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» Data Chaco
Fecha: 15/01/2025 11:42
Los topes de facturación, las cuotas mensuales y otros parámetros del régimen de Monotributo se actualizarán un 2,7% en 2025, como resultado de la primera revisión anual establecida por la Ley de Reforma Fiscal. Esta modificación se basa en la evolución de los precios y está en línea con lo dispuesto por la Ley 27.743. De acuerdo con esta ley, los montos máximos de facturación, las escalas y las cuotas deben ajustarse cada enero y julio, conforme a la variación de la inflación acumulada del semestre calendario que finalice en el mes inmediato anterior al de la actualización. En este caso, el dato de inflación publicado ayer por el INDEC revela un incremento del 21% acumulado desde julio, lo que se traducirá en un aumento proporcional del Monotributo. Estos cambios ya se aplican desde el 1° de enero, aunque su oficialización se llevará a cabo posteriormente. Las cuotas correspondientes a enero de 2025 deberán abonarse antes del 20 de febrero, tras la recategorización que pondrá en marcha la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), la cual podrá completarse hasta el 5 de febrero. Monotributo 2025: nuevos topes de facturación A continuación, se detallan los nuevos topes de facturación anual para cada categoría del Monotributo, tras el ajuste del 21%: Categoría A: De $6.450.000 a $7.812.680 Categoría B: De $9,45 millones a $11.446.486 Categoría C: De $13,25 millones a $16,04 millones Categoría D: De $16,45 millones a $19,92 millones Categoría E: De $19,35 millones a $23,43 millones Categoría F: De $24,25 millones a $29,37 millones Categoría G: De $29 millones a $35,12 millones Categoría H: De $44 millones a $53,29 millones Categoría I: De $49,25 millones a $59,65 millones Categoría J: De $56,4 millones a $68,31 millones Categoría K: De $68 millones a $82,36 millones (máxima categoría) Asimismo, las cuotas mensuales a pagar seguirán el mismo incremento porcentual, al igual que otros parámetros, como los alquileres devengados. Se espera que ARCA formalice el aumento y publique las nuevas tablas con vigencia para el primer semestre de 2025. En julio, se realizará otra actualización de acuerdo con la variación de precios acumulada entre enero y junio, y se llevará a cabo una nueva recategorización. Recategorización 2025: fechas y cambios importantes Con la reforma fiscal, también se modificaron los plazos para la recategorización semestral de los monotributistas. Hasta 2024, este trámite debía realizarse el 20 de enero. Sin embargo, ARCA anunció que, una vez disponible el dato del IPC de diciembre, se habilitará la recategorización y los contribuyentes tendrán tiempo hasta el 5 de febrero para completarla . La próxima recategorización será en agosto, tras la variación de precios entre enero y junio. Es importante recordar que la recategorización se realiza cada seis meses, en enero y julio, y se debe evaluar la actividad de los últimos 12 meses. Si hubo modificaciones en los ingresos, alquileres, superficie del local o consumo energético, los contribuyentes deben ingresar con su clave fiscal para actualizar su categoría. Si no se realiza el trámite, se considera que no ha habido cambios y se permanece en la misma categoría. Notas Relacionadas
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