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  • Entre Ríos, Argentina

  • Ordenan a un colegio técnico de varones admitir alumnas

    » Comercio y Justicia

    Fecha: 12/02/2025 17:16

    Un grupo de padres presentó recursos de amparo ante la justicia de Chaco para que sus hijas pudieran inscribirse en un colegio técnico que solo admitía varones. El caso se originó en diversas acciones judiciales unificadas, en las que las familias, representadas por la abogada Adriana Gisela De Langhe, solicitaron la modificación del régimen de admisión del Instituto Politécnico Juan XXIII. Argumentaron que la exclusión por género vulneraba derechos fundamentales y pidieron que se garantizara el acceso igualitario a la educación. El colegio, fundado por sacerdotes italianos hace 57 años con el objetivo de formar jóvenes en oficios técnicos, ha mantenido una orientación exclusivamente masculina. Sin embargo, la demanda planteó que esta política resultaba discriminatoria y contraria a los principios constitucionales de igualdad. Durante el proceso, la justicia chaqueña dio intervención a la Fiscalía de Estado, debido a la responsabilidad de control del Ministerio de Educación provincial. Tanto la fiscalía como la institución educativa rechazaron la acción, argumentando que la educación diferenciada tiene beneficios pedagógicos y que el amparo no era la vía adecuada para modificar la política del colegio. No obstante, los jueces Roque Sáenz Peña, integrada por los jueces Rodolfo Gustavo Lineras, Mauricio Fabián Rouvier y Mariana Inés Benítez, resolvieron admitir la acción y ordenaron la inmediata matriculación de las niñas a partir del ciclo lectivo 2025. Además, ordenaron que cesen todas las medidas que impidan su inscripción en igualdad de condiciones con los varones. El tribunal subrayó que la negativa de inscripción constituía un acto de discriminación basado en el género y que la institución no había demostrado que la educación diferenciada tuviera fundamentos pedagógicos suficientes para justificar la exclusión de mujeres. Asimismo, los jueces destacaron que la libertad de enseñanza no puede ser utilizada para restringir el acceso a la educación y que el Estado tiene la obligación de garantizar la equidad en el acceso educativo, incluso en instituciones privadas con aportes estatales. .

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