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  • Docentes interinos provinciales: ponen en marcha procedimiento de titularización

    » Comercio y Justicia

    Fecha: 13/02/2025 02:30

    La medida alcanza a docentes con situación de revista interina que hubieren ingresado desde el 2 de marzo de 2022, por el término de cuatro años desde la fecha de alta de su designación, y que hubieren cumplimentado el requisito de formación docente. Los días 17 y 18 de febrero de 2025 las escuelas deberán relevar: las horas cátedra vacantes puras, las horas cátedra que quedarán vacantes a la caída de interinos al 28/02/25, la nómina de los docentes con horas institucionales titulares por cambio de plan de estudio o en proceso de reubicación. En tanto, el 18 de febrero ofrecerán a los docentes con horas institucionales las vacantes para reubicación teniendo cuenta la posibilidad de incremento de hasta dos (2) horas cátedra Dirección General de Carrera Docente, Titulación y Certificaciones Resolución N° 2 – Letra:”D” Córdoba, 06 de febrero de 2025 VISTO: La necesidad de arbitrar los medios para acceder a la titularidad, en el marco de lo dispuesto en la Resolución Ministerial N°1597/2022 y su modificatoria N°124/2023, de aquellos agentes que hubieren ingresado desde el dos de marzo de 2022 con situación de revista interina en horas cátedra/cargos en virtud de haber acreditado la formación pedagógica correspondiente que determina el cambio de alcance de su título de base de carácter habilitante a docente. CONSIDERANDO: Que el artículo 1° de la Resolución Ministerial N°1597/2022, y su modificatoria N°124/2023, dispone “la continuidad de los docentes con situación de revista Interina en cargos/horas cátedra que hubieren ingresado desde el inicio del período desde el 2 de marzo de 2022, por el término de cuatro(4) años desde la fecha de alta de su designación, para que cumplimenten con el requisito de formación docente –trayectos pedagógicos– para dar alcance docente a sus títulos de nivel superior con carácter habilitante y en consecuencia alcanzar con ello la titularidad”. Que igual medida se establece en el artículo 2° de la citada resolución en relación a los Maestros de Enseñanza Práctica, los que deberán acreditar el requisito de formación correspondiente, trayecto pedagógico o Profesorado de Educación Secundaria para Maestros de Enseñanza Práctica en concurrencia con el título base. Que, a los fines de favorecer el desarrollo de los procesos de enseñanza y aprendizaje, posibilitar la continuidad laboral de los docentes, valorar el desempeño y la formación alcanzada por los mismos, se hace necesario poner en marcha el procedimiento que les permita alcanzar la titularidad. Por ello, conforme las atribuciones conferidas por Resolución Ministerial N° 834/23 y modif.; LA DIRECTORA GENERAL DE CARRERA DOCENTE, TITULACIÓN Y CERTIFICACIONES RESUELVE Art. 1°- ESTABLECER la implementación del procedimiento para la titularización, en el marco de la Resolución Ministerial N°1597/2022 y modif., de los docentes que con situación de revista Interina que hubieren ingresado desde el 2 de marzo de 2022, por el término de cuatro (4) años desde la fecha de alta de su designación, cumplimentaron con el requisito de formación docente, conforme los Anexos I, II, III que forman parte de la presente Resolución. Art. 2°- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese y archívese. FDO.: SOISA MARÍA CECILIA, DIRECTORA GENERA DE CARRERA DOCENTE, TITULACIÓN Y CERTIFICACIONES N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba N° 31 del 12 de febrero de 2025.

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