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La Paz » Politica con vos
Fecha: 04/02/2025 09:15
La decisión, publicada recientemente por el Ministerio de Economía, afectará a aproximadamente 9,5 millones de hogares, reflejándose en las próximas facturas de electricidad. El Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) aprobó la actualización de las tarifas de EDESUR S.A., que comenzará a regir a partir del 1 de febrero de 2025. Esta medida había sido anticipada días atrás, cuando el Gobierno oficializó la reducción de subsidios en las facturas de luz y gas natural. En ese marco, se informó que el ajuste promedio sería del 1,6%. La decisión, publicada recientemente por el Ministerio de Economía, afectará a aproximadamente 9,5 millones de hogares, reflejándose en las próximas facturas de electricidad. La Resolución N° 120/2025 del ENRE se encuentra alineada con lo dispuesto en la Resolución SE 26/2025 de la Secretaría de Energía, que estableció los valores de referencia para la Potencia (POTREF), el Precio Estabilizado de la Energía (PEE) y el Precio Estacional de Transporte (PET) para el período correspondiente. Boletas de luz: cómo impactará el aumento según el nivel de ingresos En lo que respecta a la energía eléctrica, se estableció que la tarifa para el usuario final deberá ajustarse en un 1,6%. Para alcanzar dicho incremento, se aplicarán las actualizaciones correspondientes en los costos de transporte y distribución de la energía eléctrica. Asimismo, se detalla cómo impactará esta medida según el nivel de ingresos del hogar. A partir de febrero de 2025, la factura promedio antes A partir de febrero de 2025, la factura promedio antes de impuestos experimentará un aumento del 2% para los usuarios de R-Nivel 1 (ingresos altos). En el caso de los hogares categorizados en R-Nivel 2 (ingresos bajos), el incremento será del 12,3%, mientras que para los de R-Nivel 3 (ingresos medios) el ajuste será del 8,4%, en comparación con los valores vigentes en enero de 2025. Tarifas de luz: cómo se aplican los subsidios El esquema de subsidios estatales continúa aplicándose según la segmentación vigente de ingresos: el Nivel 1 (ingresos altos) abona el costo pleno de la electricidad y el gas, mientras que los usuarios de ingresos bajos (N2) y medios (N3) reciben bonificaciones sobre esos valores. Con los recientes ajustes, los descuentos serán del 65% para los hogares de Nivel 2 y del 50% para los de Nivel 3, lo que implica una reducción respecto a los porcentajes previos, que eran del 71,2% y 55,94% respectivamente. Tal como se mencionó anteriormente, el incremento tarifario se compone de un 1,6% correspondiente al Costo Propio de Distribución (CPD) y un 2,5% derivado del costo del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM). Además, el CPD sufrirá un ajuste adicional del 4%. En consecuencia, la factura promedio antes de impuestos aumentará un 2% para los usuarios Residenciales de Nivel 1 (ingresos altos), un 12,3% para los de Nivel 2 (ingresos bajos) y un 8,4% para los de Nivel 3 (ingresos medios). Para los usuarios residenciales R1 y R2 del Nivel 3 con consumos de hasta 400 kWh/mes, el costo será un 38% menor en comparación con los usuarios de Nivel 1 del mismo segmento. En tanto, los usuarios R1 y R2 del Nivel 2 abonarán un 49% menos que los de Nivel 1. Dentro de este último grupo, 815.000 usuarios de EDESUR S.A. representan el 35% de su base de clientes. En cuanto a las bonificaciones, los usuarios de Nivel 2 recibirán un descuento del 65% sobre el precio fijado para el Nivel 1 en consumos de hasta 350 kWh/mes, mientras que los de Nivel 3 contarán con una reducción del 50% para consumos de hasta 250 kWh/mes. Cualquier excedente por encima de estos límites se cobrará al precio correspondiente al Nivel 1. Por último, el ENRE establece que, a partir de las 00:00 horas del 1 de febrero de 2025, EDESUR S.A. deberá aplicar los valores actualizados por categoría y subcategoría del CPD. Además, la empresa deberá reflejar de manera destacada en las facturas el costo del MEM bajo la denominación «Costo del Mercado Eléctrico Mayorista» y detallar el monto del subsidio estatal como «Subsidio Estado Nacional», conforme a lo dispuesto en el artículo 7 de la resolución. (Ámbito)
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