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Caseros » Genesis 24
Fecha: 29/12/2024 04:33
En su paso por el Senado, el gobierno de Frigerio concedió varios pedidos del peronismo. Pero hubo dos centrales, que eran fuertemente resistidos por la oposición, en los que el oficialismo se impuso:Un postulante a la gobernación puede pegar su boleta con dos o más postulantes a la intendencia (podría llevar 10 o 15 listas adheridas), pero un candidato a intendente sólo puede optar por un precandidato a gobernador. Es exactamente lo que hizo Frigerio en las PASO de 2023. Entonces era sólo un criterio que impuso en la interna de Juntos por Entre Ríos. Ahora será ley. 2.-Foto del candidato a gobernador en el casillero de voto por lista completa. Fue uno de los puntos más controvertidos del proyecto de reforma electoral de Frigerio. Se incluye la foto del candidato a gobernador en el casillero de voto por lista completa, en lugar de ubicarla en el casillero del gobernador. La oposición objetaba que de ese modo se potencia el efecto arrastre del gobernador sobre los cargos legislativos y municipales. En estos dos puntos, el peronismo ve una reforma electoral a la medida de los intereses de Frigerio, a pesar de que esas dos “ventajas” correrían también para el candidato a gobernador del peronismo. La crítica opositora trae consigo la admisión de una inferioridad. Los peronistas conocen, mejor que nadie en Entre Ríos, las ventajas de enfrentar un proceso electoral desde el poder y con un candidato tan instalado como el gobernador que va por su reelección. Reformas La oposición objetó, además, que la foto del gobernador en el casillero de voto por lista completa podría dar lugar a confusiones que multiplicarían los votos nulos para intendentes y legisladores. Esta última discusión fue saldada con la reforma de los artículos 166 y 167, con la que se modifica la interpretación de la voluntad del elector en el caso de que, posiblemente confundido, vote dos candidatos para un mismo cargo. Es una forma de remediar las posibles nulidades que podría producir el voto por lista completa, debido a la confusión que podría provocar la foto del candidato a gobernador en ese casillero. En caso de que un elector haya marcado la opción voto “lista completa” y alguna o algunas otras categorías electorales de otras listas internas o de otras agrupaciones políticas “se considerarán válidas estas últimas dado que se manifiesta la expresa voluntad del elector de sufragar en favor de ellas”, dice el texto modificado en el Senado. En otras palabras, se hace una excepción al principio electoral de que no se puede votar a dos candidatos distintos para un mismo cargo: uno con una cruz en el casillero del cargo (por ejemplo de intendente) y otro candidato a intendente con el voto por lista completa, quizá involuntario. El segundo cambio trascendente sobre el instrumento de votación es el que permite, en las PASO, dividir la BUP en dos cuerpos: Provinciales (gobernador y legisladores) y Locales (intendente y concejales), para lo cual se modificaron los artículos 104 y 105. La BUP tendrá un tamaño de 40×60 centímetros. Si en un determinado circuito electoral son tantas las listas que se anotan para las primarias que no entran en la boleta, se la dividirá en dos: cargos provinciales y cargos locales. Regiría sólo para los distritos donde hay muchas listas. Es un cambio muy importante, con efectos concretos como la eliminación del arrastre entre los órdenes provincial y municipal, que permite el voto por lista completa. En esos casos, los pegados de boleta no se producen. Por lo demás, en el acuerdo con el peronismo se produjeron también los siguientes cambios: -Se suprimió el título 12 del proyecto que había tenido media sanción de Diputados, que incluía la reforma de la Ley Orgánica de Partidos Políticos, con lo cual los partidos vecinales pueden -por ahora- respirar aliviados. Es que el proyecto del oficialismo elevaba los requisitos para la formación y mantenimiento de los partidos locales. La ley de Partidos Políticos se reformará con un proyecto aparte, más adelante. -Se suprimió el artículo 9, de creación de la Dirección Provincial Electoral y se modificaron los artículos que la nombraban. El peronismo se oponía a la creación de la nueva dirección que iba a depender del Ministerio de Gobierno. -Se modificó el art. 68, reduciendo el margen de discrecionalidad del gobernador para convocar a elecciones provinciales. De los 110 días previos a las elecciones se pasa a 130 (la legislación actual fija 150). Es decir que Rogelio Frigerio deberá decidir en 2027 si se vota junto o separado de la nación 130 días antes del cuarto domingo de junio, la fecha establecida para las elecciones provinciales. Si el día 130 no convoca, las elecciones serán simultáneas con las nacionales. Tiene 20 días más para especular sobre cuando votar, en relación a los 150 días de la legislación vigente. Pero 20 días menos que los 110 días que tenía el proyecto con media sanción de Diputados, votado sólo por el oficialismo y los aliados libertarios. -Se modificó el inciso 4 del art 103 incorporando la foto del candidato a senador en la boleta única de papel (BUP), tal como lo tenía el proyecto de minoría que votaron los diputados del PJ. Página Política
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