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  • “Esto no fue una auditoría”

    Concordia » Diario Junio

    Fecha: 06/01/2025 20:28

    “ESTO NO FUE UNA AUDITORIA” Aclaraciones previas: La forma republicana adoptada por nuestra constitución nacional producto del poder delegado de las provincias es una decisión de la forma de gobierno que se elige. Basada en la división, control y equilibrio de los poderes y tiene como fin último la garantía de las libertades individuales. Los principios que la inspiran son: Constitución escrita, separación de poderes, elegibilidad de los funcionarios, periodicidad de los mandatos, responsabilidad de los funcionarios, publicidad de los actos de gobierno y existencia de partidos políticos. Se optó por partidos políticos, de manera tal que quien gana conduce, y quien pierde, le toca el rol de opositor. Entendiéndose ese rol el de controlar los actos de gobierno de quien ocupa el rol de conducción. Esta modalidad es para evitar la suma del poder público, como así evitar la concentración que puede terminar en actos de arbitrariedad y abusos del poder. Momento 1: Al transitar los primeros días de gobierno en la Presidencia Municipal, allá por febrero de 2024, el ex Fiscal Azcue denunció “encontramos hechos vinculados con delitos, que los vamos a compartir con la justicia” (1). Momento 2: En fecha 21 de marzo de 2024 el Intendente firmó un Convenio (2) con el rector de la Universidad Nacional del Litoral (con sede en la Provincia de Santa Fe) Dr. Enrique José Mammarella. Servicio de Asistencia Técnica “Con la tuya”, por el monto $19.200.000 (PESOS DIECINUEVE MILLONES DOSCIENTOS MIL), el Intendente encargó un “servicio de asistencia técnica para la determinación de los rubros disponibilidades, bienes de uso, planta de personal, compras y contrataciones al 10/12/2023 en la órbita de la Municipalidad de Concordia provincia de Entre Ríos.» En “criollo” que informe sobre los períodos 2019, 2020, 2021, 2022 y 2023 sin limitación alguna en cuanto al acceso a la información, a la documentación y a los expedientes respaldatorios que respaldan la gestión en los últimos cinco (5) años: Disponibilidades (dinero) Bienes de uso Planta de personal 2019 a 2023. Compras y contrataciones al 10 de diciembre de 2023. El plazo de ejecución según la Cláusula 4ta del Convenio, era por 90 días. Es decir que si eran días corridos el plazo de entrega de la auditoría era 21 de junio 2024. Sin embargo… “Dime lo que presumes, y te diré de que careces” (4), en la llamativa fecha del pasado 28 de diciembre –entre pandulces y sidras, más de 150 días después del 21 de junio de 2024– se publicó a través del portal municipal (5) el “reporte”: “El presente reporte es una síntesis del análisis y control realizado por los equipos de trabajo de auditoría interna y externa en los procesos de la Municipalidad de Concordia a fin de implementar correcciones y mejoras en la gestión iniciada en el 2024. El objetivo del informe fue el de realizar una evaluación de las áreas clave de gestión financiera y operativa de la Municipalidad de Concordia al 7 de diciembre de 2023, incluyendo disponibilidades, deuda, procesos de compras, gastos en personal y bienes de uso.” (6) No se contrató una auditoría Una auditoría es un proceso sistemático e independiente que consiste en examinar, evaluar y verificar registros, operaciones, procesos o sistemas de una organización para determinar si cumplen con normativas, políticas, procedimientos y objetivos establecidos. Su propósito es asegurar la transparencia, eficiencia y confiabilidad de la información y los procesos y sus resultados se plasman en un Informe de Auditoría. Pero la Municipalidad no contrató una auditoría, no figura ni siquiera una sola vez en el Convenio (7) la palabra auditoría. Sino que contrató una asistencia técnica. Lo que publicó la Municipalidad no es un informe de auditoría, sino que es un resumen ejecutivo y un catálogo de sugerencias de estilo a implementar que son burdas copias de las mismas recomendaciones que efectúa el Tribunal de Cuentas ó Contaduría Municipal desde hace varios años. Para quien no conoce, los controles gubernamentales existen desde que existe el Estado mismo y son establecidos por la Constitución; pues cuando se administran fondos públicos (de terceros) rendir cuentas de uso o aplicación es una obligación. Es por ello que existen un órgano externo para efectuar ese control; como lo es Tribunal de Cuentas de la Provincia de Entre Ríos cuyos deberes y obligaciones están establecidos en nuestra Carta Magna, ó interno como la Contaduría de la Municipalidad de Concordia, cuyos deberes y obligaciones están establecidos en la Ordenanza nº 33.369. Por ejemplo, si uno quiere adquirir un lápiz con fondos públicos debe rendirlo conforme a la normativa de estilo y aceptar el control de los órganos de auditoría. Año nuevo, ¿Vida nueva? ó ¿Pacto de Julio? En fecha 3 de enero del presente año, ya muy lejos de aquellas declaraciones incendiarias del Ex Fiscal, el Secretario de Gobierno, Dr. Luciano Dell Ollio ¿le bajó? el tono a aquellas denuncias periodísticas (8): “a priori es muy subjetivo preguntarlo y responderlo fundamentalmente, decir si hay delitos, pero hay un montón de situaciones que tenían otra recomendación de los diferentes organismos de control de cada uno de los altos gobiernos que tenían. No sé si eso debería catalogarlo como delito, pero el límite del delito tiene una cuestión más compleja de limitarlo, tiene algunos componentes que tendría que verlo un fiscal…” (9) En principio surgen algunos interrogantes: ¿Por qué se contrató a la UNL y no una institución local como el Colegio de Ciencias Económicas o una Universidad local? ¿Por qué no se utilizaron los organismos de contralor existentes? Al contratar a la UNL ¿se cumplimentó el procedimiento de la Ordenanza Municipal 34.698 sobre “Régimen de Contrataciones del Estado Municipal”? Las Cláusulas Novena y Décimo Cuarta del Convenio referidas a la confidencialidad ¿verdaderamente vedan la posibilidad de acceder al resultado del estudio? En los términos del Presidente Municipal, ¿no sería más transparente y participativo que la ciudadanía de Concordia tenga la posibilidad de conocer el resultado del servicio de asistencia técnica encargado? Estas preguntas no son menores y requieren respuestas claras y precisas para mantener la confianza ciudadana y la integridad institucional.

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