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Parana » Uno
Fecha: 07/02/2025 15:51
Luego de la aprobación de la ley Bases económica, el Poder Ejecutivo se respalda en el Congreso para implementar su plan de gobierno en otras dos áreas: la reforma electoral y un nuevo régimen de seguridad. Esta misma semana, la Cámara de Diputados le dio media sanción (aún resta la decisión del Senado) a un proyecto que cuenta con el tutelaje de Patricia Bullrich: reiterancia, reincidencia y unificación de penas. La iniciativa oficialista fue acompañada por sus aliados habituales, así como por Pro, la UCR, Encuentro Federal, Innovación Federal, la Coalición Cívica y casi todos los radicales de Democracia. Reunió 138 a favor, 94 en contra y 1 abstención. La Cámara también dio luz verde a la implementación del juicio en ausencia, cuyo objetivo es juzgar delitos graves sin la presencia de los acusados. Apunta a esclarecer los atentados a la Embajada de Israel en 1992 y la AMIA en 1994, donde hay ocho ciudadanos iraníes implicados. Logró 147 votos positivos -entre los que se contó a 13 de UP-, 68 rechazos y 9 abstenciones. En disidencia de su bloque, apoyaron este proyecto los diputados massistas, el jujeño Guillermo Snopek, las peronistas mendocinas Eugenia Alianello y Liliana Paponet, y el tucumano Pablo Yedlin. Reiterancia, reincidencia y unificación de penas Los tres abordajes que integran la propuesta oficialista comparten un objetivo: ampliar las condiciones para que la Justicia dicte la prisión preventiva y establecer penas más largas a aquellas personas involucradas en más de un delito. "La policía, en reiteradas ocasiones, detiene a los delincuentes, pero estos vuelven a las calles rápidamente porque el sistema judicial no tiene las herramientas necesarias para aplicar sanciones más efectivas", dijo la titular de la Comisión de Legislación Penal en Diputados, Laura Rodríguez Machado (PRO), según consignó Ámbito Financiero. El argumento de la "puerta giratoria" y las tratativas del Gobierno nacional con sus aliados terminaron de alinear a la mayoría de los bloques parlamentarios para la media sanción. Se especulaba con la posibilidad de que faltara el quórum para tratar el proyecto esta misma semana, pero un aliado provincialista del Ejecutivo lo desmintió: "Nosotros no nos vamos a levantar ni para ir al baño". Al alcanzar la aprobación, se suma al debate de la ley Antimafias en el Senado. También ya fue institucionalizada la ampliación del Registro Nacional de Datos Genéticos. Unión por la Patria y el Frente de Izquierda fueron los únicos que le anticiparon a este medio que votarían en contra. "Resulta un instrumento que no supera el mínimo test constitucional y convencional", dice el dictamen peronista, que rechaza el proyecto oficialista, y añade: "Amplificará la violencia estatal contra ciudadanos que gozan del estado de inocencia, permitiendo desvirtuar dicho principio para acallar reclamos y encarcelar personas". Qué dice el proyecto Las propuestas presentadas por el Poder Ejecutivo buscan reformar el Código Penal en su artículo 50 para agravar en un tercio la condena para los reincidentes ("toda persona que haya sido condenada dos o más veces a una pena privativa de la libertad"). También se sustituye el artículo 55 para unificar condenas, indicando que "la pena aplicable al reo tendrá como mínimo, el mínimo mayor y como máximo, la suma aritmética de las penas máximas correspondientes a los diversos hechos". En cuanto a la reiterancia delictiva (conducta transgresora de la ley en la que no se produjo condena), comenzaría a considerarse como argumento para determinar la prisión preventiva durante una investigación (modifica artículo 218 del Código Procesal Penal). En ese marco, se establecen figuras que amplían las condiciones para la prisión preventiva: presunción de peligro de fuga, de obstaculización de la investigación y de reiterancia delictiva. Finalmente, el juicio en ausencia modifica la legislación procesal penal para permitir la continuidad y la culminación del proceso penal aunque se dé la ausencia del imputado en algunos delitos. En ese marco, la autorización se concretaría cuando un juez declara rebeldía del imputado por no comparecer ante el Tribunal, por ausentarse en su domicilio sin justificación o por haberse fugado de su lugar de detención, en caso de determinados delitos considerados graves, publicó Ámbito Financiero.
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