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Basavilbaso » Riel FM
Fecha: 26/12/2024 12:22
Sin acuerdo entre las cámaras empresarias y los sindicatos en torno al nuevo salario mínimo, vital y móvil el Gobierno nacional definió el monto que regirá por el periodo de cuatro meses. La medida quedó plasmada a través de la Resolución 17/2024 publicada en el Boletín Oficial. No es nuevo para el Gobierno de Javier Milei a definir el salario mínimo mediante una resolución. En lo que va del año, las discusiones de febrero y julio también terminaron sin acuerdo, lo que obligó al Poder Ejecutivo a intervenir mediante Decretos. La propuesta de las cámaras empresariales consistía en un aumento escalonado que llevaría el salario mínimo de $278.000 a $295.000 en marzo de 2025, lo que representaría un incremento total del 6%. Por su parte, los sindicatos, incluyendo a la Confederación General del Trabajo (CGT) y las dos Central de Trabajadores de la Argentina (CTA), coincidieron en exigir un monto inicial de $572.000. “A partir del 1° de Enero de 2025, en pesos doscientos ochenta y seis mil setecientos once ($ 286.711)" y desde el “1° de Febrero de 2025, en pesos doscientos noventa y dos mil cuatrocientos cuarenta y seis ($292.446)“, fijó la administración de Javier Milei Además, a partir del “1° de Marzo de 2025, en pesos doscientos noventa y seis mil ochocientos treinta y dos ($296.832)“. Por otra parte, en la resolución se aclaró que en el caso de los trabajadores jornalizados también tendrán un incremento y “percibirán en su debida proporción”. Por ende, en diciembre tendrán un aumento de “pesos mil trescientos noventa y nueve ($ 1.399) por hora”. A partir de enero el valor será de $ 1.434, en febrero $ 1.462, y para marzo el valor será de $ 1.484 por hora, publicó Infobae En referencia a la Prestación por Desempleo destinada a los trabajadores convencionados o no convencionados la misma “será equivalente a un setenta y cinto por ciento (75%) del importe neto de la mejor remuneración mensual, normal y habitual del trabajador en los seis (6) meses anteriores al cese del contrato de trabajo que dio lugar a la situación de desempleo”. Y se remarcó que “en ningún caso la prestación mensual podrá ser inferior al cincuenta por ciento (50%) del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente, ni superior al cien por ciento (100%) del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente”. En el considerando de la Resolución que lleva la firma de la Subsecretaria de Seguridad Social, Alexandra Biasutti se aclaró por qué el Ejecutivo fue el responsable de definir el valor del salario mínimo luego que “la sesión del Consejo Nacional del empleo, la productividad y el salario mínimo, vital y móvil, el 19 de diciembre, al momento de abordarse el tratamiento del segundo (2º) punto del Orden del Día, relativo a la consideración de los temas elevados al Plenario por la Comisión de Salario Mínimo, Vital y Móvil y Prestaciones por Desempleo, se informó que no hubo acuerdo”.
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