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  • Paso a paso, cómo pedir la devolución de los impuestos pagados por las compras con tarjeta en dólares de 2024

    Buenos Aires » Infobae

    Fecha: 03/01/2025 02:43

    La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) habilitó el sistema para que los contribuyentes que no están inscriptos en el Impuesto a las Ganancias ni tengan la obligación de hacerlo puedan acceder al reintegro de las percepciones sobre el dólar turista. También pueden acceder al reintegro aquellas personas que se encuentran alcanzadas por el Impuesto a las Ganancias, pero no pagan Bienes Personales, siempre que las percepciones hayan sido aplicadas bajo el código 219. Es importante aclarar que el dólar turista implica a todos aquellos consumos con tarjeta de crédito realizados en dólares que hayan sido pagados en pesos. Esto incluye por ejemplo compras en el exterior, contratación de servicios de streaming y compras de pasajes al extranjero, entre otros casos. Para entenderlo mejor, sirve analizar un ejemplo concreto. Una persona que en 2024 contrató Netflix, vio registrado en el resumen de su tarjeta un cargo mensual en dólares. Al momento de pagar se encontró con dos opciones, pagar el monto en dólares (en ese cargo no tiene ninguna percepción) o bien cancelarlo en el valor equivalente en pesos. En ese segundo caso, es que se aplicaron las percepciones del 30% a cuenta de Ganancias y Bienes Personales. Ahora, el contribuyente que no paga ninguno de esos impuestos, tiene la posibilidad de pedir a la AFIP que le devuelva el monto retenido. En esas compras también se incluyó otra percepción del 30% correspondiente al impuesto PAIS que en ningún caso tendrá devolución. También se puede pedir la devolución de las percepciones aplicadas sobre la compra de dólar ahorro. Se trata del cupo mensual de USD 200 que pueden adquirir algunos contribuyentes que cumplen con una serie de requisitos. Al igual que en el dólar turista, en 2024 se aplicaron retenciones en concepto de Impuesto PAIS (que no se devuelve) y a cuenta de Ganancias y Bienes Personales. Los usuarios que accedieron a esa cotización y no pagan alguno de esos impuestos, ahora pueden pedir la devolución correspondiente. Cómo se pide la devolución Para realizar el trámite, en primer lugar se debe ingresar a la página web de ARCA con CUIT o CUIL y clave fiscal. Una vez dentro del sistema, se deberá buscar el servicio “Devolución de percepciones” en el cuadro de búsqueda que se encuentra debajo del panel principal. En el caso que no esté habilitado, se puede añadir desde la opción “Mis Servicios”. Una vez completado ese paso, el contribuyente debe seleccionar la opción “Nuevo” e indicar el período fiscal por el cual se solicita la devolución. Se debe realizar una presentación por cada mes en que se practicaron percepciones. Si las percepciones fueron informadas por un agente de retención/percepción, solamente se deberá seleccionarlas y pedir su devolución. En caso de ser necesario, se pueden agregar manualmente. Se debe recordar agregar sólo aquellas percepciones correspondientes a la Resolución General N° 5617 y guardar la documentación respaldatoria, ya que se podrá requerir para una verificación. Una vez cargadas, el sistema te permitirá grabar la presentación y dejarla como “borrador” o “presentar” para comenzar con el trámite de devolución A continuación, el sistema muestra todos los formularios cargados para el período y estado indicado. También se permite agregar nuevas columnas desde el desplegable de última modificación. Desde la columna “Acciones” se puede ver el detalle de las solicitudes generadas o realizar una rectificativa. Finalmente, la solapa “Percepciones con devolución aprobada” contendrá la información de aquellas percepciones que ya han ingresado en una solicitud anterior y que se encuentran aprobadas en proceso de pago o pagadas. Así, el paso a paso queda de la siguiente manera: Ingresar con Clave Fiscal a la página web oficial de ARCA Buscar el servicio “Devolución de percepciones” Crear una solicitud, clickeando en “Nuevo” Completar el año y el mes del período. Si alguna percepción no figura en el sistema, se puede informarla con el botón “Agregar percepción” Presionar “Presentar” Confirmar los datos de la operación Cabe recordar que el organismo recaudatorio ya empezó a devolver las percepciones retenidas por las operaciones en moneda extranjera correspondientes a los períodos fiscales hasta 2023 inclusive. El proceso, que abarca a unos 300.000 contribuyentes, se inició en octubre y se desarrollará de manera gradual durante seis meses. El reintegro incluirá tanto el monto principal como los intereses generados desde la fecha de la percepción original hasta el momento en que los contribuyentes reciban la devolución. Los requisitos básicos Para acceder a la devolución de las percepciones, los contribuyentes deberán contar con una CUIT y clave fiscal con nivel de seguridad 2 o superior y tener su inscripción digital activa. También deberán declarar un CBU de la cuenta bancaria en la que se efectuará la devolución. Es indispensable tener un Domicilio Fiscal Electrónico constituido. Por supuesto, es fundamental que los contribuyentes revisen cuidadosamente la información antes de completar el trámite, ya que errores en los datos pueden retrasar la devolución. Además, el organismo advirtió que el cumplimiento de los requisitos no garantiza la devolución inmediata, ya que las solicitudes están sujetas a un proceso de verificación por parte de ARCA.

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