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» Comercio y Justicia
Fecha: 06/02/2025 17:49
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) modificó los vencimientos para la presentación de la declaración jurada y el pago del impuesto a las Ganancias para personas humanas y sucesiones indivisas. El organismo dispuso que las fechas límites vuelvan a ser en junio del año fiscal siguiente al declarado, como era hasta el año pasado. Según señala ARCA, así se contempla lo solicitado por las entidades profesionales respecto de la necesidad de otorgar más tiempo a los contribuyentes para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. De esta manera, se prorroga el cronograma original que, para los vencimientos del año fiscal 2024 operaban en mayo 2025. Ahora, los vencimientos serán los siguientes: Terminación de Cuit Vencimiento para la presentación de DDJJ Vencimiento fecha de pago 0-1-2-3 11/06/2025 12/06/2025 4-5-6 12/06/2025 13/06/2025 7-8-9 13/06/2025 17/06/2025 Así, las nuevas fechas de vencimiento estarán en concordancia con las establecidas para el impuesto sobre los Bienes Personales. Pedido El pasado 30 de enero el Consejo CABA realizó una presentación ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) para solicitar que se adecue el cronograma de vencimientos de las Declaraciones Juradas del impuesto a las Ganancias Personas Humanas y Sucesiones Indivisas correspondientes al período fiscal 2024 y Personas Jurídicas, que operan los días 13, 14 y 15 de mayo, y que se arbitren los medios para disponer de las aplicaciones web con la antelación necesaria, a fin de cumplir con dichas obligaciones. “Consideramos de vital importancia disponer de dichas herramientas con un margen mínimo de antelación de 60 días hábiles previos al vencimiento, teniendo en cuenta que la determinación de gravámenes anuales implica suministrar una serie de datos en los sistemas de liquidación provistos por el Organismo a su cargo y que las modificaciones implementadas por la Ley 27743 -Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes- requieren de ciertas adecuaciones para la liquidación del período 2024”, dice la misiva. En forma paralela manifestaron que es importante aclarar que, históricamente, el cronograma de Personas Jurídicas y Humanas se establecía en meses diferentes, siendo el mes de mayo el que mayor cantidad de presentaciones de Ganancias Sociedades concentra porque aplica a los cierres de balance del mes de diciembre. Asimismo, por aplicación de la Resolución General AFIP 4187/18 el vencimiento de Personas Humanas estaba fijado en el mes de junio en concordancia con el impuesto sobre los Bienes Personales de naturaleza complementaria.
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