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Concordia » Entre Rios Ahora
Fecha: 05/01/2025 20:20
El Jurado de Enjuiciamiento rechazó «in límine» la denuncia por supuesto mal desempeño que había formulado un abogado contra el juez Civil y Comercial de Victoria, Luis Márquez Chada. El voto de rechazo lo comandó la presidenta del Jurado, la senadora Gladys Domínguez (PJ), que consideró «que los hechos, comportamientos y resoluciones atacadas, son expresiones de disconformidad, hostilidad generada por las resueltas contrarias a las pretensiones peticionadas en los procesos». Y señaló que no era posible atribuirle a las resoluciones del magistrado «la gravedad institucional necesaria para expresar un voto de apertura de juicio». «La función del Jurado de Enjuiciamiento no es revisar las resoluciones de los magistrados en los procesos judiciales, sino que cumpliendo con las funciones específicas de nuestra Constitución Provincial y de la Ley 9283, es de verificar concretamente si en aquellas resoluciones o decisiones acaecidas en los procesos judiciales, se constata un notorio, grave y reiterado apartamiento de la misión asignada al mismo, conforme cumplimiento de procedimientos constitucionales, que hagan imposible su continuidad en el cargo de Juez y justifiquen su destitución, la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) en tanto ha afirmado que: ´El posible error de las resoluciones cuestionadas en materia opinable, con prescindencia del juicio que pueda merecer lo decidido respecto de su acierto, no puede determinar el enjuiciamiento del magistrado, sin que a ello obste la circunstancia de que el tribunal de grado haya declarado las nulidades mencionadas por el denunciante´” . Más todavía, Domínguez destacó que el Jury «no es un tribunal de apelaciones», por lo que la disconformidad ante una resolución de un magistrado se resuelven con la vía recursiva que establece la ley. El abogado Raúl Miguel Ghione había denunciado al juez Márquez Chada «por incurrir en las causales de acusación establecida en la Ley 9283 y su modificatoria Ley 9513: en el art 15, inc. 2 por falta de idoneidad e ignorancia inexcusable del derecho y la legislación aplicable; inc. 3 por morosidad reiterada; y inc. 9 por mal desempeño de sus funciones, solicitando aplique sanción conforme el art. 20 incisos 2 y 3, con suspensión y oportunamente destitución». En su presentación, dijo que el juez «realizó maniobra dolosa, por no considerar y eliminar un escrito del registro digital en su perjuicio». Fundamentó su acusación «en el obrar del magistrado en expedientes judiciales donde el denunciante es parte». Cuando se conoció la denuncia, el juez denunciado habló públicamente. Y planteó que en su caso se trata de la denuncia “de un abogado jubilado que tomó intervención en una causa” que se tramita en su Juzgado. “Varias de las resoluciones por las causas que acusa y en las que plantea que estoy dentro de las causales de destitución son causas que han tenido resultados adversos para el denunciante. Entonces, esto equivale a decir que cualquier persona que tenga un resultado desfavorable en un pleito podría ir y utilizar este mecanismo del Jurado de Enjuiciamiento. Me parece que rendir cuenta está dentro de nuestras obligaciones. En una denuncia, se puede decir cualquier cosa. Yo siempre digo, denunciar es comunicar a la autoridad. Esto en términos claros y sencillos para la audiencia. Y comunicar a la autoridad, uno puede comunicar cualquier cosa, aún cuestiones que pueden ser muy inverosímiles. Esto lo digo porque la realidad es que ser denunciado no implica una apertura de una acusación. Pero aclaro que la ley actual del Jurado de Enjuiciamiento no hace un distingo del juicio de admisibilidad previo de una denuncia. Entonces los magistrados, funcionarios, tenemos que contestar las vistas apenas se nos traslada”. Márquez Chada habló con el programa Puro Cuento de Radio Plaza 94.7 y dijo que lo resuelto por el Jurado de Enjuiciamiento implica “salvaguardar la independencia del Poder Judicial”. Y agradeció al Jury “que haya sido muy estricto en materia de plazo, porque resolvió concretamente en el plazo que había sido acordado”. Coincidió en que el planteo que hizo el abogado de Victoria no era materia de análisis por parte del Jurado de Enjuiciamiento. “Esto es tergiversar el fin del proceso de enjuiciamiento a un magistrado. Me parece que es una cuestión que es atentatoria contra la independencia del Poder Judicial. No se puede tomar con laxitud”, opinó. “El Jurado de Enjuiciamiento fue muy consistente y directo en decir que acá no había ni mal desempeño, ni un proceso irregular, ni nada por el estilo”, subrayó. Planteó la necesidad de establecer instancias intermedias para analizar este tipo de planteos contra un funcionario de la Justicia, sin llegar al Jury. “El Jurado de Enjuiciamiento tiene que estar para cuestiones realmente serias, donde amerite la intervención, donde justamente peligre la institucionalidad por el accionar de una persona que esté obrando dolorosamente o en forma manifiestamente irregular”, aseguró. El juez Márquez Chada está ahora analizando qué vías seguir para entablar una demanda civil contra el denunciante. -¿Va a reclamar por un daño civil? -Sí, estamos evaluando distintas alternativas. No pretendo ganar dinero con una demanda, bajo ningún punto de vista. Es más, de más está decir que, si llego a ganar el pleito, el dinero que obtenga va a ser para una organización social. No tengo ningún interés en recibir dinero del denunciante, ninguno, absolutamente ninguno. Lo que sí quiero es preservar, en cierta forma, la institucionalidad y, bueno, si una persona se equivocó, también tiene que saber que hay consecuencias. No es una cuestión gratuita pasar por la puerta del Jurado Enjuiciamiento y hacer denuncias. De la Redacción de Entre Ríos Ahora
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