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  • Avanza la causa Vialidad y podría llegar a la Corte Suprema el mes próximo

    Buenos Aires » Infobae

    Fecha: 22/02/2025 04:31

    La ex presidenta, Cristina Fernández de Kirchner, en diciembre pasado El futuro de la causa Vialidad, que involucra a la ex Presidenta y a otras ocho personas, podría dar un paso clave en las próximas semanas. Posiblemente a mediados de marzo, la Sala IV de la Cámara de Casación Penal, presidida por Mariano Borinsky e integrada por los jueces Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña, esté en condiciones de decidir si concede o no los recursos de apelación presentados por los abogados de los condenados y por el fiscal Mario Villar. Ya sea que las acepten o las rechacen, la causa llegaría a la Corte. Esta semana, Casación otorgó un plazo de diez días a las partes del juicio para que se pronuncien sobre la intervención de la Corte Suprema en el expediente. Este tribunal recibió las apelaciones de los ocho acusados y del fiscal contra el fallo de la misma Sala, que en noviembre pasado confirmó, entre otras, la condena impuesta a Cristina Fernández de Kirchner a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos por el delito de defraudación a la Administración Pública, en las 51 obras viales que el empresario Lázaro Báez obtuvo entre 2003 y 2015. El abogado de la ex mandataria, Carlos Beraldi, cuestionó esa resolución y pidió que la Corte dicte su absolución, tal como planteó en el debate realizado por el Tribunal Oral 2 (TOF) porteño en diciembre de 2022. Por su parte, el fiscal Villar también pidió elevar las actuaciones para que el alto tribunal condene a la ex presidenta pero elevando la pena a 12 años de cárcel por el delito de asociación ilícita, descartado en las dos instancias anteriores. Las opciones En caso de hacer lugar a todas o alguna de esas apelaciones, la causa irá a la Corte y quedarán suspendidas las condenas hasta que el alto tribunal se pronuncie. Si Casación las rechaza, de todas formas las partes podrían ir a la Corte a través de lo que se conoce como un recurso de queja. Este recurso podría ser aceptado y el caso vuelto a analizar por la Corte, o rechazado de acuerdo al artículo 280, lo que implica que no revisan las actuaciones y quedan firmes las condenas. Los tres jueces de la Corte Suprema, Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti. En cualquier caso, el tribunal recibirá esta causa de altísimo voltaje político en un año electoral y a la vez con una integración reducida, con apenas tres de los cinco jueces previstos por ley, Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, mientras se demora la incorporación de nuevos integrantes del tribunal. Esto los obliga a adoptar una decisión unánime o, caso contrario, llamar a un conjuez. La opción de rechazar el recurso de queja sin analizarlo (por el art. 280) implica que ya no hay más opciones de apelación y todos los condenados deben cumplir con lo que ordenó la Justicia. El antecedente del caso Boudou Esta última postura es la que adoptó la Corte en el caso que involucró al ex vicepresidente Amado Boudou. Como la causa de Vialidad, la causa Ciccone contaba con el “doble conforme”, es decir, una sentencia de un tribunal oral ratificada por la Cámara de Casación Penal. En 2020, la Corte rechazó directamente el planteo de la defensa del ex vicepresidente sin volver a analizar el caso, y Boudou debió cumplir la condena. Lo hizo amparándose en el artículo 280 del Código Procesal Penal que sostiene que “con la sola invocación de esta norma [la Corte] podrá rechazar el recurso extraordinario”. El fallo fue firmado por los tres jueces que actualmente integran el tribunal, más Juan Carlos Maqueda y Elena Highton de Nolasco, quienes ya están retirados. En el caso Vialidad, el “doble conforme” está dado por las sentencias dictadas por el TOFl 2, integrado por los jueces Andres Basso, Jorge Gorini y Rodríguez Giménez Uriburu, y la sentencia de Casación firmada en noviembre pasado que confirmó todas las condenas. Un caso emblemático La causa Vialidad se centra en la adjudicación irregular de 51 obras viales en la provincia de Santa Cruz entre 2003 y 2015, durante los gobiernos de Néstor y Cristina Kirchner. Según detalló la Cámara de Casación, las empresas vinculadas a Lázaro Báez habrían sido favorecidas mediante un esquema de contratación que desvió fondos públicos. El fallo original, el Tribunal Oral Federal N°2 descartó el delito de asociación ilícita, una figura penal que el fiscal Villar insiste en incluir en las condenas. Según el tribunal, las irregularidades detectadas se limitaban a un único plan delictivo relacionado con la obra pública, lo que no cumplía con los requisitos para configurar una asociación ilícita. Las penas impuestas Además de la ex presidenta, condenada a seis años e inhabilitación perpetua para ejercer cargos púbicos, fueron condenados el empresario Lázaro Báez, el ex secretario de Obras Públicas José López. el ex titular de Dirección Nacional de Vialidad Nelson Periotti, los ex funcionarios del área de Vialidad de Santa Cruz Juan Carlos Villafañe, Raúl Gilberto Pavesi, José Raúl Santibañez, Mauricio Collareda y Raúl Osvaldo Daruich. Y fueron absueltos el ex ministro de Planificación Federal Julio De Vido, el ex subsecretario de Obras Públicas Abel Fatala, el ex funcionario de Vialidad de Santa Cruz Héctor Garro y Carlos Kirchner, ex funcionario de Planificación Federal y primo del fallecido ex presidente. También fue ratificado el embargo de 85 mil millones de pesos. El tribunal señaló que Báez accedió a las licitaciones para las obras públicas de manera irregular: se demostró que se seleccionó una modalidad de contratación específica, convirtiéndose para la provincia de Santa Cruz en regla lo que para las demás fue una excepción. Esto permitió la cartelización de la obra pública en la referida provincia en favor de un grupo de empresas que respondían al aludido Báez. Con el avance del trámite en la Cámara de Casación y la posible intervención de la Corte Suprema, la causa Vialidad se perfila como uno de los procesos judiciales más significativos de los últimos años en Argentina, con consecuencias que podrían extenderse tanto en el ámbito judicial como en el político.

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