reconoció en un juicio abreviado haber pagado una coima de 150 mil dólares a Bruno y a Reynoso para que fallen a su favor. El sirio, en esa operatoria, habría actuado como intermediario. A raíz de la investigación, el 4 de abril de 2024, Barakat Barakat fue indagado por el delito de tráfico de influencias. El sirio admitió que realizó los pagos y hasta contó cómo fue la operatoria. En consecuencia, el juez Bavio lo procesó, con prisión preventiva, como partícipe necesario de cohecho activo.
Ver noticia original