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» Diariopinion
Fecha: 31/01/2025 23:29
Asimismo, en su considerando, el instrumento legal indica que la medida, que inicialmente se dispuso tendría vigencia del 26 de diciembre de 2024 al 31 de enero de 2025, y ahora extendida, está motivado en que persisten las razones de su dictado. Es decir que los diversos organismos afectados a la atención de servicios públicos esenciales y otros que en el desarrollo de sus funciones específicas deben observar plazos legales y constitucionales improrrogables, correspondiendo exceptuarlos de tal medida, a fin de que ajusten su funcionamiento a las normas que lo rigen. En adelante se detalla los organismos afectados a los servicios públicos esenciales: Ministerios de Desarrollo Humano, Turismo y la Comunidad, Secretaría de la Mujer, Servicio Provincial de Agua Potable (SPAP), Administración Tributaria Provincial (ATP), Dirección Provincial de Vialidad (DPV), Unidad Provincial de Sistemas y Tecnologías de Informaci6n (UPSTI), Instituto de Colonizaci6n y Tierras Fiscales, Contaduría General, Tesorería General, Escribanía Mayor de Gobierno, Centro de Validación de Tecnologías Agropecuarias (CEDEVA), Subsecretarias de Comunicaci6n Social, de Desarrollo Económico y de Hacienda y Finanzas. También, las Direcciones de Parque Infantil, de Parque Acuático "17 de Octubre", de Registro Civil y Capacidad de las Personas, de Registro de la Propiedad Inmueble, de Defensa Civil y General de Catastro Territorial, y el Departamento Intendencia de Casa de Gobierno). Por su parte, para el personal docente dicha medida se extiende hasta el 14 de febrero, inclusive, del corriente año.
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