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  • En Entre Ríos hay 113 personas declaradas en rebeldía por el Poder Judicial

    Concordia » Despertar Entrerriano

    Fecha: 04/11/2024 09:31

    Tomás Marcelo Franco fue asesinado de un balazo en el cuello el domingo 20 de octubre en Paraná. El homicidio dejó en evidencia cierta laxitud en los controles para ubicar a personas requeridas por el Poder Judicial. El muchacho, de 25 años, hacía dos meses que debía estar cumpliendo una condena a cinco años y medio de cárcel en la Unidad Penal Nº1 por el delito de robo calificado. Sin embargo, durante casi 60 días se estuvo escapando. Así como Franco, en la provincia de Entre Ríos hay 113 personas que están rebeldes del Poder Judicial por diversos delitos. En la mayoría de los casos las personas que no se presentan ante el requerimiento judicial están implicadas en causas por delitos leves. Los motivos por los que un individuo decide no presentarse ante el Poder Judicial son variados. Están aquellos que no son ubicados porque cambiaron de domicilio y no avisaron. También hay casos de personas que incumplen una medida judicial y deciden no comparecer cuando los citan, y están además los que huyen por miedo a que le revoquen una medida de coerción que les fue beneficiosa y la violaron. En el marco de un proceso penal se entiende a la rebeldía como la situación en la que se coloca quien, habiendo sido debidamente citado a comparecer al llamamiento judicial, ya sea de una investigación o en un juicio, no lo hace o en caso de haber asistido, lo abandona sin mediar justificación. Según datos oficiales obtenidos por Cuestión de Fondo (Canal 9 Litoral), la jurisdicción con mayor cantidad de personas declaradas en rebeldía es Paraná, con 64. El número varía cada día. Hay jornadas en las que baja y otras en las que sube, ya que hay personas que son ubicadas por la Policía, otras que se presentan espontáneamente a preguntar por su causa sin saber que estaban siendo requeridos por el Ministerio Público Fiscal, y otras que deciden afrontar el problema y ponerle fin a una situación que en algún momento deben enfrentar. Tanto jueces como fiscales y abogados sostienen que siempre es mejor enfrentar la situación, ya que la colaboración por parte de una persona imputada en un delito se tiene en cuenta al momento de cerrar el caso y fijar una pena. Las otras dos grandes jurisdicciones que tienen un número importante de personas en rebeldía son Gualeguaychú y Concordia, con 15 casos cada una. Después se ubica Concepción del Uruguay con 12 y por último Gualeguay, con 7. Una cuestión no menor es la ineficiencia que tiene el Poder Judicial para comunicar las personas que están en rebeldía. En la actualidad, no hay datos online para chequear si una persona está en estado de rebeldía. Por ejemplo, el Poder Judicial difunde números, pero sin datos para que la sociedad pueda colaborar. Declaración de rebeldía La jueza de Garantías Elisa Zilli explicó el procedimiento para declarar la rebeldía en el marco de la investigación penal en Entre Ríos. Según la magistrada, el proceso de declaración de rebeldía depende de la etapa del proceso judicial y de la autoridad que tenga la jurisdicción en cada caso. Durante la investigación penal preparatoria (IPP), los Juzgados de Garantías son los responsables de intervenir. Sin embargo, si la rebeldía se declara en la etapa del juicio, después de que las actuaciones se remitan a juicio, la responsabilidad recae en la vocalía del Tribunal de Juicio que preside el caso, ya sea un juicio común o por jurado. La jueza Zilli aclaró que la declaración de rebeldía durante la IPP no suspende la investigación, que continúa su curso normal. Además, subrayó que los jueces no pueden declarar la rebeldía de oficio; ésta debe ser solicitada por el Ministerio Público Fiscal. Una vez decretada, el juez dispone la emisión de una orden de captura dirigida a la Jefatura de Policía de la Provincia. Si el imputado es localizado, debe ser puesto inmediatamente a disposición de la Fiscalía, ya que el legajo pertenece a esta última. Finalmente, si el imputado rebelde es encontrado, la Fiscalía debe solicitar a la judicatura correspondiente que se levante o deje sin efecto la orden de captura. “Todos los días localizamos personas requeridas por la justicia” El Jefe Departamental de Policía de Paraná, Carlos Schmunk, brindó información sobre los procedimientos para localizar a personas con pedidos de captura o en situación de rebeldía. Schmunk explicó en Cuestión de Fondo que estos operativos se llevan a cabo en colaboración con diversas divisiones policiales, como las comisarías, la División 911 y la Dirección de Investigaciones. «En los distintos controles se localizan personas que tienen algún tipo de requerimiento por parte de la justicia,» detalló. Además, Schmunk abordó la labor de la Policía en el control de personas con arresto preventivo domiciliario o bajo palabra, destacando que cuando un juez de Garantías dispone una medida coercitiva de arresto domiciliario, se activa un protocolo específico. «La comisaría de la jurisdicción tiene que realizar distintos controles durante el día para corroborar que esta persona efectivamente se encuentra cumpliendo la medida dispuesta por la justicia,» explicó. El jefe policial reconoció que, aunque la Policía se esfuerza por cumplir con estos controles, a veces se presentan inconvenientes. «Continuamente se están constatando quebrantamientos de arrestos domiciliario,» admitió. En casos donde la persona bajo arresto domiciliario no se presenta, la Policía informa al fiscal en turno y, dependiendo de la gravedad del caso, puede ser necesario establecer una consigna para determinar si la persona ha quebrantado el arresto domiciliario. «Si el personal policial constata que la persona no se encuentra en su domicilio y no se puede corroborar su presencia, informamos al fiscal. En casos graves, se establece una consigna para determinar si la persona ha violado el arresto domiciliario,» añadió Schmunk. Fuente: Análisis

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