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Concordia » Diario Junio
Fecha: 08/02/2025 00:10
El fallo del juez Juan José Baric tiene aplicación exclusiva en La Pampa, sin embargo, en Entre Ríos hay una presentación similar aún pendiente de resolución en la Justicia Contencioso Administrativa. La cautelar fue promovida en noviembre de 2024 por la Fiscalía de Estado, encabezada por Julio Rodríguez Signes, quien busca una decisión similar para la provincia. La situación en Entre Ríos Energía de Entre Ríos SA (ENERSA) había presentado inicialmente una medida cautelar ante el Juzgado Federal de Paraná. Sin embargo, el expediente fue remitido a la Corte Suprema de Justicia de la Nación. En paralelo, la Fiscalía de Estado interpuso una acción ante la Cámara Contencioso Administrativa de Paraná, en busca de suspender la aplicación de la resolución nacional. El expediente, iniciado en noviembre, aún está en trámite bajo la carátula «Estado Provincial c/ Secretaría de Industria y Comercio de la Nación Argentina CA Incidente de Suspensión de la Ejecución de Decisión Administrativa». La postura de ENERSA ENERSA, en un comunicado del 14 de noviembre de 2024, reafirmó que la distribución y comercialización de energía eléctrica en Entre Ríos es una competencia provincial. La empresa remarcó que tanto ella como las 18 cooperativas eléctricas están obligadas a incluir en las facturas la «Contribución Única» y la «Tasa Municipal», según el Contrato de Concesión (Artículo 24) y la Ley 8916 del Marco Regulatorio Eléctrico Provincial (Artículo 74). Según la empresa, la Resolución 267/2024 del Gobierno Nacional contradice la normativa provincial, lo que genera un conflicto de competencias. Los alcances de la Resolución Nº 267 La resolución impide a las prestadoras de servicios incluir en las facturas conceptos ajenos a los mismos. Su incumplimiento conlleva sanciones según la Ley N° 24.240 de Defensa del Consumidor, incluyendo la apertura de sumarios administrativos y la aplicación de multas. Los artículos 4 y 8 bis de dicha ley establecen que los proveedores deben brindar información clara y detallada a los consumidores y garantizar un trato digno y equitativo. Además, la normativa se complementa con resoluciones del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) y del Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas), que refuerzan la prohibición de incluir conceptos no vinculados directamente con el servicio. El fallo de La Pampa abre la posibilidad de que otras provincias obtengan resoluciones similares. En Entre Ríos, la expectativa está puesta en la decisión de la Cámara Contencioso Administrativa y en la eventual intervención de la Corte Suprema. Fuente: Con información de Análisis
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