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Concepcion del Uruguay » La Calle
Fecha: 12/11/2024 04:03
La Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía imputó a 95 empresas por haber incluido en las facturas tasas o cargos ajenos al contrato entre el proveedor y el consumidor. Se abrieron 244 expedientes vinculados a las imputaciones, uno por cada localidad donde las empresas incumplieron la norma. Hay 95 empresas en el país que fueron imputadas y en Entre Ríos son siete: Enersa, Redengas, Gasnea, la Cooperativa Eléctrica de Gualeguaychú y la de Concordia, Cooperativa de Servicios Públicos General San Martín de Seguí y la Cooperativa de Servicios Públicos Quebracho de Viale. Las actuaciones corresponden a facturas con vencimiento posterior al 11 de octubre, cuando entró en vigencia la resolución 267/2024, que determinó la prohibición de incluir en las facturas conceptos indebidos. La norma había establecido que ya no se pueden incluir tasas como alumbrado, barrido y vigilancia en las facturas de proveedores de servicios públicos. “La información relacionada con los conceptos contenidos en los comprobantes emitidos por los proveedores de bienes y servicios en el marco de las relaciones de consumo, conforme las denomina el Artículo 3° de la Ley N° 24.240 y sus modificatorias, deberán referirse en forma única y exclusiva al bien o servicio contratado específicamente por el consumidor y suministrado por el proveedor”, indica la resolución. 2.075 reclamos Las denuncias fueron recibidas en el correo electrónico habilitado desde multas de octubre, denunciatufactura@comercio.gob.ar. Hasta el momento ingresaron 2.705 reclamos. Los intendentes sostienen que el cobro de tasas a través de las facturas de servicios básicos es una práctica establecida en varios municipios y responde a una necesidad de financiamiento para áreas como seguridad, alumbrado público y espacios verdes. Al eliminar este recurso, explican, los gobiernos locales ven comprometidos su capacidad de respuesta ante necesidades urgentes de la población. Por otra parte, ya fin de evitar precios mayores, la Secretaría de Energía también había ordenado que las estaciones de servicio pongan un cartel con la siguiente leyenda: “En esta jurisdicción se aplican tasas viales y/o municipales sobre el precio de los combustibles. Para más información, podrá consultar la página web de la Secretaría de Energía”. El Ministerio de Economía fijó en 120 días el plazo que tiene las empresas para adecuarse a esta normativa y advirtió que aquellas que no cumplan con lo ordenado podrían recibir sanciones.
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