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Concordia » Entre Rios Ahora
Fecha: 08/01/2025 01:15
En cuestión de horas, el Superior Tribunal de Justicia (STJ) dará a conocer su resolución en torno a la impugnación extraordinaria que presentaron el exgobernador Sergio Urribarri y su cuñado, Juan Pablo Aguilera, encarcelados en la Unidad Penal de Paraná desde el 19 de noviembre con prisión preventiva. Ambos fueron condenados en 2022 en el megajuicio: Urribarri a 8 años de cárcel; Aguilera, a 6 años y 6 meses. Fiscalía impulsó en abril de 2024 la aplicación de prisión preventiva ante el riesgo de fuga, petición que encontró eco en la Cámara de Casación, que ordenó su detención el 19 de noviembre. Los defensores de ambos cuestionaron esa medida y acudieron a la Sala Penal del STJ con una impugnación extraordinaria, que antes de la feria de enero sumó los votos de dos de los tres jueces de la Sala: Germán Carlomagno y Miguel Giorgio; resta el pronunciamiento de la vocal Gisela Schumacher. Como la resolución del pedido de libertad de Urribarri y de Aguilera quedó atrapado en la feria judicial de enero, las defensas presentaron un pedido de apertura de la feria. El domingo 5 el titular del STJ hizo lugar a la solicitud. La resolución se demoró por cuanto el vocal Giorgio presentó su excusación, que fue rechazada, y así el tribunal que deberá resolver quedó conformado por Giorgio, Carlomagno y Portela. «La sentencia está por salir», dijo una fuente de la Justicia este martes por la noche, de modo que en las próximas horas se espera definición. El encarcelamiento -una medida preventiva que se dispuso hasta que el fallo recaído en 2022 en el marco del megajuicio, 8 años para Urribarri, 6 años y 6 meses para Agujilera, adquiera firmeza, esto es que haya pronunciamiento de la Corte Suprema de Justicia- fue a partir de un planteo que había hecho en abril de 2024 el Ministerio Público Fiscal. El argumento para enviarlos a la cárcel fue el riesgo de fuga. La impugnación extraordinaria presentada en 2024 debía ser resuelta por la Sala Penal del STJ. Pero los tres vocales que integran ese tribunal no completaron la votación: sólo emitieron dictamen los jueces Germán Carlomagno y Miguel Giorgio, pero quedó pendiente para después de la feria, en febrero, el dictamen de la jueza Gisela Schumacher. Ante esa situación, las defensas de Urribarri y de Aguilera urgieron un pronunciamiento durante la feria. Y para eso hicieron una presentación el 2 de enero que fue acogida favorablemente por el titular del STJ, Leonardo Portela, que emitió resolución el domingo 5. La votación se fijó en el siguiente orden: Germán Carlomagno, Miguel Giorgio y Leonardo Portela. Pero cuando debió votar, Giorgio pidió su excusación con el argumento de que ya había emitido pronunciamiento. Su posición fue rechazada por un tribunal que integraron Carlomagno, Portela y el juez de Garantías Pablo Zoff. Resuelto ese entuerto, el tribunal quedó conformado para emitir dictamen. A prisión El exgobernador Sergio Urribarri, su cuñado Juan Pablo Aguilera y el exministro de Cultura y Comunicación, Pedro Báez, pasaron Navidad y Año Nuevo encarcelados en la Unidad Penal de Paraná. Urribarri y Aguilera ingresaron el 19 de noviembre cuando la Cámara de Casación Penal revocó un fallo de septiembre del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná y ordenó su detención con prisión preventiva hasta que la condena que se les aplicó en 2022 en el megajuicio adquiera firmeza. Fue a petición del Ministerio Público Fiscal. Báez ingresó el 22 de noviembre. Los tres aguardaban una resolución de la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) contra sendos fallos de Casación. Fueron con una impugnación extraordinaria que la Sala Penal decidió tramitar por escrito -por problemas de agenda para realizar audiencia oral- y que deberá aguarda los tiempos corrientes de Tribunales. El titular de la Sala Penal, Miguel Ángel Giorgio, rechazó planteos de los defensores para habilitar días y horarios y así acelerar los tiempos de resolución. «Además -planteó Giorgio en respuesta al pedido de Báez- cabe advertir a los letrados defensores que ante esta Sala Nº1 en lo Penal del S.T.J., obran otras causas de impugnaciones extraordinarias con personas privadas de la libertad aguardando resolución (…) a quienes se les ha dispensado estrictamente el trámite de ley; por lo que, excepcionar en este caso los plazos previstos, implicaría la constitución de un privilegio indebido». La feria sólo se abrió para tratar el recurso de Urribarri y de Aguilera, no el de Báez que ahora tendrá el camino allanado para peticionar igual tratamiento. “No dudo que, como ha sucedido con otros dirigentes y ciudadanos en casos tan o más importantes, en este caso van a corregir esta situación tan injusta y dolorosa”, planteó Urribarri en una carta que difundió su hijo, el exministro de Gobierno, Mauro Urribarri, el último 24 de diciembre Las condenas El fallo condenatorio se conoció el 7 de abril de 2022 cuando el Tribunal de Juicios y Apelaciones conformado por los jueces José María Chemez, María Carolina Castago y Elvio Osir Garzón emitió un fallo histórico de condena a un exgobernador de Entre Ríos. De los 13 imputados que llegaron al megajuicio, fueron absueltos 5 imputados: el exministro de Turismo, Hugo Marsó; los exfuncionarios de la Unidad Operativa Mercosur Hugo Céspedes -fallecido durante el proceso- y Gustavo