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Victoria » Diario Victoria
Fecha: 05/02/2025 15:00
La provincia de La Pampa habilitó la temporada de caza deportiva mayor de jabalí para el 2025, según lo dispuesto por la Subsecretaría de Asuntos Agrarios a través de la Disposición N° 29, con fecha del 28 de enero. La normativa establece que la caza podrá realizarse únicamente en cotos habilitados y en campos registrados, bajo la modalidad de caza con perros. La normativa establece que la caza podrá realizarse únicamente en cotos habilitados y en campos registrados, bajo la modalidad de caza con perros. La normativa vigente Para obtener el permiso, los cazadores deberán presentar su Documento Nacional de Identidad (DNI), no contar con multas pendientes por infracciones a la Ley N° 1194 y abonar la tasa correspondiente según su residencia. El trámite se gestionará de manera digital a través de la Plataforma de Gestión de Trámites de la Dirección General de Recursos Naturales. La normativa también contempla a los acompañantes, quienes deben ser mayores de 18 años y contar con un permiso específico. Si bien no podrán portar armas ni elementos de caza, podrán formar parte del grupo y trasladarse en el mismo vehículo que un cazador habilitado. El período autorizado para la caza será del 1° de marzo al 30 de noviembre para jabalíes machos, mientras que en el caso de las hembras, la temporada se extenderá hasta el 15 de septiembre. No habrá límite de piezas por cazador, en línea con la necesidad de reducir el impacto de la especie en el campo pampeano. La nueva normativa de la Subsecretaría de Asuntos Agrarios de La Pampa establece que la cacería deberá realizarse con un mínimo de dos canes, permitiendo el traslado de hasta ocho por jornada. Para su desarrollo, los cazadores deberán contar con un permiso exclusivo para esta modalidad, además de la autorización del propietario u ocupante legal del campo. En caso de infracciones, la autorización se invalidará a través de la Plataforma de Gestión de Trámites, impidiendo la emisión de nuevos permisos hasta la regularización de la situación. Además, se exige que cada perro cuente con su libreta sanitaria, aprobada por el Colegio Médico Veterinario de La Pampa o por entidades asociadas, con datos identificatorios y vacunación antirrábica vigente. La normativa también prohíbe la permanencia de los canes en caminos o predios no autorizados, advirtiendo que su incumplimiento será sancionado conforme a la Ley N° 1194 y su reglamentación. Según la normativa, los perros utilizados para la caza deberán ser transportados en vehículos con caja cerrada o en jaulas, evitando su permanencia en habitáculos internos o baúles. Además, para trasladar los trofeos fuera de la provincia, los cazadores deberán gestionar la Guía Única de Tránsito interjurisdiccional. La Disposición N° 30 también habilitó la caza mayor y menor con armas de fuego y arco en campos registrados y cotos de caza. Para obtener el permiso, se deberá presentar el DNI, no tener multas pendientes y abonar la tasa correspondiente según lo establecido por la Ley Impositiva vigente. Los acompañantes, que no participen de la caza, también deberán contar con un permiso especial y no podrán portar armas a su nombre. Se habilitó la caza del ciervo colorado, antílope, búfalo, cabras y carneros También se habilitó la caza del ciervo colorado, antílope, búfalo, cabras y carneros, con distintas fechas, según el tipo de campo o coto en el que se practique la actividad.
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