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Parana » Asdigitalnews
Fecha: 03/02/2025 05:26
Problema ambiental La compañía fabricaba gas cloro como principal producto, un gas venenoso con cualidades muy corrosivas. Su inhalación en pequeñas cantidades afecta las vías respiratorias. En el predio había presencia de sustancias altamente tóxicas en niveles 50 veces más altos que los tolerables para la salud de las personas. Un perito oficial, el ingeniero Andrés Salum, verificó bombonas de cloro desgastadas a la intemperie, estructuras que contenían material peligroso para la salud deterioradas, tanques rotos donde se guardaban sustancias químicas como benceno, amianto y mercurio, y derramamiento de estos elementos químicos en tierra. El entonces fiscal regional de Rosario Serjal, acusado de corrupción en otras causas, de manera polémica ordenó renunciar a la persecución al fiscal actuante para dar al empresario un criterio de oportunidad, lo que el juez Juan José Tutau, ante ese pedido, concedió. Otro magistrado, Carlos Gazza, consideró más tarde que ese fallo fue injustificable y lo anuló, lo que resultó avalado después por unanimidad por los camaristas rosarinos Georgina Depetris, Alfredo Ivaldi y Carolina Hernández. Pero la Corte de Santa Fe consideró que la orden de Serjal de favorecer a Taselli con un criterio de oportunidad significaba una salida justificada al trámite penal. Fue por cuatro votos a tres y con la convocatoria de un conjuez para desempatar, que votó a favor de la pretroquímica, sin notificación a la fiscalía que pedía anular esa decisión. Los fiscales Luis Schiappa Pietra y José Luis Caterina le piden a la Corte Nacional que rechace lo actuado por el superior tribunal santafesino porque la resolución que dictó afecta los derechos del medio ambiente como derecho humano fundamental, deja impunes a personas que provocaron graves daños al ecosistema y anticipa que concurrirá a la Corte Interamericana de Derechos Humanos si el fallo no se impugna. El caso también tiene pendiente un juicio colateral, ahora interrumpido, contra funcionarios públicos. El 22 de agosto de 2017, por instrucción del ex gobernador Miguel Lifschitz, el fiscal de Estado provincial Pablo Saccone había denunciado a Sergio Taselli, Máximo Taselli y Matías Gallegos por los delitos de adulteración o envenenamiento dolosos mediante la Utilización de Residuos Peligrosos. El 21 de diciembre de 2018 la Fiscalía de Estado, a cargo de Gustavo Luzzini, presentó ante el Ministerio Público de la Acusación un acuerdo transaccional y conciliatorio que los tres directivos de la empresa. Luzzini manifestaba allí, en acuerdo con los defensores de los empresarios, su expreso consentimiento para considerar extinguida la acción penal. En audiencia los fiscales Schiappa Pietra y Matías Edery dijeron que era imposible no sospechar que la salida propuesta por el jefe de los fiscales de Rosario Patricio Serjal no fuera un hecho turbio ya que el delito de la empresa y sus consecuencias medioambientales estaban probados. Y no hubo ninguna explicación de por qué se renunciaba a una pena ni tampoco la obligada convocatoria a las víctimas del daño ambiental para prestar acuerdo a esa inesperada salida. Tanto el ex fiscal de Estado adjunto Luzzini como el ex fiscal regional Serjal están actualmente acusados y esperan juicio por los delitos de abuso de autoridad, encubrimiento agravado y omisión de persecución. El trámite está suspendido hasta que la Corte Nacional se pronuncie sobre el tema de fondo. En 2020 Patricio Serjal renunció a su cargo de fiscal regional de Rosario empujado por el escándalo del cobro de coimas para evitar la persecución al empresario de juego ilegal Leonardo Peiti. En ese momento se sometieron a revisión algunas decisiones de Serjal consideradas inexplicables. Una de ellas su orden al fiscal Juan Carlos Ledesma de que renunciara a perseguir a los directivos de Petroquímica. Cuando el caso se llevó frente al juez Andrés Gazza este consideró que los valores de contaminación en petroquímica nunca se le mostraron al juez Juan José Tutau que aceptó la salida alternativa para los acusados. Al mostrar las constancias verificadas del daño ambiental, dijo Gazza: "Estos son los valores que nunca se le expusieron al juez Tutau en la audiencia, estos son los valores que entiende el tribunal que son atentatorios del interés público, estos son los valores que no pueden pasar sin atención de un magistrado al que se le presente un pedido, ya sea de aplicación de un criterio de oportunidad o para declarar abstracta la cuestión penal evitando así la persecución de la conducta, siendo el producto de un convenio entre partes, no podemos obviar que están en juego bienes jurídicos colectivos, supraindividuales y entiende este magistrado que su protección es algo en lo que el Poder Judicial no puede hacerse el desentendido."
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