Tórtul; Alejandro Almada, cuñado de Aguilera, y Maximiliano Sena, socio de éste. Al exgobernador Sergio Urribarri, por la comisión en su calidad de autor de los delitos de peculado en concurso ideal con negociaciones incompatibles con la función pública, en 5 hechos, solicitaron la pena de 12 años de cárcel. Además, la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. El tribunal lo condenó a 8 años de cárcel. A Pedro Ángel Báez, exministro de Cultura y Comunicación, exdiputado provincial del PJ, por la comisión en calidad de autor de los delitos de peculado en concurso ideal con negociaciones incompatibles con la función pública, 4 hechos, le pidieron la pena de 10 años de cárcel, más la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. La condena fue de 6 años y 6 meses de prisión. A Juan Pablo Aguilera, cuñado de Urribarri, funcionario del Senado de Entre Ríos, como partícipe necesario de los delitos de peculado ynegociaciones incompatibles con la función pública en concurso ideal, en dos hechos, le fue solicitada una pena de 10 años de prisión. Además, la accesoria de la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. Fue condenado a 6 años y 6 meses de cárcel. A Corina Elizabeth Cargnel, contadora de las empresas Next SRL y Tep SRL, que se adjudican al cuñado Aguilera, se la acusa como partícipe necesaria de los delitos de peculado y negociaciones incompatibles con la función pública en 2 hechos. Por esos hechos, la Fiscalía pidió para Cargnel 8 años de cárcel, más la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. Pero el tribunal consideró excesiva la pena pedida por Fiscalía y le aplicó 3 años de prisión condicional e inhabilitación absoluta perpetua. Al empresario Gerardo Daniel “Foia” Caruso el Ministerio Público Fiscal lo imputa como partícipe necesario en la comisión del delito de peculado y negociaciones incompatibles con la función pública, en concurso ideal. Y pide la pena de 5 años de prisión y la inhabilitación absoluta perpetua. El tribunal le aplicó la pena de 3 años de prisión de ejecución condicional. Al exministro de Turismo de Urribarri, Hugo José María Marsó, acusado como autor del delito de peculado y negociaciones incompatibles en concurso ideal, le pidieron la condena a 5 años de prisión más la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. Fue absuelto de culpa y cargo. A Emiliano Oscar Giacopuzzi, acusado por Fiscalía de ser “testaferro” de Aguilera, se le imputa como partícipe secundario del delito de peculado y negociaciones incompatibles en concurso ideal y se pidió para él la pena de 4 años de prisión e inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. La pena aplicada por el tribunal es de 2 años y 6 meses de ejecución condicioanl. A Gustavo Rubén Tamay, en carácter de partícipe necesario de los delitos de peculado y negociaciones incompatibles en concurso ideal, Fiscalía pide la pena de 4 años de prisión e inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. Le aplicaron 3 años de prisión condicional e inhabilitación absoluta perpetua, más pago de multa de $90 mil. A Luciana Belén Almada, esposa de Aguilera, también acusada de ser “testaferro”, le achacan en carácter de partícipe secundaria el delito de peculado y el de negociaciones incompatibles en concurso ideal y piden la pena de 3 años de prisión de carácter condicional, y la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. La pena aplicada 2 años y 6 meses de ejecución condicional. A Alejandro Luis José Almada, cuñado de Aguilera, Fiscalía le achacó ser partícipe secundario en el delito de peculado y el de negociaciones incompatibles en concurso ideal, y le pidió la pena de 3 años de prisión de ejecución condicional. También, la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. Pero el tribunal decidió absolverlo. Almada actualmente es funcionario de la Cámara de Diputados. Fue absuelto de culpa y cargo. A Maximiliano Romeo Sena, otro “prestanombre”, según Fiscalía, fue acusado por Fiscalía como partícipe secundario del delito de peculado y el de negociaciones incompatibles en concurso ideal, pidieron 2 años y 6 meses de prisión de cumplimiento condicional e inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. El tribunal lo absolvió. A Germán Esteban Buffa, el empresario suertudo que obtuvo una pauta publicitario del Estado antes de que pudiera constituir su empresa, Global Menas, y que fue parte del gerenciamiento de El Diario, de Paraná, como partícipe necesario en el delito de negociaciones incompatibles con la función pública, Fiscalía pide una pena de 3 años de ejecución condicional y la inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos. El tribunal le aplicó la pena de 1 año y 2 meses de prisión condicional. A Gustavo Javier Tórtul, funcionario del Estado provincial, como partícipe necesario del delito de peculado y de negociaciones incompatibles con la función pública en concurso ideal, la Fiscalía solicitó la pena de 3 años de prisión de cumplimiento condicional e inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. Pero el tribunal entendió que no tuvo participación en los delitos reprochados, y lo absolvió. También absolvió al ya fallecido Hugo Céspedes. Ninguna de las condenas impuestas están firmes: resta el pronunciamiento de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. De la Redacción de Entre Ríos Ahora
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