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  • “Esto no responde a intereses jurídicos sino a una cuestión política”

    Gualeguaychu » El Argentino

    Fecha: 25/11/2024 16:14

    ¿Cuándo se debe dictar la prisión preventiva? La ley es clara en este aspecto: “nadie puede ser considerado culpable hasta tanto una sentencia firme lo declare como tal”. Y es en este punto donde radica la discusión en torno a los motivos que los jueces del Tribunal de juicios y Apelaciones de Paraná tuvieron para dictar la prisión preventiva a todos los condenados en el megajuicio, que todavía no tienen una sentencia firme. Para que se dicte la prisión preventiva debe existir un peligro de fuga o un entorpecimiento de la investigación. Esto, en el mundo judicial se llama riesgo procesal. “Para empezar, me parece determinante aclarar que la sentencia sobre Pedro Báez no está firme, insisto en esto, no está firme y no estará firme hasta tanto la Corte Suprema de Justicia de la Nación resuelva el recurso extraordinario federal que fue concedido por la sala penal”, insistió Velázquez en dejar claro este argumento que, en definitiva, para la contienda judicial que busca la excarcelación de Urribarri, Aguilera y Báez, es crucial. “Dentro de los riesgos procesales, entorpecimiento en la investigación no hay (por que el hecho ya está juzgado), solamente queda el peligro de fuga y acá viene lo extraño, lo llamativo. Cómo es posible que haya peligro de fuga cuando desde el momento que Casación confirmó, ha tenido las posibilidades de fugarse y nunca se fugó. Siempre ha estado derecho. Este pedido de la Fiscalía -de la detención preventiva -claramente ha perdido vigencia, actualidad”, manifestó el defensor de Báez. “Se enteró que los consortes (Urribarri y Aguilera) habían sido detenidos y se pudo haber fugado, pero no lo hizo. Se enteró por los medios que el Ministerio Público Fiscal había solicitado una audiencia para detenerlo a él y siempre estuvo a derecho. Ese mismo viernes (que lo detuvieron) pasó por el Ministerio Público Fiscal a firmar como todas las semanas. O sea, no hay ningún incumplimiento o sospecha concreta para presumir el peligro de fuga”, agregó Velázquez. El abogado entiende que la medida dictada por la Justicia está basada en el riesgo de fuga, pero advierte que existen otras causales. “La verdad que esto no responde a intereses jurídicos sino más bien tiene que ver con intereses políticos”, expresó, y según opinó: “Acá lo que se trata claramente es de una pena anticipada”. Velázquez confía que el voto dividido del Tribunal de Juicios que dio curso al pedido de prisión preventiva, podrá ser de ayuda en la revisión que hará Casación sobre la detención de Báez. “Vamos a Casación con la expectativa de que se considere conforme a la normativa vigente, que el riesgo de fuga no se supone, se prueba”, sentenció.

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