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Colon » El Entre Rios
Fecha: 24/12/2024 13:30
Sin ley provincial de ética pública Formas y procedimientos El Tribunal de Cuentas de Entre Ríos emitió un dictamen en base a las actuaciones elevadas desde el Concejo Deliberante de Villa Elisa a raíz de una serie de contrataciones directas realizadas a una empresa vinculada a un funcionario municipal.El planteo ponía en el foco al entonces secretario de Obras y Servicios Públicos de la municipalidad, Adolfo Luis Viollaz, hijo del titular de la compañía -fallecido meses después- y miembro del directorio de la sociedad anónima, dedicada a la reparación de maquinarias y venta de repuestos a la que se contrataba para mantenimiento del parque vial.Mediante la resolución Nº 978, sancionada hace un año por los ediles (mandato cumplido), se pidió informes al Departamento Ejecutivo Municipal y puso en conocimiento de la documentación al tribunal, que tras analizar el caso dijo lo suyo.La respuesta ingresó este lunes por la noche al cuerpo legislativo local, en el marco de una sesión extraordinaria convocada fuera del período a pedido de varios concejales.El planteo elevado desde el Concejo elisense daba cuenta de una incompatibilidad en las contrataciones conforme a los artículos 13, 15 y concordantes de la Ley Nº 25.188 de Ética Pública. Sin embargo, el Tribunal de Cuentas entendió que “la normativa citada es de alcance para el Estado nacional”.La legislación invocada “establece un conjunto de deberes, prohibiciones e incompatibilidades aplicables, sin excepción, a todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías, en forma permanente o transitoria, por elección popular, designación directa, por concurso o por cualquier otro medio legal, extendiendo su aplicación a todos los magistrados, funcionarios y empleados del Estado”, se reprodujo.El dictamen cita que, en Entre Ríos, el artículo 37º de la Constitución Provincial establece que los funcionarios y empleados públicos de los tres poderes del Estado “sirven exclusivamente a los intereses del pueblo” y, del mismo modo, que “deben observar, en el ejercicio de sus funciones, una conducta acorde con la ética pública, la que constituye un valor social que hace a la esencia del sistema republicano”.No obstante, se señala que a la fecha de elaborarse el informe “no existe una ley de ética pública de aplicación en Entre Ríos”, aunque se informa que está en debate de comisiones en la Legislatura un proyecto de transparencia y ética pública, “el cual contempla situaciones de incompatibilidad, que podrán ser exigidas a partir de la sanción de dicha ley”.Una de las anomalías referidas era la existencia de facturas del proveedor con fechas anteriores a las órdenes de compra emitidas desde la Municipalidad de Villa Elisa.“Sin perjuicio de ello, los actos administrativos que disponen las diferentes contrataciones son previos a las fechas de las facturas, considerando que las observaciones en este sentido son de carácter formal y procedimiento”, dice el dictamen.Por su parte, en cuanto a las fechas de las reparaciones realizadas a los bienes de referencia, se consigna que “fueron agregadas a fs. 85/97, suscriptas por el secretario de Obras y Servicios Públicos y por el responsable del taller municipal” y que de su análisis “no surgen observaciones que formular, considerando las limitaciones técnicas a los fines de verificar la citada información”.A su vez, se hacen eco del argumento de que se trata de “máquinas que ya tienen muchos años de antigüedad y desgaste generalizado” y que “durante 2022 han podido adquirir, con recursos propios, una nueva cargadora frontal y una motoniveladora, ambas 0 kilómetro”.
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