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  • Sergio Urribarri y Juan Aguilera salen de la cárcel: El Superior Tribunal de Justicia así lo dispuso

    Parana » Entreriosya

    Fecha: 09/01/2025 02:53

    Sergio Urribarri y Juan Pablo Aguilera abandonarán la Unidad Penal Número 1 de Paraná por disposición del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos. Allí habían sido alojados el 19 de noviembre pasado en el marco de la condena que pesa sobre ambos por delitos de corrupción. El tribunal de feria, habilitado la semana pasada, en fallo dividido revocó la decisión de la Cámara de Casación Penal de Paraná. Los vocales Germán Carlomagno y Leonardo Portela se inclinaron por la restricciones que cumplían los condenados antes de ser detenidos. Miguel Giorgio se mantuvo en su posición y votó por el cumplimiento efectivo en la Unidad Penal. Urribarri y Aguilera vuelven al estado anterior. Es decir, en libertad con restricciones, no prisión preventiva domiciliaria. Los vocales que fallaron por la libertad entendieron que la prisión preventiva fue una decisión “arbitraria”. “La prisión preventiva es la medida cautelar de coerción personal más severa posible y por ende reviste de carácter excepcional”, comenzó diciendo Carlomagno. “Los jueces deben practicar un examen riguroso de los hechos y circunstancias que sirvan de base a la extensión del encarcelamiento porque, éste, ‘no deja de ser cautelar'”, continúa la sentencia. Es por eso que sostuvieron que “la decisión debe contener la motivación suficiente que permita evaluar si se ajusta a los requerimientos impuestos” . Giorgio, el voto en disidencia, fue duro y no compartió la habilitación de la feria. Y continuó: “Además, una vez habilitada la feria judicial, se denegó in limine la revocatoria planteada por el Ministerio Público Fiscal”. Asimismo sostuvo: “No puede perderse de vista que al correrse vista a la fiscalía para que opine, se bilateralizó el incidente de habilitación de feria”. Giorgio había pedido excusarse luego de que se habilite la feria por entender que al haber votado en el tribunal de origen se había dañado el carácter de “secreto” de su voto. El vocal dio detalles del proceso que impugna: “Se instrumentaron plazos corridos, que no corresponden para la impugnación extraordinaria”. Por último sostuvo que “este recurso excepcional se convirtió en una suerte de Habeas corpus solapado y con una lógica procedimental nunca vista en causas similares”. Fuente: Página Política

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