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  • El juez Maqueda aclaró que la causa de CFK no será prioridad para la Corte Suprema y que "lleva mucho tiempo"

    » Data Chaco

    Fecha: 17/11/2024 22:22

    Juan Carlos Maqueda. El juez de la Corte Suprema de Justicia, Juan Carlos Maqueda, brindó una entrevista para el diario La Voz de Córdoba en el que se refirió a la causa Vialidad, por la que fue condenada a 6 años de prisión la expresidente Cristina Kirchner . "No se fijan prioridades de ese tipo privilegiando a una persona, o a la causa que tiene una persona; o de lo contrario, no tratándola por una persona y dejándola de lado. Generalmente tiene que ver con la complejidad de las causas el momento que se elige para que las causas puedan salir. Y además el trámite: si está trabado o no. Explicaba que, a pesar de que los medios de comunicación transmiten que va a resolver la Corte, la realidad es que la que acaba de fallar es la Cámara de Casación Penal", explicó. "Ahora, los apoderados legales de Cristina Kirchner tendrán la oportunidad de presentarse ante la misma cámara con un recurso extraordinario. Y su mismo nombre lo dice: el recurso extraordinario no es un recurso simple, ni tampoco es parte del sistema recursivo normal. Un recurso extraordinario tiene que demostrar que hay causa federal que, en el lenguaje simple, sería donde hay un tema constitucional por el cual agraviarse, y sobre el cual la Corte se tiene que dedicar a ver ese tema. O tiene que haber una arbitrariedad muy grande". "Si eso sucede, la Cámara que se expidió, que es la que tiene el expediente en este momento y que es la que acaba de pronunciarse, decidirá si abre el recurso extraordinario. Y si esto va a la Corte", añadió el magistrado. El juez indicó que el hecho de que Cristina Kirchner sea expresidente "no lo hace extraordinario en sí mismo" y que tiene que haber una causa federal o una grave arbitrariedad, que "la tienen que detectar los mismos jueces que han fallado ahora. Y si ellos llegan a decir: "No hemos encontrado ni causa federal ni arbitrariedad para conceder el recurso extraordinario", y lo niegan, está la posibilidad de que se recurra a la Corte en forma directa, como se llama, a través de lo que se denomina un Recurso de Queja. Todo eso lleva mucho tiempo". Notas Relacionadas

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