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  • Entre Ríos, Argentina

  • Confirman despido con causa de supervisor bancario por pérdida de confianza

    » Comercio y Justicia

    Fecha: 11/02/2025 12:47

    La Cámara Federal de Posadas confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda por despido injustificado presentada por J. C. K. contra Nación Servicios SA, resolviendo imponer las costas en ambas instancias a la actora vencida. Los jueces Mario Osvaldo Boldú y Mirta Delia Tyden coincidieron en que el despido con causa de K., basado en la pérdida de confianza, fue debidamente acreditado y no violó las garantías constitucionales invocadas por el demandante. El tribunal consideró que los hechos desleales atribuidos al actor, específicamente la falta de controles adecuados sobre las actividades de su equipo, comprometieron la confianza necesaria para la continuidad de la relación laboral, configurando así una injuria grave en los términos del artículo 242 de la Ley de Contrato de Trabajo. K., quien ocupaba un cargo de supervisión, alegó que no tenía conocimiento de las irregularidades detectadas en la comercialización de los denominados “Paquetes Cuentas Nación Jubilados”, los cuales eran ofrecidos incorrectamente en sucursales del Banco de la Nación Argentina. Sin embargo, el tribunal sostuvo que la prueba documental y testimonial incorporada a la causa, especialmente los correos electrónicos intercambiados entre K. y otros actores involucrados, demostraron que el demandante estaba al tanto de las anomalías desde principios de 2014. Asimismo, se valoraron las declaraciones de otros empleados que señalaron su responsabilidad en la falta de supervisión y en permitir un esquema de ventas que generó beneficios indebidos para el personal de ventas. La apelación de K. se basó en varios agravios. El actor consideró que el juez de primera instancia había incurrido en arbitrariedad al no valorar adecuadamente las pruebas y al fundamentar su decisión en premisas falsas, como la supuesta admisión de los hechos por parte del actor. Argumentó también que la causal del despido fue modificada durante el proceso, violando el principio de inmutabilidad establecido en el artículo 243 de la LCT, ya que inicialmente no se especificaron detalles sobre las irregularidades asociadas al paquete de jubilados. No obstante, los jueces rechazaron este planteo al considerar que la comunicación del despido fue suficientemente clara y que, aunque ciertos detalles fueron precisados posteriormente, el actor tenía pleno conocimiento de los hechos relevantes desde el inicio. Validez

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