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Parana » Valor Local
Fecha: 07/02/2025 15:49
La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca que depende del Ministerio de Economía, creó un sistema de monitoreo de exportaciones de jugo concentrado de limón a Estados Unidos, aplicable en todas las operaciones anuales de exportación en determinadas posiciones arancelarias. La medida se oficializó mediante la Resolución 18/2025 publicada en Boletín Oficial. Publicidad De acuerdo al detalle de la medida, este sistema será obligatorio para las empresas signatarias del Acuerdo de Suspensión de 2016 y sus modificaciones, quienes deberán anticipar la información de sus exportaciones. La Dirección General de Aduanas autorizará solo a las empresas signatarias a declarar destinaciones de exportación. La Subsecretaría de Mercados Agroalimentarios llevará un registro mensual de operaciones y podrá remitir información al Departamento de Comercio de EEUU para verificar el cumplimiento del acuerdo. De esta manera, se aprueba el listado inicial de signatarios, sujeto a modificaciones administrativas. La medida entra en vigor a partir de este viernes 7 de febrero. DETALLES El monitoreo abarcará el 100% de las exportaciones anuales de jugo de limón concentrado a los Estados Unidos, comprendidas en las siguientes posiciones arancelarias: 2009.39.00.110: Jugo concentrado congelado clarificado. 2009.39.00.190: Otros jugos de limón concentrado. 2009.31.00.000: Otros jugos agrios no concentrados. El sistema de monitoreo será aplicable exclusivamente a las empresas exportadoras que hayan suscrito el Acuerdo de Suspensión de 2016 y sus modificaciones. Serán consideradas signatarias aquellas empresas que, al momento de la entrada en vigencia de la presente medida, hayan firmado la última versión del acuerdo y presentado la documentación correspondiente ante el Departamento de Comercio de los Estados Unidos de América. Las empresas que adhieran posteriormente al acuerdo serán consideradas signatarias y deberán cumplir con los mismos derechos y obligaciones que los signatarios originales. La Dirección de Solución de Controversias Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto facilitará a la Autoridad de Aplicación una copia del Acuerdo de Suspensión y sus actualizaciones, a fin de determinar los signatarios y los precios de referencia acordados. La Subsecretaría de Mercados Agroalimentarios e Inserción Internacional, de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía, llevará un registro mensual actualizado de todas las exportaciones realizadas por los signatarios. Dicho registro incluirá: -Nombre del exportador -Precio de referencia declarado -País de destino -Tipo de operación (consumo final o consignación) -Puerto de salida de Argentina -Fecha de embarque -Volumen exportado Esta información podrá ser remitida al Departamento de Comercio de los Estados Unidos de América para garantizar el cumplimiento del Acuerdo de Suspensión. (Fuente: Ámbito)
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